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Abuso de los Reales Decretos-Ley

Otra forma de Pedro Sánchez para pervertir la democracia liberal

Se aprueban más que Leyes

Jorge del Corral y Díez del Corral 22 Dic 2025 - 06:16 CET
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Es un hecho constatable que Pedro Sánchez Pérez-Castejón gobierna sin Presupuestos Generales del Estado y con cuentas prorrogadas desde la anterior Legislatura. Todo un despropósito.

También es consignable que el Gobierno ha utilizado más los Reales Decretos-Ley (RDL) que los proyectos de Ley, lo que degenera más la democracia que padecemos. Para analizar ese hecho la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas (RACMP) organizó días pasados, en colaboración con el Consejo de Estado, una enjundiosa jornada titulada: Los Reales Decretos-Ley: Perspectiva Institucional, en la que no se dejó nada al albur porque participaron juristas y catedráticos que analizaron el uso de los Reales Decretos-Ley desde el punto de vista de la Administración General del Estado, del Consejo de Estado, de las Cortes Generales, del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.

José María Jover Gómez-Ferrer, Letrado Mayor del Consejo de Estado (Sección 8ª), señaló que desde la Administración General del Estado “lo excepcional se convierte en ordinario y lo irracional en racional”, hasta el punto de que “el uso del RDL pone en peligro la separación de poderes”. A su juicio, los “incentivos” para la utilización del RDL radican en su procedimiento más simple y en la menor litigación que produce, al constituir un atajo frente a la creciente burocracia, por lo que habría que tener normas más claras y escasas que favorezcan los Proyectos de Ley (PL) y releguen al RDL al papel que le asigna la Constitución en su artículo 86-1: “En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomaran la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I,…”

José Luis Palma Fernández, Letrado Mayor del Consejo de Estado (Sección 3ª), subrayó por su parte que “el Gobierno tiene que justificar la urgencia del RDL para que no se requiera el dictamen del Consejo de Estado, pero que ante la urgencia el Consejo de Estado suele ser más laxo en su dictamen”. Añadió que la eficacia de las leyes se mide por su simplicidad y comprensibilidad, que el Gobierno debe respetar siempre el principio de buena administración” y que “con el paso del tiempo el Consejo de Estado ha exigido más rigor en las Memorias Económicas de los textos sometidos a su dictamen”.

Juan Santamaría Pastor, Letrado de las Cortes Generales. Catedrático de Derecho Administrativo y académico de la RACMP, calificó de “penosa” la tarea de las Cortes Generales en la tramitación y aprobación de los RDL, sugirió que el Reglamento del Congreso debería diferenciar entre la urgencia y el contenido “porque el RDL solo se justifica ante acontecimientos imprevistos”, y se peguntó si eran de urgencia los 17 RDL aprobados desde 2018, criticando que en los últimos años “el Gobierno no envía ni un solo papel sobre los RDL, de tal manera que los diputados solo tienen el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado”. Resaltó como frecuente que cuando un ministro empieza su intervención sobre un RDL casi todos los parlamentarios cogen sus teléfonos móviles y se ponen a ver Instagram, y sugirió que para convalidar un RDL debería permitirse el debate y la aprobación de los artículos por separado, como en las Leyes, denunciando que “últimamente se ha consolidado en el Congreso una ilegalidad manifiesta: que la Diputación Permanente decida la tramitación de un RDL”.

En su dura y documentada intervención dijo también que “en defensa de los principios democráticos, los RDL aprobados deberían someterse a una posterior aprobación como Ley”, subrayó que “el actual populismo impide las buenas prácticas democráticas”, que “la tramitación de una norma suele empeorar el texto original porque se meten enmiendas transacionales para conseguir el voto de determinados grupos”, y que “los tiempos actuales no son acordes a los de los Siglos XVIII y XIX, que son los que rigen el sistema de producción de normas”, poniendo como ejemplo que China construyó en dos años un  AVE Shanghai-Beijing, mientras que EE.UU canceló un proyecto similar después de 15 años de tramitación burocrática.  Santamaría Pastor declaró que “el Estado español, como otros muchos de la UE, tiene pocas ganas de trasponer el derecho europeo” y reseñó que en los últimos ocho años se han dictado siete RDL que afectan a directivas comunitarias.

Pablo Lucas Murillo de la Cueva, Magistrado del Tribunal Supremo, presidente de la Sala 3ª de lo Contencioso-administrativo, catedrático de Derecho Constitucional y académico de la RACMP, dijo que el abuso de los RDL supone una “mutación constitucional del artículo 86 de la Constitución”, se lamentó de que el Tribunal Supremo (TS) carezca de toda potestad sobre los RDL, subrayó que el Tribunal Constitucional ha dictado cuatro sentencias sobre inconstitucionalidad de cuatro RDL declarados previamente inconstitucionales por el TS, y se declaró partidario de que un RDL se tramite como Ley después de ser aprobado como tal.

Por último, Manuel Aragón Reyes. Magistrado Emérito del Tribunal Constitucional, catedrático de Derecho Constitucional y académico de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, destacó que desde 1980 ha crecido el uso excesivo del RDL y que actualmente son más que los Proyectos de Ley (PL) “porque el Tribunal Constitucional tiene un laxo control sobre ellos”, sugiriendo que “tendría que haber un procedimiento de urgencia para tramitar un PL”.

El panorama dibujado por los prestigiosos intervinientes no fue halagüeño sino sombrío y poco esperanzador.

JORGE DEL CORRAL Y DIEZ DEL CORRAL

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