Por primera vez en la historia, la esposa del presidente del Gobierno será juzgada por un tribunal. El deshonor ha correspondido a Begoña Gómez. Para añadir dramatismo al asunto, la mujer de Sánchez tendrá que afrontar un juicio con jurado popular.
Más allá de todas las consecuencias políticas a corto, medio y largo plazo, tanto para el líder del PSOE como para la democracia española, surge una gran pregunta: ¿cómo se elegirá al jurado que juzgará a Begoña?
Pese al relato de la izquierda mediática, la Audiencia de Madrid ha avalado —con acotaciones en determinados momentos, como en cualquier proceso judicial— la instrucción del juez Juan Carlos Peinado y su decisión de que el caso sea juzgado por un jurado popular.
Esta decisión implica que nueve españoles tendrán que juzgar a la esposa del presidente del Gobierno. Eso sí, para formar parte de los elegidos hay que cumplir una serie de requisitos, aunque no son nada del otro mundo.
Hay que ser español y tener más de 18 años. También hay que saber leer y escribir. La primera criba consiste en estar empadronado en la provincia donde se cometió el supuesto delito; en este caso, Madrid.
De todo el censo de la provincia, cada dos años las autoridades realizan un sorteo para hacer una «preselección» de los ciudadanos que pueden formar parte de un jurado popular en cualquier causa judicial. En estos momentos, hay 2.846 nombres.
Con este grupo se realiza un nuevo sorteo, del que se elige a 36 personas. Finalmente, después de un proceso en el que se comprueban incompatibilidades y requisitos, se elige de forma definitiva a nueve titulares y dos suplentes.
¿Qué pasa si una persona es elegida y no acude?
Ser seleccionado como jurado conlleva unas responsabilidades y, en caso de no acudir, la persona se enfrenta a multas que pueden llegar hasta los 1.500 euros.
Eso sí, pese a haber sido elegida, existen circunstancias que excluyen a una persona de formar parte del jurado. Entre ellas destacan pertenecer a la familia real, al Gobierno, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, magistrados, letrados o políticos. A ello se suma tener más de 65 años, haber sido condenado por un delito doloso o residir en el extranjero.
Otro factor que puede aducirse para excluir a una persona es tener un interés directo o indirecto en la causa que se juzga. Al tratarse de un caso tan mediático y político, en un ambiente tan polarizado precisamente por el marido de Begoña, esta circunstancia podría ser especialmente relevante.
Idealmente, ningún miembro debería haberse interesado por el caso durante los dos últimos años —el tiempo que ha durado la instrucción—, algo poco probable debido a la enorme repercusión mediática del asunto. Así que tendrán que realizar algún tipo de evaluación sobre cuánto saben del caso, dónde se han informado y si tienen una opinión formada.
Cabe destacar que tanto el juez como la Fiscalía y las partes podrán recusar a una persona para que no forme parte del jurado.
Tras entender el proceso y dada la población de Madrid, las probabilidades de que una persona sea uno de los nueve miembros del jurado son ínfimas (0,000167%), casi como ganar la lotería.
Y a usted, querido lector, ¿le gustaría tener la oportunidad de juzgar a la mujer de Sánchez?
Alfonso Rojo aborda este y otros asuntos de actualidad en el ‘24×7’ de este viernes, 17 de julio, junto al empresario Marcos de Quinto.
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