OPINIÓN

Francisco Iglesias Carreño: «De la reminiscencia»

Francisco Iglesias Carreño: "De la reminiscencia"

El año 1981, de aquel, dicho sea de paso, anterior Siglo XX, parece que ha pasado al proceso  histórico español, en lo que se puede columbrar de sus descripciones, como una anualidad un tanto convulsa, incluso bastante precipitada y hasta, por varias situaciones, muy ajetreada que, desde su incidencia tato en toda  la sociedad española como en el resto del mundo, ha dejado un reguero  de descripciones de sus versátiles acontecimientos, sobre los que se han levantado multitud de interpretaciones, infinidad de artículos varios  y un amplio muestrario de diversas publicaciones de toda índole, de ello puede que, ante tal abundancia, entre unas y otras, la realidad quede noveladamente desaparecida y  la veracidad de  los hechos, en la observable presenciabilidad e insuflada trascendencia de los mismos, un tanto ignota  y hasta puede que conculcada.

La reminiscencia nos sitúa al inicio del año 1981, donde teníamos en España una situación territorial que se escenificaba desde unos hechos, legales y jurídicos, del pasado, en el seguimiento (por la Constitución Española del 9-12-1931) de la legislación de la II República, la asunción regional del Sistema de la Dictadura (1936-1975), con la Transición Política (1975-1978, y la LPRP de 1976) y su reincorporación constitucional (por referéndum de la Constitución Española del 6-12-1978) de la legislación de la Monarquía, en las siguientes oficiales regiones españolas desde la voluntaria e inicial dualidad autonómica que ya se tenía:
[1º] Regiones Autónomas: Cataluña (Estatuto en 9-9-1932, derogado el 5-4-1938; 31.930 km2): Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona; Vascongadas (Estatuto en 1-10-1936, derogado 23-6-1937; 7.261 km2): Álava, Guipúzcoa y Vizcaya; Galicia (Estatuto en 28-6-1936 {20-8-1945}; 29.434 km2): La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.

[2º] Regiones No Autónomas: Andalucía (87.268 km2): Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla; Aragón (47.669 km2 ) : Huesca, Teruel y Zaragoza; Asturias(10.565 km2): Oviedo; Baleares (5.014 km2 ): Islas Baleares. Canarias (7.273 km2 ): Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas; Castilla la Nueva (72.363 km2 ): Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Madrid y Toledo; Castilla la Vieja (66.107 km2 ) Ávila, Burgos, Logroño, Palencia, Santander, Segovia, Soria y Valladolid; Extremadura (41.602 km2): Badajoz y Cáceres; Reino Leonés (38.363 km2): León, Salamanca, Zamora y León; Murcia (26175 km2): Albacete y Murcia. Navarra (10.421 km2): Navarra; Reino Valenciano (23.305 km2): Alicante, Castellón de la Plana y Valencia.

En el año 1981 veníamos, en el Estado Español de la España Nación, de una vivencia socialmente compartida, que se debe recordar, de ya tres años de instauración del sistema constitucional (y con ello la mecanización y/o estructura de los procesos y procedimientos de la nueva era) y lo que ello nos comportaba tanto a todos y cada uno de los ciudadanos españoles como a todos y cada uno de las entidades (del rango que fueren), que no los periclitados estamentos, tanto oficiales como privadas. Ese inicio constituyente del 6-12-1978, lo es al completo del texto constitucional, en la vigencia del 29-12-1978, y no, ¡y nunca!, parcializado y/o sectorizado en un ápice. No se tiene que esperar a ulteriores momentos, con supuestas y/o pretendidas invenciones a-constitucionales y, por ende, no votadas el día 6-12-1978, para que su efectividad completa tenga lugar.

Tal situación en gran medida obliga, y es entendible que en buena lógica, el mantener prevalentemente en que son los asuntos/cosas/situaciones las que se deben ajustar al modelo constitucional y no, ¡y nunca!, que sea el modelo constitucional el que sea ajustable y/o acomodaticio a ellos. También posibilita que los asuntos/temas/cosas que vienen hilados del entonces de aquel antes, sigan la situación de analogía procesual que corresponde al contexto preexistente que, en su momento, fue umbral y máxime cuando algunos de sus miembros ha generado iniciativas de grupo que son asimilables, en parangón y rango sin que existan variaciones de escala, para todo el resto. El bloque regional español, que es preexistentemente activo (y con constitucional equipotencialidad interna desde el 9-6-1931) es atendible en la forma y medida en que las iniciativas (iniciadas con tres regiones: Cataluña, País Vasco y Galicia) de todos sus miembros, implica una generalización por homologación en todas y cada una las preexistentes regiones españolas, y en su primigenio mantenimiento territorializado que son el objeto del mismo procedimiento, con reales y efectivas formulaciones de equiparación.

