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Por hacerse eco del bulo de su supearación

Telecinco indemnizará al matrimonio Aznar

Tiene que pagar 90.000 euros a Ana Botella y otros tantos a su marido

06 Oct 2009 - 17:15 CET
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Son los riesgos que entraña ir de listos y encima deslenguados. La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a Telecinco para que indemnice al ex presidente Aznar y a su mujer Ana Botella por anunciar su supuesta separación matrimonial el pasado mes de noviembre en el programa ‘Aquí hay tomate‘.

Eso sí, rebaja la cuantía de esa indemnización a 90.000 euros para cada uno de los demandantes frente a los 240.000 euros que impuso inicialmente la juez a la cadena de televisión.

El pasado mes de diciembre, la juez María Elena Garde García, titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pozuelo de Alarcón, condenó a Telecinco alegando que Aznar y Botella había sufrido «intromisiones ilegítimas» en sus derechos fundamentales al honor y a la intimidad personal y familiar, con motivo de la divulgación de la noticia relativa a su separación «por culpa de una relación extramatrimonial».

Según argumentaba la juez, esa información había ocasionado «graves daños morales» a Aznar y Botella.

Por eso, condenó a la entidad mercantil Telecinco, SA a que abonara la cantidad de 120.000 euros a cada uno y a que divulgara en el programa ‘Aquí hay tomate’ o el que le sustituyera el fallo de la sentencia una vez adquiriera firmeza.

Ya en ese mismo mes de diciembre, el matrimonio Aznar-Botella emitió un comunicado en el que desmentía su separación y calificaba de «falsas» esas «ignominias» que se habían conocido en algunos medios de comunicación.

Ya entonces anunciaban que emprenderían acciones legales contra todos aquellos que habían vertido esas «calumnias».

Telecinco recurrió en apelación esa decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid calificando de «desproporcionada» la indemnización e incidiendo en que se trata de «personajes de trayectoria y relevancia pública que por actos propios han dado a conocer aspectos de su vida privada personal y familiar», lo que, a su entender, «legitima el derecho a la información en su colisión con el derecho a la intimidad».

La Audiencia Provincial rechaza ahora estos argumentos por entender que, aunque Aznar y Botella son «personas con trayectoria y relevancia pública», esa notoriedad o relevancia pública «en modo alguno autorizan a divulgar en un medio de comunicación la inveraz próxima separación matrimonial de la pareja remitiendo la causa de la misma a la presunta infidelidad de uno de los cónyuges».

 

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