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LA JUNTA ELECTORAL DICTAMINA QUE EL VICEPRESIDENTE SEGUNDO NO DEBIÓ USAR EL DESPACHO OFICIAL PARA ANUNCIAR QUE CONCURRIRÁ A LOS COMICIOS MADRILEÑOS

Pablo Iglesias infringió la Ley Electoral al anunciar desde la Vicepresidencia su candidatura para el 4-M

El saliente vicepresidente segundo volvió a pasarse la legalidad por el forro con otro acto desde el Ministerio de Derechos Sociales desde donde recordó su candidatura a presidir el Ejecutivo de la Puerta del Sol

Juan Velarde 26 Mar 2021 - 07:29 CET
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Ha sido una vulneración de libro de la Ley Electoral.

Pero, al igual que ya ha ocurrido con Pedro Sánchez o Grande-Marlaska, a Pablo Iglesias tampoco le va a suponer mayor castigo.

Y es que la Junta Electoral de Madrid ha sentenciado que el líder de Unidas Podemos infringió la Ley Electoral con el vídeo en el que anunciaba el 15 de marzo de 2021 su candidatura a la Comunidad de Madrid para el 4-M desde la sede de la Vicepresidencia segunda del Gobierno de España.

Rápidamente, el Partido Popular, al ver esa intervención desde la sede oficial para comunicar que iba a concurrir a los comicios madrileños, denunció a Iglesias ante la Junta Electoral.

Los populares entendieron que el político morado estaba realizando un acto encubierto de campaña:

El vicepresidente segundo está utilizando su calidad de tal para realizar un acto partidista, en el que pone en valor aspectos de su programa electoral con recursos públicos, algo que no es acorde a la normativa electoral, que impone neutralidad a los poderes públicos.

A última hora del 25 de marzo de 2021 la Junta Electoral de Madrid dejaba sentado que Iglesias se había pasado la ley por el forro de sus caprichos:

En la medida en que la grabación parece realizarse en el despacho institucional del Vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 se puede considerar como un acto organizado, directa o indirectamente, por un poder público, y en la medida en que en la intervención se efectuaron extensas alusiones a los supuestos logros obtenidos por el Partido Podemos en el Gobierno de coalición, estimamos que, aunque pudieran explicarse en relación al objetivo final de dicha intervención, en cuanto se emitieron en un acto procedente de un poder público, debieron evitarse, y en este concreto aspecto sí apreciamos una infracción de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Según ese artículo 50, Iglesias conculcó un principio esencial, el de no utilizar los medios oficiales para hacer campaña electoral:

Desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.

REINCIDENTE COMPULSIVO

Sin embargo, Pablo Iglesias no parece entender las reglas básicas electorales.

Justo en el día en que se conocía que el vídeo del 15 de marzo de 2021 había vulnerado la neutralidad electoral, el podemita volvío a usar las instancias oficiales para darse nuevamente autobombo de cara al 4-M.

Iglesias tomó parte desde el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en una videoconferencia para la constitución del ‘Foro Consultivo en Cuidados de Larga Duración y Servicios Sociales’.

Con el logo del Ministerio y del Gobierno de la Nación como telón de fondo, Pablo Iglesias se promocionó nuevamente como candidato a la Presidencia de la Comunidad de Madrid:

Esta es seguramente una de mis últimas intervenciones como vicepresidente del Gobierno de España, ha sido un honor trabajar desde este puesto por los derechos sociales en nuestro país, seguiré haciéndolo ahora, espero, desde el Gobierno de la Comunidad de Madrid, espero que encabezándolo.

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