“El jugador que no está en la mesa”, de Josep Martí Blanch; “El fiscal del Tribunal de Cuentas ve indicios de malversación en contratos con una empresa de la trama de Ábalos que Adif validó”, de Carlos Segovia; “El Constitucional afronta un asunto sin precedentes: imponer o no al Gobierno un plazo para presentar los Presupuestos”, de Pilar Araque Conde; y “El Gobierno convierte la prórroga del ‘decretazo’ antidesahucios en una expropiación forzosa para los propietarios”, de María Jamardo

(Viñeta de Puebla en ABC el pasado día 31)
EL JUGADOR QUE NO ESTÁ EN LA MESA
Artículo de Josep Martí Blanch publicado en La Vanguardia el pasado día 31
Año nuevo, vida vieja. Al menos en lo referido a la política. El cambio de dígito, del 5 al 6, no va a ser más que eso. No van a repartirse cartas nuevas en enero. Cada jugador procurará rentar las que ya tiene en la mano lo mejor que pueda y sepa. A sabiendas de que hay alguien que no está sentado formalmente en la timba pero que tiene en su mano voltear el tapete en cualquier momento. Nos referimos, claro, a la justicia.
Uno de los ases del Gobierno es el nuevo sistema de financiación autonómica que ha de alumbrarse nada más iniciarse 2026 y del cual ya se han ido filtrando algunos aspectos para crear el ambiente propicio para que, al menos de entrada, sea bien recibido por el espectro soberanista. Como el demonio está en los detalles, no será hasta que se dé a conocer en su totalidad que podrá efectuarse una lectura holística de su contenido. Pero lo más probable es que, con independencia de cuánto deban arrastrar los pies los partidos nacionalistas, pueda presentarse al menos como una mejora lo suficientemente sustanciosa como para obligarlos, sino a celebrarlo, si al menos a situarse en la lógica del más vale pájaro en mano que ciento volando.
Tampoco 2026 será diferente en este sentido: otro año de tribunales
Esta cuadratura del círculo que intenta el gobierno, y que incluye oxímoron como que la singularidad sea universalizable para todas las comunidades autónomas, rompería el mantra de sometimiento e inacción en el que la oposición ha intentado atrapar al Ejecutivo desde que Junts abandonara explícitamente el pelotón de la mayoría de investidura. Además de servir para dar cumplimiento a la palabra dada, un nuevo sistema de financiación cambiaría la percepción de que Sánchez está enrocado en la Moncloa solo para sobrevivir. Los fondos europeos y el regreso de Carles Puigdemont, si finalmente se produjera, son también cartas en manos de los socialistas para intentar dar al 2026 una pátina de transformación. ¡España en marcha en lo territorial y en lo
El PP seguirá con el único comodín del colapso moral del sanchismo. Así lo ha acreditado Fejóo en su balance de fin de año. Inmunes a la teoría de que el verdadero beneficiario de tanta agresividad popular contra el sanchismo es Vox, estos seguirán insistiendo en la corrupción generalizada de la administración socialista. Las elecciones extremeñas han confirmado, muy probablemente suceda algo parecido en los comicios aragoneses, las horas bajas del socialismo. Que eso no lleve aparejado un despegue notabilísimo del PP está interiorizado en las filas conservadoras. De ahí que le hayamos oído al líder popular expresarse con mucha claridad esta semana: el cordón sanitario del PP es con Bildu, no con Vox.
Contra lo que pueda parecer a primera vista, ya que compiten por una parte del mismo electorado, al PP le conviene la mayor naturalidad en su relación con la ultraderecha. Básicamente para que, cuando lleguen las elecciones, el efecto esté totalmente descontado y la amenaza de la izquierda diciendo que “Abascal será vicepresidente” tenga el menor efecto movilizador posible.
