(PD).- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado aplicar la doctrina del Tribunal Constitucional sobre prescripción del delito al «caso Urbanor», absolviendo a Alberto Cortina y Alberto Alcocer, del delito de estafa por el que habían sido condenados por esta misma Sala en marzo de 2003. La decisión ha sido adoptada, tras una reunión de tres horas, por 11 de los 18 magistrados que integran la Sala General, mientras que el resto se posicionó en contra.»
El Tribunal Supremo ha acordado este martes que debe absolver a los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer en el «caso Urbanor» en aplicación de la doctrina sobre la prescripción establecida por el Tribunal Constitucional.
La sala general no jurisdiccional de la sala de lo penal del TS, reunida para estudiar este asunto, ha acordado por mayoría de once magistrados a siete aplicar la doctrina del Constitucional que el pasado 20 de febrero anuló la condena a 3 años y 4 meses de prisión que el Supremo había impuesto a «los Albertos» por estafa y falsedad en documento mercantil en la venta de la sociedad Urbanor.
El Supremo consideró el 14 de marzo de 2003 que Cortina y Alcocer engañaron a sus socios al negociar la venta del conjunto de Urbanor, propietaria de los terrenos donde se construyeron las Torres KIO, en Madrid, pero el Constitucional anuló el pasado mes de febrero esa sentencia al entender que el delito había prescrito
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