¿Cómo prepararse para cumplir la LOPD en 2025?

La normativa de protección de datos se verá afectada por otras regulaciones de peso, como la nueva reforma laboral o la Ley de Inteligencia Artificial.

LOPD en 2025
LOPD en 2025

En los últimos tiempos la LOPDGDD, o lo que es lo mismo, la normativa española de protección de datos, se ha visto sacudida por la inminente llegada de varias regulaciones que pueden afectar directamente a su aplicación.

A continuación vemos cuáles son las principales novedades que afectan al sector de la protección de datos, y lo que es más importante, qué pueden hacer personas y empresas para adaptarse a los cambios en la normativa.

Clave para las empresas: ayuda de expertos en protección de datos

Las organizaciones, ya sean instituciones, asociaciones o empresas de cualquier tipo y sector, suelen manejar elevados volúmenes de datos de clientes, proveedores, empleados, etc. Además, han de hacer frente a una enorme cantidad de exigencias y obligaciones en numerosos campos (seguridad, finanzas, igualdad, conciliación laboral) que resulta complicado abarcar y que provoca que la protección de datos quede a veces en un segundo plano.

Craso error, pues la febril regulación por parte de la Unión Europea y de los países miembros, entre ellos España, deja ver a las claras la importancia que se le está otorgando a la protección de datos, sobre todo a raíz de la irrupción de tecnologías como la inteligencia artificial.

Por ello, el primer consejo para cumplir la LOPD, aunque existen herramientas gratuitas como FacilitaRGPD, es buscar la ayuda de abogados especializados en el RGPD. Entre las mejores empresas de protección de datos que ofrecen un servicio totalmente integral se encuentra Grupo Atico34, que cuenta en sus oficinas de Madrid con más 2.300 opiniones en Google con un 4,9/5 de nota media.

Ojo a la próxima ley sobre Inteligencia Artificial

Una de las normativas que más preocupación está suscitando es la futura ley sobre inteligencia artificial, la cual ya se encuentra en fase de discusión.

Hasta el momento, lo que se sabe de la ley es que incidirá en ciertos puntos: la transparencia en los modelos y sistemas de IA, la identificación de aquellos contenidos creados con inteligencia artificial, la prohibición del uso de dispositivos biométricos para autenticación o identificación o la prohibición del uso de la inteligencia artificial como vehículo para influir en la conducta humana.

Estar atentos a la llegada de esta normativa y contar con un respaldo profesional para cumplirla se antoja fundamental, sobre todo para aquellas empresas que hagan un uso continuado de la IA o que manejen un volumen elevado de datos.

Las novedades de la reforma laboral que afectan a la LOPD

La nueva reforma laboral incluirá algunas novedades que ya se habían adelantado mediante resoluciones que sentaron jurisprudencia, como es el caso de las nuevas obligaciones en el registro de la jornada laboral de los trabajadores.

Desde ya, queda prohibido el registro de la jornada laboral en papel. Tampoco está permitido el uso de los sistemas de control biométrico para autenticación o identificación del personal, lo que significa que ya no se puede usar el reconocimiento facial o la lectura de la huella dactilar para fichar en el trabajo.

Entonces, ¿cómo se debe realizar el control horario de trabajadores? A través de sistemas informatizados y automatizados que permitan el acceso remoto de los inspectores de trabajo, como pueden ser una app, una plataforma online o los lectores de tarjetas RIFD.

En relación a esto, hay otro concepto que se verá afectado por la reforma laboral y que está íntimamente ligado con la LOPD, y no es otro que el derecho a la desconexión digital. Todavía hay que ver cuáles serán las nuevas exigencias que implantará el Gobierno, pero es seguro que será un derecho que los trabajadores van a ver reforzado.

La Ley de registro de viajeros

En este caso se trata de una ley que solo afecta a un determinado sector empresarial (turismo, alojamientos), pero teniendo en cuenta el peso específico de este sector en la economía nacional, su importancia no debe ser menospreciada.

Como algunos ya sabrán, desde el 2 de diciembre ya es obligatorio para todas las empresas cumplir con el Real Decreto 933/2021, denominada comúnmente Ley de registro de viajeros.

¿A qué obliga exactamente esta normativa? Pues exige a todos las personas físicas o jurídicas que realicen actividades de hospedaje, a recabar 17 datos personales de sus huéspedes/clientes, entre ellos datos personales que no figuran en los documentos oficiales de identificación, como el IBAN de la cuenta bancaria o la relación de parentesco entre los huéspedes. Asimismo, se deben registrar los datos recogidos en una plataforma habilitada para tal fin: SES.Hospedajes.

En resumen, los datos personales son la cuestión central de numerosas normativas actuales y venideras y, aunque no sabemos si esto nos va a afectar para bien o para mal, siempre hay que estar preparado para lo que pudiera suceder.

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Autor

Manuel Trujillo

Periodista apasionado por todo lo que le rodea es, informativamente, un todoterreno

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