Tampoco el resto de formaciones políticas van a vestir ropajes nuevos en 2026. A la izquierda del PSOE se agravará el guerracivilismo clásico de este espacio a medida que vayan pasando los días, esperando el milagro de una unión imposible. En el PNV nadarán menos y guardarán más la ropa, como ya han venido haciendo en el último semestre. ERC seguirá viviendo entre la necesidad de criticar al PSOE al tiempo que lo masajea y Junts abonado al volantazo. Quien más fácil lo tiene es Vox, a quien le basta con seguir envenenando la agenda y prometiendo que el Cid está a punto de regresar reencarnado en Abascal para iniciar una segunda reconquista.
Pero la legislatura depende del jugador que no está en la mesa. Se ha visto también estos días con la insistencia del PSOE en que sus auditores ya han certificado que el partido no se ha financiado ilegalmente. Necesitan los socialistas que así sea, porque una acusación de esta índole probablemente llevaría la legislatura al colapso. Pero aún salvando esta pelota, quién sabe. Tampoco 2026 será diferente en este sentido: otro año de tribunales.
EL FISCAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS VE INDICIOS DE MALVERSACIÓN EN CONTRATOS CON UNA EMPRESA DE LA TRAMA DE ÁBALOS QUE ADIF VALIDÓ
Artículo de Carlos Segovia publicado en El Mundo el pasado día 30
Martín-Granizo solicita llevar el caso a la sala de enjuiciamiento que puede obligar a altos cargos a devolver el dinero.
El fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Manuel Martín-Granizo, ve indicios de malversación en contratos que fueron adjudicados y validados por Adif con una empresa de la trama del exministro José Luis Ábalos, según confirman a EL MUNDO fuentes de la institución.
El Tribunal de Cuentas cuestiona, entre otros, dos contratos financiados con fondos europeos adjudicados a Uniones Temporales de Empresas (UTE) en las que participaba OPR por valor de 21 y 65 millones de euros, respectivamente. Son los contratos que señalan dos denuncias internas recibidas por Adif en 2022 por parte de la empresa pública colaboradora Ineco y empleados públicos. En el primero presidía Adif Isabel Pardo de Vera con Ábalos aún de ministro. En el segundo, la presidenta era María Luisa Domínguez y la ministra, Raquel Sánchez.
El grupo estatal ferroviario dependiente del Ministerio de Transportes revisó el trato a OPR durante la etapa de Ábalos tras analizar las denuncias, pero terminó archivando ambas en marzo de 2023 y validando todas estas adjudicaciones. Pero lo hizo con «laxitud» y «sin el rigor exigible», según el Tribunal de Cuentas. Apenas semanas después, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, decidió recuperar a Ábalos, al que había cesado en junio de 2021 al frente de Transportes, como diputado por Valencia.
en cuatro de los seis expedientes que fueron objeto de denuncia, dicha alteración de puntuaciones modificó la clasificación global y la selección del adjudicatario».
El consejero del Tribunal de Cuentas que ha elaborado el informe es el jurista nombrado a propuesta del PP, José Manuel Otero Lastres, y está firmado por la presidenta, Enriqueta Chicano, nombrada por el PSOE. El procedimiento iniciado por el fiscal del Tribunal de Cuentas es el habitual cuando hay indicios de lo que llama este organismo «responsabilidad contable». No tiene carácter penal, pero sí implica un mal uso de fondos públicos que fuerza a sus responsables a devolver. Es, por ejemplo, el proceso que mantiene el Tribunal de Cuentas abierto a Carles Puigdemont y una treintena de dirigentes independentistas por el procés, tras negarse por ahora a aplicar la amnistía.
En el caso de los contratos de Adif se trataría de demostrar que, al amañar licitaciones, el coste para el grupo estatal -y, por tanto, para el contribuyente- fue mayor que si se hubiera adjudicado a la oferta más adecuada técnica y ecónomicamente.
La actuación de Adif criticada por el Tribunal de Cuentas provocará una reacción del Partido Popular. De momento, la vicesecretaria de Regeneración Institucional del PP, Cuca Gamarra, publicó este lunes en su cuenta oficial de equis la información de EL MUNDO y afirmó: «Ante las denuncias de los funcionarios sobre presuntos amaños en contratos públicos, Adif las archivó, el Gobierno desoyó los avisos y Sánchez recuperó a Ábalos en las listas del PSOE». Y añadió: «¿Contundencia? Esta es su actuación ante la corrupción: todo lo sabían y todo lo taparon».
