El mercado del alquiler en España se encuentra en uno de sus momentos más críticos, y no solo se debe a la falta de oferta o al encarecimiento de los precios.
Desde 2025, Hacienda exige a los propietarios que incluyan en su declaración del IRPF los ingresos por alquiler, incluso si no los están recibiendo porque su vivienda ha sido ocupada por un inquiokupa.
Este término hace referencia a aquellos inquilinos que, tras dejar de pagar la renta, se niegan a abandonar el inmueble, prolongando su estancia de manera ilegal.
Esta situación, que ya había sido denunciada por diferentes sectores afectados, ha cobrado relevancia pública debido al aumento de los controles fiscales y la escasa flexibilidad legal para abordar estos casos.
La presión tributaria y la sensación de indefensión jurídica han creado un cóctel explosivo para miles de pequeños propietarios.
Así opera la tributación del alquiler en 2025
El sistema actual establece que se debe declarar como rendimiento del capital inmobiliario la renta acordada en el contrato de alquiler, sin importar si el propietario realmente la cobra o no. Los propietarios pueden deducir gastos como el IBI, amortización, seguros, reparaciones y comunidad. Además, la Ley 12/2023 ha introducido modificaciones en las reducciones sobre el rendimiento neto:
- 90% si el alquiler se reduce un 5% en áreas tensionadas.
- 70% para arrendamientos dirigidos a jóvenes de entre 18 y 35 años o entidades sociales.
- 60% si la vivienda ha sido rehabilitada recientemente.
- 50% en otros casos.
Sin embargo, estas reducciones solo son aplicables si se percibe el alquiler. En situaciones de inquiokupación, la Agencia Tributaria considera que el propietario debe tributar igualmente, salvo que inicie un proceso judicial para reclamar la deuda. Solo entonces, y tras demostrar que la demanda está activa, podría dejar de imputar ese ingreso no percibido en su IRPF.
La tragedia de los propietarios con inquiokupas
Los propietarios que enfrentan a un inquiokupa viven una doble carga: no solo pierden los ingresos del alquiler, sino que además deben tributar por una renta inexistente. Esta problemática afecta especialmente a pequeños ahorradores y familias que dependen del arrendamiento como complemento a su pensión o salario.
- Muchos propietarios señalan que los procesos judiciales para desalojar a los inquiokupas pueden extenderse más allá de un año.
- Durante ese periodo, no solo dejan de percibir ingresos por el alquiler, sino que también continúan asumiendo gastos fijos relacionados con la vivienda; además, Hacienda les exige tributar como si estuvieran recibiendo esos pagos con normalidad.
- Los gastos deducibles no compensan la carga de tener que pagar impuestos sobre ingresos ficticios, lo cual agrava tanto su situación económica como emocional.
Madrid, Cataluña y Andalucía son algunas comunidades donde este problema es más frecuente, especialmente en barrios populares y zonas tensionadas donde la oferta de alquiler es cada vez más limitada. Los propietarios temen nuevos arrendamientos debido al riesgo de impago y ocupación.
¿Qué opciones tiene el propietario ante un inquiokupa?
La única alternativa para dejar de tributar por ingresos no percibidos es demostrar que se ha iniciado un proceso judicial para desahuciar o reclamar rentas. Hasta que no se presente ante Hacienda prueba de esa demanda, la Agencia Tributaria mantiene la obligación de declarar y pagar el IRPF correspondiente al alquiler pactado.
Pasos recomendados:
- Documentar el impago y las comunicaciones con el inquilino.
- Presentar demanda judicial lo antes posible.
- Incluir el justificante de la demanda en la declaración fiscal.
- En ciertas ocasiones, la devolución del IRPF pagado incorrectamente solo se lleva a cabo si el proceso judicial concluye reconociendo insolvencia o imposibilidad de cobro.
Efectos en el mercado y nuevas medidas propuestas
El endurecimiento fiscal y la falta de protección frente a los inquiokupas están llevando a muchos propietarios a retirar sus viviendas del mercado del alquiler residencial o optar por arrendamientos turísticos, considerados más seguros y rentables. Esto agrava aún más la escasez de oferta y contribuye al aumento de precios, sobre todo en grandes ciudades como Madrid y Barcelona.
El Gobierno ha presentado una propuesta para eximir del 100% del IRPF a aquellos propietarios que alquilen según el Índice de Precios de Referencia. Sin embargo, esta medida aún está en desarrollo y no contempla situaciones relacionadas con ocupaciones o impagos. Por ahora, los propietarios siguen enfrentándose a una fiscalidad que no diferencia entre ingresos cobrados e impagados debido a inquiokupas.
Reacciones y demandas entre los afectados
Las asociaciones de propietarios y plataformas afectadas están reclamando:
- Un cambio legal que permita suspender automáticamente la tributación del IRPF ante impagos probados y ocupaciones ilegales.
- Procedimientos judiciales más ágiles y efectivos para desahucios.
- Mayor protección jurídica y fiscal para pequeños arrendadores.
Mientras tanto, el drama generado por los inquiokupas junto con las exigencias fiscales de Hacienda siguen marcando el compás en un mercado inmobiliario donde alquilar una vivienda se ha convertido en un acto lleno de riesgos para muchos ciudadanos.
El debate está abierto. La incertidumbre fiscal y jurídica sigue condicionando las decisiones de miles de propietarios en toda España, quienes esperan una solución equitativa entre derechos y obligaciones dentro del mercado del alquiler.
