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Lo dejará sin fuero para que acabe en la Audiencia Nacional

El as en la manga que guarda Rajoy para juzgar a Puigdemont por rebelión

La suspensión del aforamiento se extendería a todo el Govern

10 Oct 2017 - 02:43 CET
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Las espadas están en alto, y una de ellas cercenará la cabeza del empecinado Puigdemont si declara la independencia. El Gobierno asegura estar preparado para iniciar este martes 10 de ocubre de 2017 la aplicación del artículo 155 de la Constitución -que le faculta a adoptar las «medidas necesarias» para que una comunidad autónoma cumpla las obligaciones que impone la Constitución- en el caso de que el presidente catalán, Carles Puigdemont, declare la independencia. (Pablo Casado avisa a Puigdemont de que puede acabar como Companys y la jauría de Podemos le lincha en Twitter)

Las medidas que incluirá la aplicación del artículo 155 están diseñadas y se da por descontado el control de los Mossos d’Esquadra por el Ministerio del Interior y el control de las finanzas por Hacienda, según da cuenta ‘El Español‘. Implicará, además, una medida a la que la Abogacía del Estado ha dado su visto bueno tras estudiar todas sus aristas jurídicas: se suspenderá el aforamiento de Puigdemont para que la acción penal por rebelión que se interpondrá contra él se dilucide en la Audiencia Nacional y no en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Hasta 25 años de cárcel

La suspensión del aforamiento permitiría que fuera la Audiencia Nacional, con sede en Madrid, la que adoptase medidas cautelares contra Puigdemont y, en su caso, contra el resto del Govern. El delito de rebelión es uno de los más graves que contempla el Código Penal. Se prevén penas de hasta 25 años de cárcel para los promotores de la rebelión, consistente en el alzamiento violento y público para declarar la independencia de una parte del territorio nacional.

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