La conclusión del Tribunal de Cuentas sobre las actuaciones de Adif con las denuncias es ésta: «Carecen del rigor que sería exigible a la vista de la gravedad de los hechos denunciados, debiendo ponerse de manifiesto la laxitud con la que se afirma la regularidad y la legalidad de los procedimientos de adjudicación afectados, pese a las debilidades que ofrecen los pliegos, las irregularidades en las que incurren los informes de valoración o la falta de motivación de los informes periciales».
EL CONSTITUCIONAL AFRONTA UN ASUNTO SIN PRECEDENTES: IMPONER O NO AL GOBIERNO UN PLAZO PARA PRESENTAR LOS PRESUPUESTOS
Artículo de Pilar Araque Conde publicado en Público el pasado día 29
El Senado plantea al Tribunal Constitucional un nuevo conflicto de atribuciones con el Gobierno por no presentar las cuentas públicas de 2026, y pide que fije un plazo para acometer este fin. Expertos consultados por ‘Público’ ven probable que el tribunal de garantías resuelva en contra del Ejecutivo, pero alejan la posibilidad de que esto se traduzca en una obligación a presentar los Presupuestos.
El Tribunal Constitucional tiene ante sí una petición compleja a raíz del último conflicto de atribuciones con el Gobierno planteado por el Senado por no presentar los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 2026, en el que se pide fijar un plazo para acometer este fin. El Pleno de la Cámara Alta acordó el pasado 22 de octubre el planteamiento de este conflicto, a iniciativa del PP, que cuenta con mayoría absoluta en el Senado, con el objetivo de obligar al Ministerio de Hacienda a presentar cuanto antes los Presupuestos de este año.
La Cámara Alta, que vuelve a hacer propia una iniciativa del PP, considera que la falta de presentación en plazo del Proyecto de Ley de PGE de 2026, así como el «abuso indefinido» de la prórroga presupuestaria, suponen la vulneración de varios artículos de la Constitución. En concreto, de los artículos 1.3, 66.2, 134, apartados 1, 2, 3, 4 y 5, 23 y 99.2.
Tal como detalla en un comunicado, se incumple la obligación constitucional de elaborar y presentar anualmente el Proyecto de PGE, prevista en los artículos 134.1 y 3 de la CE. Con este incumplimiento, «las Cortes Generales no pueden ejercer su competencia en materia presupuestaria, prevista en los artículos 66.2 y 134.1. De este modo, se limita la capacidad del Parlamento de modificar el texto, proponer alternativas y, sobre todo y en último término, aprobarlo o rechazarlo. Con ello, también se estaría vulnerando el artículo 23 de la Constitución, ya que se impide la participación de los senadores en la función presupuestaria».
Además, el Senado entiende que el Gobierno está utilizando de «forma abusiva» la prórroga presupuestaria, en contradicción con el artículo 134.4, con lo que se incumple también el principio de anualidad que prevé el artículo 134.2. Asimismo, las modificaciones presupuestarias que se están realizando de las cuentas públicas de 2023 prorrogadas, al margen del Parlamento, también suponen una vulneración directa del artículo 134.5 de la Constitución.
Por otro lado, el Senado declara que hay relación entre la no aprobación de los Presupuestos y la pérdida de confianza parlamentaria otorgada en la investidura, lo que afectaría al artículo 99.2 de la Carta Magna. Para el Senado, los dos precedentes de 1995 y 2019, en los que Felipe González y el propio Pedro Sánchez adelantaron las elecciones al no poder sacar adelante sus presupuestos, constituyen una «convención constitucional».
¿Qué pasa si el Gobierno vulnera la Constitución?
De esta manera, el Senado solicita al Tribunal Constitucional que declare que el Gobierno ha vulnerado estos preceptos y, como consecuencia, «declare la inconstitucionalidad y nulidad» de las distintas prórrogas presupuestarias. Asimismo, pide que resuelva «lo que proceda sobre las situaciones jurídicas producidas al amparo de aquella vulneración competencial y que se señale un plazo máximo para que el Gobierno cumpla con su deber constitucional en materia presupuestaria».
