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Tráfico cuenta con un total de 355 radares fijos y unos 500 radares móviles

¿Sabes cómo recurrir una multa de radar con éxito en sólo cinco pasos?

Periodista Digital 04 Oct 2015 - 10:16 CET
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Tráfico cuenta con un total de 355 radares fijos y unos 500 radares móviles para controlar la infracción que cometemos con más normalidad, como es la velocidad. ¿A cuántos nos han llegado multas por exceso de velocidad? ¿Sabes que puedes reclamarlas? Aquí te contamos los cinco pasos para poder recurrir la multa con éxito.

Según el Comisionariado Europeo del Automóvil (CEA), la velocidad es la causa de cerca del 60% de las multas de tráfico. Pero es más, ya que el 57% de los conductores denunciados creen que su sanción no lo era.

Pues bien, desde Eroski Consumer nos cuentan cinco pasos para poder recurrir una multa de radar con éxito:

1. Recurrir en el plazo

El procedimiento sancionador comienza cuando el infractor recibe la notificación. Si se entrega en mano por los agentes comienza desde ese mismo momento. En caso contrario se inicia a partir de 20 días naturales.

2. Alegar en el escrito

Si no estás de acuerdo con la sanción impuesta tienes que realizar un escrito de descargo en el que se exponga que no se ha cometido ninguna infracción.

En el caso de ser sancionado por un agente, dicho escrito hay que enviarlo a la Dirección General de Tráfico (DGT). En cambio, en ciudad, el documento debe presentarse ante el ayuntamiento en cuestión.

3. Comprobar la fotografía

La fotografía que te envían a casa es la clave para intentar ver si tiene errores, ya que cualquier fallo es un defecto de forma y, por consiguiente, te permite recurrir. Estos son los errores que se pueden ‘rascar’: que se vea el coche y la matrícula, la foto debe ser nítida, no puede haber flash, día y hora en los que se produjo la fotografía y velocidad a la que circulaba.

4. ¿El funcionamiento del radar era el correcto?

Es muy importante verificar que el aparato que ha sacado la imagen funcionaba de manera correcta en ese momento. Tiene que tener un certificado de homologación para que se pueda comprobar que la máquina estaba en regla. Si era móvil el radar hay que asegurarse que se encontrase fuera de la calzada.

5. Apelar al margen de error

En los radares fijos, el margen es de 5 kilómetros por hora en vías con el límite de velocidad por debajo de los 100 km/h. En autopistas, este margen es del 5% sobre la velocidad máxima permitida: si la velocidad es de 120 kilómetros por hora, es posible circular como máximo a 126 kilómetros por hora.

En los radares fijos, el margen aplicado en vías con una velocidad máxima por debajo de los 100 kilómetros por hora es de siete kilómetros por hora, mientras que en vías rápidas se incrementa hasta un 7%.

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