(o “Divulgación para ignaros”)
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Para mi señoría, la ´inaguantabilidad´ de los actuales políticos de la oposición está alcanzando cotas de magnitudes verdaderamente astronómicas. Pues que va uno, que creo que era, en el anterior Gobierno, ministro de Trabajo e Inmigración o algo así al final de la legislatura anterior, un tal Valeriano Gómez Sánchez, y el jovencito se permite el lujo de meterle prisa al Gobierno actual, para que presente «urgentemente» los Presupuestos Generales del Estado para este año de gracia de 2012… Pero bueno, ¿por qué no los presentó el Gobierno anterior, presidido por el señor Rodríguez, si las elecciones generales tuvieron lugar el 20 de noviembre, fecha en que ya debían haber estado hechos?
La verdad es que, a juicio de mi señoría, a los Gobiernos socialistas, cuando gobernaban ellos, no parecía que eso de elaborar y, sobre todo, cumplir la Ley de Presupuestos fuera una de sus mayores preocupaciones. Ellos, piensa uno, en el mejor de los casos harían unas previsiones económicas a ojo de buen cubero y luego no creo que les preocupase hacer lo que es más eficaz de los presupuestos como documentos contables, que es el control presupuestario, es decir, comparar los datos contables de lo realizado, con las cantidades previstas en los presupuestos.
Aunque hace un montón de años que uno estudió estas cosas y los de mi señoría sean conocimientos que se han quedado obsoletos, mi señoría le va a contar a vuesarcedes, en una especie de divulgación para ignaros, mejor que de vulgarización para palurdos, el reducto que queda en mi memoria acerca de lo que era (¿lo sigue siendo?)un presupuesto, tanto en macro como en microeconomía.
Y ¿qué es (o era) un presupuesto? Pues algo muy sencillo: un documento contable en el que se hacía una previsión de cuáles iban a ser los gastos que se creía que iba a tener una determinada entidad, durante un cierto periodo, y asimismo se preveían los ingresos que se estimaba que iba a recibir la organización o empresa en cuestión, durante el mismo intervalo de tiempo. E ingresos y gastos, tenían que ser de igual cuantía, es decir, tenían que cuadrar, porque si no, había un déficit o un superávit por la diferencia correspondiente.
Confeccionado dicho documento contable (sí, porque “cuentas sin documentos son cuentos”), se iniciaba el ejercicio económico, cuyas entradas o ingresos y salidas o gastos se iban reflejando en la Contabilidad mediante ´asientos´ que se referían ya, no a previsiones sino a hechos reales o realizaciones, de forma que si en el presupuesto se había previsto que iba a haber 10 de ingresos por un determinado concepto y luego los ingresos que realmente había por tal concepto eran 13, resultaba que estábamos ante un superávit de 3, cosa que detectaríamos cuando hiciésemos el llamado control presupuestario, que no es más que comparar lo presupuestado con lo realizado. Y en los ingresos, si lo realizado es superior a lo previsto o presupuestado, hay superávit; si lo realizado en inferior a lo presupuestado, habrá déficit; y si lo presupuestado es igual a lo realizado hay equilibrio. Hay que tener en cuenta que la realización de ingresos puede ser superior a la cantidad presupuestada, y lo único que ocurre es que habrá motivo de alegría y gozo. “Gaudeamos igitur”.
La cosa cambia radicalmente cuando se trata de gastos. Si la cantidad presupuestada a gastar por un concepto cualquiera es inferior a la que realmente hay que gastar, ¡stop! Ese exceso de gasto no se puede hacer hasta que no se realice una modificación presupuestaria que permita aumentar la cifra presupuestada para ese gasto en la cantidad necesaria, para lo cual hay que reunir de nuevo a la comisión de presupuestos que tendrá que aprobar la eventual transferencia de fondos de unos capítulos a otros. Es decir, si se presupuesta contratar a un trabajador por 14 y resulta que en el mercado laboral no se encuentra una persona para realizar esa tarea por menos de 18, ¡stop! Antes de contratar a ese trabajador, en teoría, ha de reunirse la comisión que aprobó el presupuesto inicial, aprobar el nuevo coste y decir de dónde se va a sacar la diferencia, cosa que necesariamente ha de hacerse mediante una transferencia de crédito de alguno de los capítulos de gasto que pueda disminuirse en 4 ó de los capítulos de ingresos que pueda aumentarse en los 4 en cuestión, para que así prevalezca o bien el equilibrio presupuestario inicial, el déficit o un superávit.
En resumen, que las cifras presupuestadas de ingresos eran orientativas y si se superaban era estupendo, mientras que las cifras de gastos tenían carácter limitativo. Es decir, cuando algo iba a costar más de lo que se había previsto o presupuestado, la Comisión de presupuestos tenía que determinar de dónde se iba a sacar esa diferencia. No se puede rebasar la cantidad a gastar por un concepto determinado si no se hace antes la necesaria modificación presupuestaria. Y esto, si las cosas no han cambiado, lo sabe todo el mundo, pero los políticos en el poder -bueno, y todos-, si se trata, por ejemplo, de aumentar la subvención a los partidos, ¿creen vuesarcedes que dicha Comisión va a negarse, si no encuentra partidas de gasto a las que se les puede dar el mordisco necesario, va a negarse la Comisión, repito, a que se realice ese aumento? Ya saben vuesarcedes lo que dice mi señoría: “Del honor y del dinero, lo primero es lo segundo y lo segundo lo primero”. ¿O no?
13-03-2012.
(¡Vaya rollo, en 13 y martes! Claro que «todos iguales para mí seréis:/ trece, catorce, quince y diciséis». Muñoz Seca dixit).
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