A partir de aquí, si la corte de garantías admite a trámite esta petición, ¿qué consecuencias puede tener? «El asunto no es fácil de determinar porque no tenemos precedentes estrictos que nos permitan aplicarlos a este caso», remacha Agustín Ruiz, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada, en declaraciones a este medio.
En este sentido, este experto recuerda la negativa en 2016 del Gobierno en funciones de Mariano Rajoy a someterse al control del Congreso, que exigió una comparecencia del ministro de Defensa en funciones para informar sobre los acuerdos adoptados en una reunión de ministros de Defensa de la OTAN.
Dos años después, el Tribunal Constitucional le dio la razón al Congreso (STC 124/2018, de 14 de noviembre) y sentenció «declarar que el criterio del Gobierno expresado en el oficio del Ministerio de la Presidencia de 10 de marzo de 2016 vulneró la atribución que al Congreso de los Diputados confiere el artículo 66.2 CE». En ese caso, agrega Ruiz, «no le ordenó comparecer, entre otras cosas, porque en el momento de la sentencia ya era Pedro Sánchez el presidente del Gobierno».
Trasladando esa doctrina al caso actual y con el mandato claro del artículo 134.3 en la mano, el catedrático cree que el Constitucional puede declarar que el Gobierno ha vulnerado la atribución constitucional del Senado para participar de la aprobación de los PGE, de acuerdo con los artículos 66.2 y 134.1 de la CE.
Y, aunque no ve viable que el Constitucional ordene al Gobierno de manera expresa que presente unas nuevas cuentas públicas –el artículo 75 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional «no le atribuye claramente la posibilidad de dar esa orden»–, sí ve factible que el TC señale un plazo máximo para que el Gobierno cumpla con su deber constitucional en materia presupuestaria. En todo caso, no confía en que una hipotética sentencia «llegue en fecha para que esa orden tenga sentido». «Lo veo improbable», agrega en declaraciones a Público.
Es «improbable» que el TC fije un plazo máximo
En esta línea, Miguel Revenga, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz, también comparte la posibilidad de que el TC declare que el Gobierno incumple la Constitución al eludir su obligación de presentar la ley de Presupuestos y privar con ello al Senado de la facultad de debatirla.
Esta opción, a su entender, «tendría efectos políticos seguramente demoledores, pero en términos jurídicos, una declaración semejante jamás podría transformarse en una obligación de hacer; es decir, no tendría como correlato la obligatoriedad automática de la presentación del proyecto».
Es más, en caso de que se declarara la infracción de la Constitución, «estaríamos ante una inconstitucionalidad por omisión, figura de la que carecemos en nuestro diseño del control». Por lo tanto, ve «muy improbable que el tribunal fuera tan lejos como para señalar un plazo de cumplimiento». «Sería la primera vez que ocurriera algo así», zanja.
Más allá de las derivadas de este asunto, José Manuel Vera Santos, catedrático Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos, comparte la pretensión del Senado. «Está en su derecho de presentar un conflicto de atribuciones y, de hecho, tiene hasta razón En esta línea, subraya otra perspectiva: el derecho ad officium, en alusión a la prerrogativa de un parlamentario de cumplir con sus tareas como representante público, ya que «se le conculca su posibilidad de desarrollar su carrera». Por ende, cree que el Congreso también debería de haber presentado un conflicto de atribuciones en este sentido «por respeto a sí mismo».
Esta nueva petición se suma a la docena de conflictos de atribuciones con el Gobierno y el Congreso tramitados por el Senado en esta legislatura. De ellos, al menos se han planteado nueve, según confirman fuentes de la Cámara Alta. Hasta la fecha, la Corte de garantías ha admitido los recursos por el supuesto veto a la reforma para rebajar penas a etarras (contra el Congreso), por modificar en la Cámara Baja la ley de eficiencia jurídica mediante corrección de errores (contra el Congreso y el Gobierno) y por el veto a enmiendas del Senado a la ley de cadena alimentaria (también contra ambas instituciones).
