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Por impago de un préstamo de 200.000 euros se pagan 108 euros diarios al banco

Los intereses de demora y las costas del juzgado duplican las hipotecas

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Periodista Digital 13 Nov 2012 - 09:39 CET
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Intereses de demora, costas y comisiones bancarias por el impago de mensualidades pueden duplicar la deuda hipotecaria una vez que el banco decide ejecutar el préstamo hipotecario por impago e iniciar el procedimiento de desahucio.

Explica Xavier Gil Pecharromán en ‘El Economista’ que estos son tres de los principales problemas que Gobierno y PSOE tendrán que despejar en sus negociaciones si quieren acabar con el actual panorama de desahucios.

El problema es que cuando se inicia el procedimiento, la Ley de Enjuiciamiento Civil permite que la entidad bancaria dé por vencida la totalidad del préstamo, aunque no se haya producido más que el impago de una sola de las cuotas.

Esto quiere decir que el banco puede reclamar en ese momento todo lo adeudado por el capital e intereses ordinarios y, además, los intereses de demora, en este caso por la totalidad del préstamo.

UN TRATO INJUSTO

Esta situación ha venido siendo denunciada públicamente por los registradores de la propiedad durante los últimos años y por los jueces en los últimos meses, ya que en muchas ocasiones consideran que se roza la usura.

Estos intereses suponen por término medio algo más del 20%, aunque en ocasiones los dígitos sobrepasan esas cifras, apoyándose en el vacío legal y en una jurisprudencia que en muchas ocasiones los ha considerado procedentes a la vista del incumplimiento del deudor.

Naturalmente, con la exigencia del capital más los intereses legales y, además, unas cantidades tan desorbitadas hacen inviable cualquier solución y agravan alarmantemente la insolvencia del deudor de la que ya no va a poder salir.

Por eso, mientras que el debate abierto por entidades sociales, jueces, registradores de la Propiedad y políticos tiene su foco puesto en la dación en pago, la solución es mucho más compleja.

Puesto que, aunque la responsabilidad del deudor quede limitada por la entrega de la vivienda, quedarían aún los intereses moratorios por pagar que son, como se ve en el ejemplo, muy difíciles de solventar, máxime cuando en muchas ocasiones en lugar de los seis meses que se suele emplear en los procedimientos se llega, incluso al año y medio.

 

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