LA JUSTICIA VALENCIANA DEFENDE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Absuelto Ricardo Ferris, el policía acusado injustamente de delito de odio, por vincular inmigración y delincuencia

La Audiencia de Valencia ha absuelto al exinspector jefe Ricardo Ferris, reabriendo el debate sobre los límites entre la libertad de expresión y el delito de odio en el discurso público.

Ricardo Ferris
Ricardo Ferris. PD

Tres años de dudas, presión social y profesional han culminado con la absolución de Ricardo Ferris, exinspector jefe de la Policía Nacional en Valencia, quien enfrentaba acusaciones por delito de odio debido a sus declaraciones durante un evento organizado por VOX en 2022.

El tribunal ha dictaminado que, a pesar del tono agresivo y provocador de sus palabras, “la libertad de expresión prevalece”, estableciendo un precedente significativo en la interpretación del delito de odio dentro del ámbito público español.

La sentencia ha sido acogida con alivio tanto por Ferris como por su defensa, aunque no carece de matices.

Los magistrados subrayan que su intervención, aunque incómoda y ofensiva para muchos, no constituye una incitación clara e indiscutible a la xenofobia, condición necesaria para una condena penal en este contexto.

El discurso que desató la polémica

La controversia se originó tras la participación de Ricardo Ferris en una mesa redonda sobre inmigración y seguridad ciudadana, celebrada en el Ateneo Mercantil de Valencia, organizada por la Fundación para la Defensa de la Nación Española y VOX.

En ese foro, Ferris pronunció frases como “la inmigración ilegal es igual a delincuencia” y “la práctica totalidad de los detenidos que hace la policía y la Guardia Civil son extranjeros”. Sus declaraciones, grabadas y compartidas en redes sociales, generaron una rápida reacción por parte de asociaciones pro-inmigrantes y llevaron a la Fiscalía a solicitar inicialmente tres años de prisión por delito de odio.

Durante el juicio en la Audiencia Provincial de Valencia, Ferris argumentó que sus afirmaciones eran resultado de su experiencia profesional y reflejaban datos que él consideraba reales sobre la delincuencia en su área. Negó haber intentado incitar al odio y afirmó que su mensaje estaba dirigido exclusivamente “contra los delincuentes, no contra los extranjeros”.

La decisión del tribunal y el nuevo marco jurídico

La Audiencia de Valencia ha dejado claro en su fallo: “Debemos ser cautelosos a la hora de limitar la libertad de expresión” y “imponer penas privativas de libertad en este caso sería una respuesta desproporcionada”. El tribunal enfatiza que el Derecho Penal debe aplicarse solo a los casos “más evidentes e indiscutibles” de incitación a la xenofobia. Además, aclara que el discurso de Ferris, aunque exagerado y parcialmente incorrecto, forma parte del debate público sobre políticas migratorias y seguridad.

  • La sala advierte que sancionar penalmente este tipo de discursos podría establecer un peligroso precedente para la libertad de expresión al convertir el Derecho Penal en un elemento disuasorio del debate público.
  • Se reconoce que algunas afirmaciones realizadas por Ferris “no coinciden con las estadísticas oficiales” y pueden ser “posiblemente engañosas”, pero no se identificó un intento claro de incitar al odio; más bien se trató de expresar una tesis discutible y ofensiva, pero no delictiva.

Impacto personal y colectivo

La absolución no elimina los tres años que, según las propias palabras del exinspector, han sido un verdadero “calvario” para él y su familia. Tras sus declaraciones fue destituido como jefe de la Comisaría Centro de Valencia por orden del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, lo que lo llevó posteriormente a su jubilación. Este caso también lo colocó en el centro del debate mediático y político, polarizando opiniones e convirtiéndolo en un símbolo tanto para quienes defienden la libertad de expresión como para aquellos que abogan por una mayor protección frente a discursos que estigmatizan a colectivos migrantes.

La sentencia representa un duro revés para las estrategias implementadas por la Fiscalía en su lucha contra los delitos relacionados con el odio. Obliga a replantear hasta qué punto puede llegar el Estado al limitar el discurso público, especialmente en tiempos marcados por tensiones políticas y sociales.

Un debate social aún vigente

Aunque el sistema judicial ha cerrado este capítulo del caso Ferris, el debate sobre los límites entre libertad de expresión y discurso del odio sigue más candente que nunca. La decisión judicial redefine el marco legal español al establecer que solo los casos más evidentes e intolerables pueden dar lugar a condenas penales. Esto deja un amplio espacio para expresar ideas, incluso aquellas consideradas molestas u ofensivas o basadas en datos cuestionables.

  • Para algunos, esta resolución fortalece nuestra democracia al salvaguardar el derecho al debate público.
  • Para otros, expone aún más a colectivos vulnerables frente a estigmatizaciones.

En cualquier caso, el nombre de Ricardo Ferris quedará asociado a una sentencia que seguramente será citada durante años cuando se discuta hasta dónde puede extenderse la libertad de expresión dentro de una sociedad diversa y plural.

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído