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Juan Ramón Moscad Fumadó

Así es la Ley de Emprendedores que aprueba hoy el Gobierno

Fotografía: Efe. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy

El Consejo de Ministros aprueba hoy la largamente anunciada Ley de Emprendedores, con la que el Ejecutivo de Rajoy pretende impulsar la creación de empresas y de puestos de trabajo. Tal como adelantó EXPANSIÓN el 17 de mayo, la nueva norma trae consigo incentivos fiscales, medidas para mejorar la financiación de las pymes, o la reducción de las cargas burocráticas.

La experiencia de otros países demuestra que cuantos más emprendedores, más empresas y, por tanto, mayor generación de empleo y riqueza, una ecuación que cobra aún mayor relevancia en la economía española, donde el grueso del tejido empresarial está formado por pymes, que a su vez aglutinan cerca del 90% del empleo.

Con la nueva ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, el Gobierno persigue reforzar ese tejido y mitigar los efectos de la crisis, que en los últimos cinco años ha provocado el cierre de más de 400.000 empresas en nuestro país. La norma que hoy aprueba el Ejecutivo pretende combatir ese impacto a través de estímulos y bonificaciones fiscales, medidas para mejor la financiación de las pymes, aligerar y simplificar las cargas burocráticas que soportan, favorecer la entrada de inversiones o incrementar su seguridad y protección legal.

Estos son los aspectos clave de una de las reformas estrella del Gobierno de Rajoy:

El IVA se pagará cuando se cobre la factura. El Ejecutivo ha atendido una de las viejas reclamaciones de empresarios y autónomos e implantará el criterio de caja en el IVA; es decir, cuando la Ley entre en vigor, las pymes con una cifra de negocio inferior a dos millones de euros podrán decidir voluntariamente si aplican el criterio de devengo –el IVA se ingresa al emitir una factura– u optan por el nuevo criterio de caja, que permite pagar el impuesto al cobrar la factura.

La nueva ley permitirá que empresarios y autónomos no tengan que ingresar el IVA hasta que hayan cobrado la factura. Esta ventaja estará, no obstante, sometida a algunas limitaciones: los empresarios deberán ingresar el IVA de cada año (como muy tarde el 31 de diciembre) aunque no hayan cobrado. Pero si la operación se ha hecho, por ejemplo, en enero de 2014, la fecha límite para pagar a Hacienda será el 31 de diciembre de 2014.

Ventajas por reinversión. Las empresas con un negocio inferior a los 10 millones de euros, las compañías de nueva creación y aquellas empresas que formen parte de un grupo más grande de sociedades tendrán derecho a una deducción del 10% en la cuota de los beneficios integrados en la base imponible para invertir en elementos nuevos del inmovilizado material o para operaciones inmobiliarias de la propia compañía. La inversión deberá realizarse en el plazo que comprende el inicio del año fiscal en el que se obtienen los beneficios y los dos años posteriores.

Incentivos para socios de empresas de nueva creación. La nueva ley incluye ayudas para invertir en las nuevas empresas. Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de la cuantía que suscriban mediante acciones en las pymes y las participaciones en empresas de nueva creación. La base máxima de deducción será de 9.000 euros anuales y estará formada por el valor de adquisición de las acciones o participaciones suscritas. El importe de la cifra de los fondos propios de la empresa no podrá ser superior a 200.000 euros en el inicio del período impositivo en el que el contribuyente adquiera las acciones o participaciones.

Cotizaciones más bajas para pluriempleados. También habrá cotizaciones más bajas para aquellos autónomos que apuesten por la pluriactividad. Los trabajadores que se den de alta en este régimen y estén pluriempleados usarán como base de cotización la resultante de aplicar el 50% a la base mínima de cotización establecida cada año en los Presupuestos del Estado. Se les aplicará el 50% de la base mínima durante los primeros 18 meses y el 75% durante los siguientes 18 meses. También habrá incentivos parecidos para los pluriempleados en que la actividad por cuenta ajena lo fuera a tiempo parcial. Con la nueva norma se podrá constituir una sociedad sin escritura pública en 24 horas y por 40 euros.

Facilidades para acuerdos de refinanciación. También habrá modificaciones que afectan a la Ley Concursal, que regula el funcionamiento de la quiebra empresarial. Será más difícil que los acreedores de una empresa con problemas financieros impongan unilateralmente sus condiciones o tumben los hipotéticos acuerdos a los que puedan llegar las partes implicadas. Los pactos de refinanciación sólo necesitarán el consentimiento de las entidades financieras que reúnan, como máximo, el 67% de la deuda de la compañía, frente al 75% previsto actualmente.

