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La Agencia Estatal de Seguridad Aérea ha informado de las normas de seguridad para volar drones

¿A qué distancia de un aeropuerto se puede volar un dron para no liarla?

Periodista Digital 03 Feb 2020 - 14:54 CET
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El tráfico aéreo en el aeropuerto Madrid-Barajas Adolfo Suárez estuvo cerrado, este lunes 3 de febrero, durante casi dos horas cerrado después de que varios pilotos hayan detectado la presencia de dos drones volando en las inmediaciones. Mientras la Policía Nacional y la Guardia Civil tratan de localizar al operador de los drones que ha sobrevolado el aeropuerto, desde la Agencia Estatal de Seguridad Aérea han recordado cuál es la distancia mínima que debe existir entre un aeropuerto de España y un dron.

En este sentido, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea explica que, para volar un dron en espacio aéreo controlado, se requiere previamente un estudio aeronáutico de seguridad que analice y mitigue los posibles riesgos y una vez obtenida la autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, contactar con el Departamento de Coordinación Operativa de Espacio Aéreo de Enaire para coordinar su operación.

Entre las principales restricciones que Enaire marca para el vuelo de drones de uso recreativo está una distancia mínima de 8km de aeropuertos y la prohibición de volar sobre edificios y personas si el dron pesa más de 250 gramos y la altura supera los 20 metros.

Existe a disposición de pilotos y operadores de drones una web específica y la aplicación drones.enaire.es, con datos de información aeronáutica para la identificación de posibles restricciones para volar drones en un determinado espacio aéreo de acuerdo con la legislación vigente.

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Aesa), ha puesto un tuit en el que recuerda que volar drones en las proximidades de un aeropuerto es una infracción «grave» y que las sanciones pueden alcanzar los 90.000 euros.

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