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El ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha optado por un destino más reservado. Después de presentar su dimisión el 24 de noviembre de 2024, ha decidido unirse a la Sección Social de la Fiscalía, bajo la dirección de Luis Manuel López Sanz-Aranguez. La semana pasada ya tuvo la oportunidad de saludar a sus nuevos colegas, buscando una rutina más tranquila alejada del tumulto mediático que caracterizó su gestión al frente del Ministerio Público.
Esta elección no es fortuita. Fuentes cercanas al entorno fiscal indican que García Ortiz prioriza un ambiente profesional sereno tras una condena que ha alterado su carrera.
El Tribunal Supremo lo halló culpable de un delito de revelación de datos reservados, conforme al artículo 417.1 del Código Penal. La sentencia incluye una multa de 7.200 euros, dos años de inhabilitación especial para el cargo de fiscal general y una indemnización de 10.000 euros a Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
Todo se originó con una filtración delicada.
García Ortiz divulgó información sobre una oferta de acuerdo relacionada con González Amador, quien admitió dos delitos fiscales para evitar un juicio. La noticia llegó a los medios y el Supremo determinó que el entonces fiscal general había cometido el delito. La sentencia fue emitida por mayoría (cinco votos a favor y dos en contra, emitidos por las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo) y redactada por Andrés Martínez Arrieta.
Eso sí, la defensa no se da por vencida.
La Abogacía del Estado está preparando un incidente de nulidad de actuaciones que deberá presentarse antes del 13 de enero de 2026, plazo límite para impugnarla. Argumentan que se han vulnerado derechos fundamentales como la presunción de inocencia y el derecho a una tutela judicial efectiva. Además, solicitarán una suspensión cautelar para que esta situación no afecte su reincorporación. Si el Supremo rechaza esta petición, podrían llevar el caso al Tribunal Constitucional mediante un recurso de amparo.
El Supremo dejó claro en su extensa sentencia de 180 páginas que la inhabilitación se limita exclusivamente al cargo de fiscal general y no se extenderá a toda la carrera fiscal, considerándolo «excesivo». Los magistrados argumentan que no es necesario ser fiscal para ejercer como fiscal general. No obstante, el 17 de diciembre de 2024, el Alto Tribunal envió la sentencia a la Inspección Fiscal, que deberá determinar si esto implica pérdida del estatus como fiscal o simplemente suspensión.
Debate jurídico y posibles consecuencias
El debate legal suscita opiniones encontradas entre los expertos. Algunos juristas sostienen que un delito doloso conlleva automáticamente la pérdida del estatus como fiscal según el artículo 32.1 del Reglamento de la Carrera Fiscal. Otros apuntan que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal otorga a la fiscal general, Teresa Peramato, la capacidad para sustituir esta pérdida por una suspensión si la pena no supera los seis meses. Aquí es donde entra en juego el margen interpretativo: aunque la inhabilitación es por dos años, no implica prisión.
Peramato, cercana a García Ortiz, podría decidir imponer una sanción leve, acorde con su relación cercana.
Mientras tanto, él mantiene su categoría como fiscal de Sala, la más elevada dentro del cuerpo. Su elección por la Sección Social sigue un patrón similar: en 2017, tras renunciar como fiscal jefe Anticorrupción, Manuel Moix encontró refugio en este mismo lugar para llevar un perfil bajo.
¿Qué repercusiones tendrá esto para la Fiscalía? La reincorporación de García Ortiz evita potenciales conflictos en áreas delicadas como Penal o Anticorrupción, donde su condena podría generar controversia.
No es novedoso que la Sección Social reciba fiscales atravesando momentos complicados en sus carreras. Además del caso mencionado anteriormente con Moix, este departamento es conocido por su carga menos intensa: asuntos laborales, pensiones y Seguridad Social están lejos del escándalo penal habitual. Antes de caer en desgracia, García Ortiz ya había propuesto hasta quince nombramientos en diversas fiscalías provinciales, reorganizando territorios como Galicia y Asturias.
Cabe recordar que inicialmente, González Amador reclamaba cuatro años tras las rejas y daños por valor de 300.000 euros; sin embargo, el Supremo optó por imponerle lo mínimo posible. La sentencia también ordena devolver ciertos objetos incautados durante los registros y proceder a su destrucción. Curiosamente, tres magistrados participaron en un curso organizado por ICAM justo después de las audiencias orales; este detalle es utilizado por la defensa para argumentar falta de imparcialidad.
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