La sentencia de la UE abre una caja de cerca de 13.000 millones de euros

¿Quiere recuperar hasta el último céntimo sanitario? Pues si no tiene las facturas ahórrese hacer cola

No deben haber transcurrido tampoco más de cuatro años desde que abonó el 'plus'

Será muy complicado para el ciudadano de a pie, a menos que sea una empresa dedicada al transporte

La organización FACUA-Consumidores ha asegurado este jueves 27 de febrero de 2014 que los consumidores pueden reclamar el reintegro del «céntimo sanitario», siempre que dispongan de las facturas y no hayan transcurrido más de cuatro años desde que lo abonaron.

Así lo ha señalado esta organización en un comunicado después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea haya dictaminado que el «céntimo sanitario» es contrario al derecho comunitario.

La sentencia abre la vía a la devolución de los cerca de 13.000 millones de euros (9.473 millones de dólares) cobrados por ese concepto entre los años 2002 y 2011.

Sin embargo, los contribuyentes que quieran solicitar al fisco lo que han pagado por el ‘céntimo sanitario’ cuando han llenado el depósito de sus vehículos sólo podrán hacerlo de lo efectivamente ingresado entre marzo de 2010 y diciembre de 2012, dado que el resto de ejercicios fiscales ya están prescritos.

La Ley General Tributaria establece la prescripción del derecho a solicitar las devoluciones derivadas de ingresos indebidos a partir de los cuatro años, por lo que únicamente los últimos ejercicios de vigencia de este recargo –se suprimió desde el 1 de enero de 2013– son los que están en vigor a la fecha de hoy, cuando el Tribunal Superior de Justicia de la UE ha declarado ilegal el ‘céntimo sanitario’. A los que ya hubieran solicitado la devolución, la prescripción no les afecta.

SERÁ MUY COMPLICADO PARA EL CIUDADANO DE A PIE

Desde el colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) se recuerda que exigir la devolución de lo pagado injustamente obliga a cada uno de los contribuyentes a aportar a la Agencia Tributaria todas las facturas de las diferentes gasolineras en las que hayan llenado el depósito de sus vehículos, con el desglose de los litros repostados y el detalle del impuesto devengado.

Por todo ello, indican que será muy complicado para el ciudadano de a pie, que no sea una empresa dedicada al transporte, poder ir de gasolinera en gasolinera pidiendo facturas -un simple ticket no sirve porque no viene el desglose del impuesto pagado- de los últimos tres años y, a su vez, para las estaciones de servicio sería un trabajo burocrático inmenso que, según los técnicos de Hacienda, les «empantanaría».

En el caso de que algún contribuyente se arme de paciencia y consiga que las gasolineras le entreguen las facturas de lo pagado indebidamente, bastará con dirigirse a cualquier oficina de la Agencia Tributaria de la comunidad en la que pagó el impuesto y solicitar la devolución de ingresos indebidos, tipificada en la normativa fiscal, y presentar todas las facturas que haya recopilado.

FACUA se ha mostrado satisfecha con la sentencia sobre este impuesto, que en 2012 estaba implantado en trece comunidades autónomas, que gravaba a los carburantes y cuya recaudación se utilizaba para financiar la sanidad. La organización de consumidores ha recordado que en su día ya cuestionó esta medida al considerarla injusta e insolidaria.

2.300 millones de euros para los transportistas

Aún así, las asociaciones empresariales de transportistas calculan que el sector podría obtener una devolución de hasta 2.300 millones de euros por los importes indebidamente recaudados.

En una nota, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) adelanta esta cifra y destaca que el TUE ha confirmado sus criterios jurídicos y ha concluido que no cabe la limitación temporal de los efectos de la sentencia.

Ante el fallo, la federación calcula que las cifras unitarias que cada vehículo de transporte podría reclamar correspondientes a los últimos cinco años ascienden a 16.000 euros en el caso de un camión y a 14.000 euros en el de un autobús. En total, el importe podría alcanzar los 2.300 millones.

Fenadismer celebra además que el Tribunal de Luxemburgo se haya pronunciado de forma favorable a sus planteamientos, frente a la

«actuación deliberada del Estado español al haber mantenido durante más de diez años la vigencia del impuesto contrario al Derecho comunitario».

 

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