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DA VÍA LIBRE AL DELITO DE TRÁFICO DE INFLUENCIAS

La Abogacía del Estado sólo se opone a la imputación de la Infanta en relación al posible fraude fiscal

Su personación en la causa Nóos se limita por ahora a la supuesta comisión de delitos contra la Hacienda pública

12 Abr 2013 - 22:24 CET
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La Abogacía del Estado se ha adherido al recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra la imputación de la Infanta Cristina únicamente en relación al presunto fraude fiscal investigado en el caso Nóos, que se eleva a unos 470.000 euros, debido a que su personación en la causa se limita a la defensa de la Agencia Tributaria (AEAT) como perjudicada por la supuesta comisión de delitos contra la Hacienda pública.

Así lo precisa en el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la Abogacía asevera que su apoyo a la impugnación del Ministerio Público «viene limitado, por su legitimación, exclusivamente a la instrucción, averiguación, acusación y defensa de la AEAT» en lo referente a las anteriores infracciones penales y no en cuando al resto de delitos, en particular el de tráfico de influencias».

«NO EXISTE UN SÓLO INDIIO INCRIMINATORIO»

De este modo, la Abogacía asevera que no existe «un sólo indicio incriminatorio» respecto a la hija del Rey Don Juan Carlos «más allá de ser titular en un 50 por ciento de la sociedad Aizoon», de la que es copropietaria junto a su marido, Iñaki Urdangarin.

Es más, apunta que ni siquiera al inspeccionar la actuación «fraudulenta y evasora» por parte del Duque de Palma, a quien Hacienda atribuye el impago de más de 240.000 euros entre 2007 y 2008 del IRPF, se desprenden indicios de cooperación o complicidad «de ninguna otra persona». De hecho, la AEAT apunta que, si bien Urdangarin ha aportado sus rendimientos personales a una sociedad en la que participa su cónyuge, esto es «tributariamente irrelevante y no genera responsabilidad en la persona que participa en esa sociedad».

Tampoco ve la Abogacía del Estado indicios delictivos por parte de la Infanta en torno a la presunta defraudación de 230.979 euros del impuesto de sociedades a través de Nóos durante el año 2007, habida cuenta de que la mujer de Urdangarin «sólo» ostentaba en esta entidad el cargo de vocal.

DOS DELITOS FISCALES

En concreto, la AEAT solicitó personarse en el caso tras tener conocimiento de la denuncia interpuesta por la Fiscalía por la supuesta comisión de dos delitos fiscales por el impago del IRPF en 2007 y 2008 por parte del Duque y de un delito contra la Hacienda Pública en el Impuesto de Sociedades en 2007 en el caso de la entidad aparentemente sin ánimo de lucro.

Por su parte, en su recurso, que será tramitado por la Audiencia Provincial de Baleares, órgano al que le corresponderá dirimir si la Infanta debe comparecer finalmente en calidad de imputada, incidía en que si los responsables políticos «supuestamente influenciados» desconocían que la Infanta fuera vocal en Nóos y no trataron o gestionaron de algún modo con ella temas vinculados a esta entidad, «¿cómo puede ejercer aquélla una influencia delictiva?».

En esta línea, apuntaba que si los indicios acumulados a lo largo de la investigación «no poseen entidad penal, no se barrunta el sentido que tiene su citación en calidad de imputada», en contra de las argumentaciones apuntadas por el magistrado.

 

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