EL GOBIERNO CONVIERTE LA PRÓRROGA DEL ‘DECRETAZO’ ANTIDESAHUCIOS EN UNA EXPROPIACIÓN FORZOSA PARA LOS PROPIETARIOS
Artículo de María Jamardo publicado en El Debate el pasado día 28
El PSOE saca pecho de una medida aprobada en 2020 que continuará vigente sin debate parlamentario, ni votación por separado. Una medida que se estableció por primera vez en 2020, con «carácter extraordinario y temporal», coincidiendo con la pandemia, ha terminado por convertirse en un mecanismo permanente de expropiación forzosa impuesto por el Gobierno, que carga sobre los propietarios privados -y, además, lo hace gratis- el peso del fracaso de las propuestas estrella del PSOE, y sus sucesivos socios, en materia de vivienda.
La prórroga del decreto con el que el Ejecutivo de Pedro Sánchez suspendió hace seis años, por primera vez en 2020 (RDL 11/2020), los «procedimientos de desahucio y los lanzamientos para los hogares vulnerables sin alternativa habitacional» y que, esta misma semana, han anunciado que se mantendrá durante todo 2026, a instancias del pacto alcanzado con EH Bildu, ha puesto en pie de guerra a la mayoría de los juristas y arrendadores de nuestro país.
«Es un parche en el sistema que obliga a tolerar arrendatarios que no pagan bajo la etiqueta de la vulnerabilidad», denuncian. «Es el Estado el que tiene que cubrir las necesidades de oferta social, no los ciudadanos» que, además, se enfrentan a verdaderos calvarios para recuperar sus propiedades, por no hablar del «estado en el que quedan algunas de ellas». Una «factura» que «siempre acaba pagando el propietario sin opción ni compensación», añaden los más críticos.
El Gobierno, que dice poder gobernar sin Presupuestos Generales del Estado, pretende hacer descansar la política de vivienda sobre los hombros de los propietarios particulares, tolerando la ocupación ilegal y protegiéndola
Es tal la «inseguridad jurídica» a la que se ha condenado a los dueños de los pisos en alquiler que, sumado a la lentitud de los procesos judiciales necesarios para expulsar a los morosos, se está provocando una reducción de la oferta y una desorbitada subida de los precios de aquellas que, todavía, siguen estando disponibles.
No en vano, los que todavía confían en poder alquilar sus pisos, son conscientes de que si el inquilino no paga, en un determinado momento, o finalizado el contrato se niega a abandonar el inmueble y deja de cumplir con sus obligaciones, tardarán más de dos años, en el mejor de los casos, en recuperar la vivienda si la persona que la ocupa se declara económicamente vulnerable y acredita que no dispone de alternativa habitacional.
Y esto, se traduce en un incremento del nivel de las mensualidades que, en su caso, pueda «paliar» la pérdida económica que se producirá durante el tiempo que transcurra entre el «primer impago y el lanzamiento definitivo» o, en su caso, «cubrir los gastos legales para lograrlo», explican varios expertos de portales inmobiliarios.
La situación demuestra el «grave error» en el que se está incurriendo el Gobierno con las sucesivas prórrogas aprobadas para impedir, por sistema, la expulsión de los inquilinos morosos vulnerables, tal y como denuncia el magistrado madrileño Luis Sanz que lamenta que, con ello, se haya «herido de muerte al mercado del alquiler». Se trata, de acuerdo con sus propias palabras, de un mecanismo legal que «convierte el alquiler en una opción suicida para el propietario de una vivienda que puede verse atrapado, durante años, sin poder disponer de la misma y sin percibir las rentas». Una visión que comparte con otros jueces como Natalia Velilla o Teresa Puchol, que así lo han expresado en sus perfiles de redes sociales.
De hecho, la primera de ellas ha sostenido, incluso, que ante semejante escenario sería posible plantear una cuestión de inconstitucionalidad por la vulneración del artículo 33 de la CE que «reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia» y delimita la «función social» de ambos derechos al cumplimiento de las leyes, según las que «nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización» que, en este caso concreto, además, no se está ni garantizando, ni produciendo.