Por diversas previsiones ópticas, todo el año 1981 parece girar, así es si así parece, cual si estuviera imantado, hacia un exclusivista polo, como elemento identificador del completo de la anualidad, en el aquí hasta cierta forma próximo, que se nos presenta, ¡y a  todos!, como hilo conductor de la misma, eje pivotante amanuense o centro escénico de convergencia, que nos lleva de una parte a otra, dando escenarios teatralizados  de los comportamientos que han parecido tener toda una serie de ciudadanos y estamentos, que auto otorgadamente tienen, por otra parte, en sí mismos, amplias resoluciones y ya parecen ser decidores permanentes de una narración que se entrelaza con las demás y de donde apenas queda, salvo otras interpretaciones más plausibles, sustancia alguna entendible y/o comprensible mayormente.
En el año 1981 tenemos muchas noticias importantes que son escenificadas en los anuarios, y que nos hablan de toda una serie de acontecimientos, desde Irán (20-1-1981), la dimisión como Presidente del Gobierno del ciudadano Suarez González (D. Adolfo) (29-1-1981), la visita de SM El Rey a Guernica (4-2-1981),la escenificación del 23-F (23-2-1981), el nuevo Presidente del Gobierno del Reino de España (25-2-1981), el atentado al Presidente de USA (3-3-1981), la epidemia de la colza (6-5-1981), el atentado a SS. El Papa (13-5-1981), la Ley del Divorcio (22-6-1981), los pactos de los nuevos territorios posconstitucionales (31-7-1981),el atentado al Presidente de Egipto (6-12-1981), la vuelta del Guernica (24-10-1981) o la entrada en la OTAN (29-10-1981).

A veces ocurre,  tanto por determinadas como indeterminadas causas, que una específica situación se hace tan grande, con tanto volumen y tan desproporcionada, por su efecto  acaparador y adsorbente, que el resto del entorno y sus motivadas circunstancias, lo que constituye el llamado objetivado marco referencial, aquí en el Estado Español de la España Nación, apenas si se vislumbra, dejando con ello que la compresión más aproximada de algunos asuntos y hechos, que pueden ser de muy diversos índoles, nos quede desasistida y/o, en todo caso, ostensiblemente palidezca, en el menoscabo de lo que pueden ser muy importantes elementos que coadyuvarían al amplio desglose interpretativo ambiental que la posición en concreto pueda requerir.

De los precedentes, en la reminiscencia, sobre la situaciones territorializadas españolas, que venían del pasado y están contrastados, en el teselar espacio de las quince regiones españolas, a veces se hace el trastoque de la posible ocultación del constitucional modelo regional de partida, y su presenciabilidad básica y obligada, dando un salto, que puede ser impropio, hacia la obligada generalización de un status que esta asido, por la propia CE´1978, al “principio de libre voluntariedad” y, por ende, a los sujetos actores constitucionales { (1º) los respectivos ciudadanos regionales y (2º) las respectivas regiones españolas a la data de la fecha del 6-12-1978} y en el obligado enlace de estos, en nuestro criterio, y entre otras consideraciones al caso y situación, con lo ya dispuesto el 9-12-1931 y el 14-6-1933. Aquello que ya hemos apuntado de ir de “la Constitución a la Constitución”, con el apuntalamiento indicativo, de lógica suposición, sobre la coherencia cívica de todos y cada uno de los votantes del referéndum constitucional, ya que todos ellos, sí que sabían, por su propia y oficial instrucción educativa, en qué región española estaban votando en tal y tan preciso momento.

Tenemos unos referentes universales del año 1981 que, aun a pesar de su extraordinaria importancia, solo aparecen ya, y por el momento, como pinceladas ocasionales, que orlan la información de unos momentos que se hacen concretos aún a pesar de que, por su trascendencia, tengan una incidencia extraordinaria. Estos referentes universales han pasado, en nuestra cercanía comunicacional, a un muy segundo plano y han sido ambientalmente sustituidos, como en una torera larga cambiada, por otras situaciones, un tanto más domésticas, que han cubierto la actualidad de aquel ayer y que, en cada aniversario, se recrean reiterativamente sobre el rescoldo de sus propias brasas.

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