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Polémica tras el acuerdo entre PP y VOX en Murcia

La murciana Jumilla se convierte en la primera ciudad española que veta las celebraciones islámicas en la calle

La localidad murciana prohíbe la Fiesta del Cordero y el fin del Ramadán en espacios municipales tras una moción de Vox apoyada por el PP

Periodista Digital 06 Ago 2025 - 22:52 CET
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El pleno municipal de Jumilla (Murcia) ha aprobado una moción que prohíbe la celebración de festividades islámicas, como el fin del Ramadán (Aid el Fitr) y la Fiesta del Cordero (Aid el Adha), en espacios públicos municipales.

El acuerdo, impulsado por Vox y enmendado por el Partido Popular, convierte a esta localidad de 27.300 habitantes en el primer municipio español en tomar una medida de este tipo.

La iniciativa ha levantado una gran polémica, no solo en la región, sino también a nivel nacional, por el debate abierto sobre la libertad religiosa y la convivencia en la esfera pública.

El portavoz de Vox, Juan Agustín Navarro, celebró públicamente la decisión, afirmando que “a partir de ya no se va a volver a celebrar el fin del Ramadán o el rezo del cordero”.

La motivación principal, según VOX, es que estas festividades representan “una práctica cultural ajena a España”, y que el uso de instalaciones municipales debe reservarse exclusivamente para eventos que respondan a la identidad local y nacional.

¿Qué implica realmente la moción?

La moción, aunque inicialmente redactada con siete puntos por Vox —incluyendo la prohibición expresa de fiestas musulmanas y la promoción de la gastronomía tradicional frente al sello halal— fue enmendada por el PP. Finalmente, solo se aprobó el punto que modifica el reglamento de uso de las instalaciones deportivas municipales. A partir de ahora, estos espacios solo podrán emplearse para actividades deportivas o actos organizados por el propio Ayuntamiento. Quedan excluidos todos los eventos culturales, sociales o religiosos ajenos al consistorio, lo que en la práctica veta la celebración de festividades islámicas colectivas en recintos públicos.

Reacciones y clima social en Jumilla

Las reacciones no se han hecho esperar. Los grupos de la oposición, especialmente el PSOE, han denunciado lo que consideran “un retroceso en libertades y derechos” y han calificado la medida de “xenófoba y sectaria”. Desde el PP, sin embargo, insisten en que la medida no es discriminatoria, ya que el nuevo reglamento se aplica a cualquier acto religioso, independientemente de la confesión. “Cuando se solicite el uso de las instalaciones deportivas dará igual la religión que sea, ya que solamente se podrá usar para practicar deportes”, explica su portavoz, Mari Carmen Cruz.

En Jumilla residen aproximadamente 1.500 personas de países con mayoría musulmana, un 7,5% de la población local según el INE. Muchos vecinos musulmanes se han mostrado sorprendidos y decepcionados por una decisión que, según afirman, contribuye a marginar a una parte significativa de la ciudadanía.

Claves legales y contexto nacional

La decisión ha encendido el debate sobre la libertad religiosa en España. La medida contradice los acuerdos firmados entre el Estado español y la Comisión Islámica de España, que garantizan el derecho a la celebración de ritos y festividades musulmanas. La Constitución Española, en su artículo 16, reconoce la libertad religiosa y de culto, aunque deja margen a la regulación sobre el uso de espacios públicos.

Este precedente en Jumilla podría abrir la puerta a iniciativas similares en otros municipios, especialmente en contextos donde las formaciones nacionalistas tienen peso en los plenos municipales. No obstante, la legalidad y el alcance de este tipo de restricciones están siendo analizados por juristas y asociaciones de derechos civiles, que anuncian posibles recursos judiciales.

Datos locos

La noticia ha sido recogida por medios nacionales e internacionales, poniendo el foco en la creciente tensión entre las políticas de identidad y la convivencia multicultural en España. Organizaciones de derechos humanos y la propia Comisión Islámica de España estudian posibles vías legales para impugnar la moción, considerando que vulnera derechos fundamentales reconocidos en la legislación española y europea.

Mientras tanto, la decisión adoptada en Jumilla podría marcar un antes y un después en la forma en que los municipios abordan la diversidad religiosa en el espacio público. La cuestión de fondo sigue abierta: ¿debe primar la protección de la identidad cultural sobre el derecho a la libertad religiosa? El debate, lejos de cerrarse, acaba de comenzar.

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