Periodistadigital América Home
3 segundos 3 segundos
Coronavirus Coronavirus La segunda dosis La segunda dosis Noticias Blogs Videos Temas Personajes Organismos Lugares Autores hemeroteca Enlaces Medios Más servicios Aviso legal Política de Privacidad Política de cookies
-

Autorizan otro «bebé medicamento» para salvar a un niño de cinco años

Periodista Digital 30 Jun 2007 - 12:53 CET
Archivado en:

(PD/Agencia EFE).- La Comisión de Reproducción Asistida ha autorizado, por cuarta vez desde que se aprobó la ley en España, un diagnóstico preimplantacional, pedido desde Sevilla, que permitirá a los padres de un niño de 5 años con Beta Talasemia procrear un hijo sano que sirva de donante para salvar la vida de su hermano.

Ésta es la cuarta ocasión en la que la Comisión da su visto bueno a la aplicación de esta técnica, reservada a casos excepcionales en los que no hay ningún otro modo de salvar la vida del paciente, desde la aprobación de la Ley de Reproducción Humana Asistida.

El proceso de diagnóstico preimplantacional consiste en seleccionar los preembriones libres de la enfermedad que padece el hermano, para transferirlos al útero de la madre y, una vez nacido el niño, trasplantar al enfermo células procedentes de la médula o del cordón umbilical.

La utilización de esta técnica, cuya solicitud procede del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla, permitirá que el niño que nazca «no sólo se vea libre de la enfermedad genética, sino que, además, podrá donar sus células para salvar a su hermano», según Sanidad.

Los tres primeros informes favorables al diagnóstico preimplantacional en España se emitieron en noviembre de 2006 (para familias de Valencia, Murcia y Salamanca).

Dos de ellos también tenían como objetivo la curación de dos niñas diagnosticadas con Beta Talasemia, un trastorno hereditario que afecta a la síntesis de una o varias cadenas de la hemoglobina, y el tercer paciente estaba diagnosticado de anemia de Fanconi.

En el caso actual, la Comisión requirió a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía información adicional a la adjuntada en la solicitud para tomar una decisión con suficiente conocimiento de causa y conocer las condiciones clínicas, terapéuticas y sociales del caso.

La Comisión también solicitó al Grupo de Trabajo de Médula Ósea de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) un informe sobre si era apropiado el tratamiento que se pedía como la mejor opción terapéutica para el citado caso.

Escasa experiencia en casos similares

El informe de la ONT fue positivo, si bien hizo constar que el tratamiento solicitado debe considerarse como experimental, ya que «la experiencia general publicada sobre casos similares es muy escasa y el servicio en el que se pretende llevar a cabo esta técnica no la ha realizado nunca con anterioridad».

La Comisión ha pedido a la Consejería de Salud que le facilite periódicamente información sobre los resultados que se vayan obteniendo para una mejor valoración de casos similares que se puedan presentar en el futuro.

La Consejería de Salud debe informarle del número de embriones generados y si tienen o no la enfermedad y son histocompatibles (semejanza celular), del logro de embriones seleccionados, del curso, en su caso, del embarazo correspondiente, y, de llevarse a cabo, del trasplante realizado.

Además, ha pedido a la Consejería de Salud de Andalucía la modificación del formulario de consentimiento informado remitido, para que incluya de forma expresa el destino que tendrán los embriones restantes que puedan generarse, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 14/2006, de Reproducción Humana Asistida.

Este formulario deberá ser cumplimentado y firmado por los padres del paciente antes de comenzar el proceso, y deberá ser remitido a la Comisión «para garantizar el mejor seguimiento del caso a los efectos de su mejor valoración», señala el informe.

Más en Salud

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

CONTRIBUYE

Mobile Version Powered by