Protección de bienes esenciales. Esta medida es una de las grandes reclamaciones de las asociaciones de autónomos y las patronales empresariales. Se pretende que el empresario o el emprendedor acosado por deudas empresariales o profesionales no sufran en el futuro el embargo de aquellos bienes considerados esenciales. Estos bienes blindados por la nueva Ley de Emprendedores serán la vivienda habitual del deudor, siempre que su valor no supere los 250.000 euros, y vehículo de uso familiar, siempre que su valor no supere los 20.000 euros.

Abaratamiento de los costes iniciales. Se crea la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, una figura jurídica cuyo objetivo es abaratar el coste inicial de constituir una empresa. Se establecen límites y obligaciones para reforzar sus recursos propios e impulsar que estas empresas crezcan. Se endurece el deber de dotación de reserva legal (siempre deberá dotarse por un 20% del beneficio) y se prohíbe la distribución hasta que el patrimonio neto alcance el capital mínimo requerido para sociedades limitadas. Se limita la retribución anual de los socios y administradores, que no podrá exceder del 20% del patrimonio neto.

Se abrirá un mercado alternativo en el que las compañías de menor tamaño podrán invertir entre ellas

-Asimismo, uno de los principales objetivos del Gobierno es impulsar la creación exprés de empresas. Con esta Ley, constituir una sociedad sin escritura pública llevará 24 horas y costará 40 euros, y para hacerlo con escritura pública se prevé un plazo de 48 horas y un coste de 100 euros.

Menos burocracia y más agilidad. Y es que reducir y simplificar los trámites burocráticos es una de las prioridades del Ejecutivo. La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría anticipó ayer la aprobación hoy del proyecto Emprende 3, que permitirá poner en marcha una empresa de forma telemática, de una sola vez y con un formulario tipo sirviéndose de las nuevas tecnologías y de la colaboración entre administraciones públicas (Estado, autonomías y entidades locales).

-Según el Gobierno, con este proyecto «se reducen y simplifican los trámites burocráticos y se homogeneizan los procesos en el conjunto de las Administraciones». Asimismo, asegura que la herramienta está lista para facilitar la iniciativa emprendedora en toda España después de que la Federación Española de Municipios y Provincias haya realizado un proyecto piloto en diversos municipios.

Nuevas vías de financiación. Para facilitar la solvencia crediticia de las pequeñas y medianas compañías, el Anteproyecto de Ley simplificará las cargas para que puedan emitir deuda en mercados de renta fija. Es decir, que se abrirá un mercado alternativo en el que las compañías de menor tamaño podrán invertir entre ellas sin necesidad de escriturar públicamente dichas emisiones. El nuevo mercado de renta fija se ha inspirado en el Mercado Alternativo Bursátil y requiere el visto bueno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Así es la Ley de Emprendedores que aprueba hoy el Gobierno,Datos macroeconómicos, economía y política – Expansión.com

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Marina Moscad Caldentey
Abogada
Avda. César Giorgeta, 12,3ªpta
46007 Valencia
Calle Miguel de Cervantes, 1-4º
02640 Almansa (Albacete)
Nº de colegiada: 15499
☎: 651 943 044
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Autor

Juan Ramón Moscad Fumadó

Ing. Técn. Industrial, Diplomado Empresa y Licenciado en CCEE y EE. Valencia. Tutor de Uned de Almansa. Ha trabajado en CTNE Barcelona y en Citesa (Alicante). Desde 1981 trabajó en la Central Nuclear de Cofrentes (Iberdrola) hasta 2014. Ha escrito libros de relatos: "Viajar es un placer, pero, viajar también te escalda" y "Stada Nova: La fórmula" en Editorial Trafford (Canadá), entre otros. Ha editado su CD "OTRAS FORMAS DE AMOR", como cantautor, etc

Juan Ramón Moscad Fumadó

Ing. Técn. Industrial, Diplomado Empresa y Licenciado en CCEE y EE. Valencia. Tutor de Uned de Almansa. Ha trabajado en CTNE Barcelona y en Citesa (Alicante). Desde 1981 trabajó en la Central Nuclear de Cofrentes (Iberdrola) hasta 2014.  Ha escrito libros de relatos: "Viajar es un placer, pero, viajar también te escalda" y "Stada Nova: La fórmula" en Editorial Trafford (Canadá), entre otros. Ha editado su CD "OTRAS FORMAS DE AMOR", como cantautor, etc

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