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Elisa Mouliaá ha presentado su escrito de acusación contra el exdiputado y antiguo portavoz de Sumar Íñigo Errejón, pidiendo que se inicie un juicio oral y solicitando una pena de tres años de prisión por un delito continuado de abuso sexual. La actriz originaria de Madrid también ha fijado una clara demanda económica: una indemnización de 30.000 euros por daños morales y los perjuicios derivados del presunto abuso.
Más allá del ámbito penal, Mouliaá ha solicitado la apertura de una pieza separada para abordar la responsabilidad civil contra Errejón y que se le requiera el pago de una fianza.
Si el acusado no cumple con esta obligación, la denunciante pide que se lleven a cabo diligencias para investigar su situación patrimonial. Esta táctica legal busca asegurar que, en caso de condena, haya recursos disponibles para ejecutar la sentencia.
Los hechos denunciados: tres episodios en una noche de octubre
Íñigo Errejón fue uno de los cofundadores de Podemos y más tarde líder del partido Más País. El 25 de octubre de 2024 anunció su decisión de dar un paso atrás en política mediante un comunicado difundido en redes sociales donde admitió haber alcanzado el límite entre su personaje público y su persona real. Pocas horas después se conoció su renuncia; fue entonces cuando Mouliaá lo acusó directamente a través de su perfil en X, escribiendo: «Hola, yo soy víctima de acoso sexual por parte de Íñigo Errejón y quiero denunciarlo».
Este anuncio público desató una serie similar de denuncias por parte de otras mujeres contra Errejón, creando un caso con gran repercusión mediática y política. La dimisión del exdiputado coincidió con revelaciones sobre comportamientos inapropiados hacia varias mujeres.
De acuerdo con el relato de Mouliaá recogido en su denuncia presentada ante la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de la Policía, los hechos se produjeron en la noche del 8 de octubre de 2021, aunque otros documentos judiciales mencionan el 10 de octubre. La actriz había conocido a Errejón aproximadamente un año antes a través de redes sociales, manteniendo contacto por Instagram y Telegram.
El primer episodio habría ocurrido en el ascensor del edificio donde se celebraba una fiesta. Según la acusación, cuando ambos entraron, Errejón le dijo a Mouliaá que «la tercera regla la iba a romper en ese momento», agarrándola sin su consentimiento con fuerza en la cintura, sorprendiéndola y comenzando a besarla. La defensa del exdiputado admite estos actos, aunque niega que fueran sin consentimiento.
El segundo episodio tuvo lugar dentro del domicilio donde se realizaba el evento. La acusación relata que Errejón, aprovechando que Mouliaá había consumido alcohol y estaba afectada por su efecto, lo que disminuía su voluntad y la hacía más susceptible, la tomó del brazo con fuerza y la llevó a una habitación. Allí, sin su consentimiento, la empujó hacia la cama y tocó partes íntimas mientras ella intentaba zafarse como podía. En un tercer momento, según el escrito acusatorio, volvió a tocarla sin permiso.
Fue en esta ocasión cuando Mouliaá reaccionó parándole abruptamente. Le manifestó que se sentía incómoda e invadida, pidiéndole que la dejara tranquila e invocando la ley ‘Solo sí es sí’ que defendía públicamente el partido del que Errejón era portavoz parlamentario. Este detalle cobra especial relevancia porque muestra cómo la denunciante citó expresamente la normativa que él promovía.
El procesamiento judicial y la posición del juez
El juez Adolfo Carretero, al frente del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, decidió procesar a Errejón por un presunto delito de agresión sexual en noviembre de 2025. Consideró que existían indicios suficientes para pensar que había habido un delito contra la libertad sexual. En su resolución, el magistrado destacó como prueba principal las declaraciones de Mouliaá, subrayando que no han sido completamente desvirtuadas por lo expuesto por el investigado y reconociendo elementos favorables para ambas partes.
El juez remarcó que no había testigos presenciales del incidente; contaban solo con testimonios indirectos y pruebas periciales. Sin embargo, consideró fundamental la declaración de Mouliaá como indicio probatorio principal. Carretero reconoció que aunque existían elementos favorables para ambas versiones, consideró suficiente la carga probatoria para procesar al acusado y llevarlo ante un tribunal.
La defensa de Errejón: negación de los hechos y recurso
El exdiputado ha negado rotundamente las acusaciones y ha recurrido su procesamiento ante la Audiencia Provincial de Madrid. Argumenta que no hay «mínimos indicios» de culpabilidad. Su equipo legal asegura que las diligencias realizadas durante la fase investigativa «descartan cualquier indicio mínimo» sobre criminalidad y confirman lo que consideran un relato inventado por parte de Mouliaá.
La defensa ha ido más allá al acusar a Mouliaá de haber cometido un delito por falso testimonio durante su declaración judicial. Además, han señalado que ella tardó más de tres años en presentar su denuncia; desde su punto de vista esto debilita considerablemente su credibilidad.
Simultáneamente, Errejón ha interpuesto una querella contra Mouliaá exigiendo que reconozca los hechos ocurridos. También le solicita retirar las publicaciones realizadas en redes sociales sobre este asunto y abstenerse de difundir mensajes similares en el futuro; además reclama una indemnización por daños y perjuicios valorada en 10.000 euros. Esta contradenuncia forma parte integral del planteamiento defensivo del exdiputado.
Actualmente, el caso se encuentra avanzando hacia una fase avanzada dentro del proceso judicial. Con el escrito acusatorio presentado por Mouliaá, se encaminan los trámites hacia un juicio oral donde ambas partes tendrán oportunidad para presentar sus pruebas ante un tribunal. La Fiscalía aún no ha hecho pública su postura oficial sobre este asunto; aunque es probable que lo haga pronto.
Un intento previo para alcanzar una conciliación celebrado el 31 de octubre resultó infructuoso ya que ni Mouliaá ni ningún representante legal suyo asistieron al encuentro; esto permitió a Errejón presentar su querella sin obstáculos. Este fracaso cierra cualquier posibilidad alternativa al proceso judicial e indica un inminente enfrentamiento legal significativo.
La sentencia final dependerá del análisis realizado por un tribunal sobre las pruebas presentadas así como sobre los testimonios ofrecidos durante el juicio oral.
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