El TC tilda de «evidente exceso» la creación de un Consejo de Justicia de Catalunya

El Tribunal Constitucional (TC) ha calificado este viernes, en la sentencia del Estatut, de «evidente exceso» la creación de un Consejo de Justicia de Catalunya y considera que el único órgano de gobierno del Poder Judicial es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Sin embargo, pese a «la impropiedad constitucional», no significa que el Consejo sea inconstitucional, ya que el TC le permite tener las funciones atribuidas a las Comunidades Autónomas en materia judicial, es decir, relacionadas con la parte organizativa de la Administración de Justicia.

Así, el Consejo de Justicia de Catalunya se queda vacío de atribuciones y tan solo se le confiere la potestad de precisar y aplicar, en el ámbito de Catalunya, los reglamentos de CGPJ, formar sobre propuestas en materia de organización y demarcaciones y presentar una memoria en el Parlament, así como ejercer las funciones que le atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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