Más información
En La Retaguardia de este viernes 27 de junio, Eurico Campano analiza con Juan Manuel Cepeda y Carlos García todas las consecuencias de la declaración de constitucionalidad a ley de amnistía para los golpistas.
Madrid vuelve a ser epicentro de la política española tras la sentencia del Tribunal Constitucional que, con una ajustada mayoría de seis votos frente a cuatro, ha decidido avalar definitivamente la controvertida ley de amnistía. Una resolución que no solo refrenda la constitucionalidad del texto, sino que también otorga carta de naturaleza a uno de los pactos más polémicos de la última legislatura. El eco de esta decisión resuena en cada esquina del país: desde las tertulias radiofónicas hasta los foros parlamentarios y, por supuesto, las redes sociales, donde la etiqueta “amnistía” se ha convertido en trending topic perpetuo.
El Constitucional ha considerado que la amnistía no está expresamente prohibida por la Constitución Española, aunque sí lo estén los indultos generales. Según el fallo, el silencio constitucional no puede interpretarse como una prohibición y corresponde al Parlamento regular medidas excepcionales como ésta.
Los magistrados han descartado también cualquier vulneración del principio de separación de poderes. Para ellos, el Parlamento no sustituye a los jueces ni borra los hechos —los hechos son o no son, insisten— sino que extingue las responsabilidades jurídicas derivadas de acciones pasadas por motivos extrajurídicos.
Eso sí, el tribunal deja claro que la amnistía solo es admisible cuando responde a situaciones verdaderamente excepcionales. En este caso, consideran que el Golpe de Estado de Octubre de 2017 justifica su aplicación para restaurar la convivencia democrática y cerrar un ciclo marcado por enfrentamientos sociales e institucionales.
La fractura interna en el Constitucional y en la sociedad
La sentencia llega tras un intenso debate interno. La mayoría progresista se ha impuesto sin margen para el consenso real con los magistrados conservadores, quienes denuncian un proceso más propio del parlamentarismo que de un tribunal constitucional. Las acusaciones de “paripé” no se han hecho esperar en boca del bloque minoritario, reflejando hasta qué punto esta ley divide incluso a las altas instituciones del Estado.
Fuera del tribunal, el clima tampoco es menos tenso:
- Sectores críticos acusan al Gobierno de haber cedido ante los independentistas a cambio de mantenerse en Moncloa.
- Los partidos contrarios a la medida insisten en que se ha premiado a quienes vulneraron la legalidad.
- Mientras tanto, juristas y asociaciones alertan sobre el precedente que sienta esta decisión para futuras crisis políticas.
El caso Puigdemont y las consecuencias prácticas
Si hay un nombre propio ligado a esta ley es el del fugado Carles Puigdemont. Aunque el Constitucional ha evitado pronunciarse sobre cuestiones como la malversación —lo que mantiene ciertas incertidumbres sobre su situación—, lo cierto es que el Supremo mantiene activa la orden nacional de detención contra él. Se baraja incluso trasladar una consulta a instancias europeas para aclarar si debe aplicarse o no la amnistía en su caso concreto.
Por tanto, aunque jurídicamente se haya dado luz verde al marco general, en lo práctico sigue habiendo flecos sueltos con potencial para avivar aún más la polémica.
Más en Ciencia
CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL
QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE
Buscamos personas comprometidas que nos apoyen
CONTRIBUYE
Home