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PENSIONISTAS

¡Alerta jubilados!: ¿Sabe usted en qué casos su pensión es compatible?

Está obligado a comunicar cualquier cambio a la entidad gestora respectiva

Cristina López Mantas 09 Sep 2020 - 09:29 CET
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La gestión y el reconocimiento del derecho a la pensión de jubilación concierne al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Esta se tramita en los centros de atención e información del organismo.

La tramitación de la pensión de jubilación deberá resolverse y notificarse al interesado en un plazo máximo de 90 días (actualmente el plazo medio es de 19 días). Por otro lado, la cuantía de la pensión está condicionada por la base reguladora y el porcentaje que se aplica a la misma en función de los años cotizados.

Pero, ¿en qué casos la pensión de jubilación es incompatible? Según explica la página de la Seguridad Social no se puede compaginar en los siguientes casos:

No obstante, la pensión podrá compatibilizarse con los siguientes trabajos:

Pero no olvide que como pensionista está obligado, antes de iniciar las actividades, a comunicar tal circunstancia a la entidad gestora respectiva.

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