Montarse en avión para viajar de un lugar a otro se ha convertido en una práctica de lo más habitual y en el medio de transporte más usado por el turismo internacional. Miles de aerolíneas han surgido como consecuencia de esta demanda que, si ya es alta en estos momentos, sigue creciendo sistemáticamente. El problema, sin embargo, viene cuando por determinadas circunstancias las compañías aéreas deciden suspender sus vuelos o retrasarlos, esto por no hablar de un fenómeno cada día más habitual como es el overbooking.
Hubo un tiempo en que los clientes de estas empresas estábamos desprotegido frente a estos atropellos, pero desde hace ya más de una década esta situación ha cambiado y las leyes de la UE nos protegen. Desafortunadamente, muchos de los pasajeros desconocen aún sus derechos básicos como consumidores de las aerolíneas, un problema con el que queremos contribuir mediante este artículo. Hoy hablaremos sobre las leyes que nos protegen y cómo podemos ejercer nuestros derechos frente a una compañía como Vueling, una de las aerolíneas españolas más populares entre los pasajeros.
¿Qué compensaciones nos pertenecen?
Según el Reglamento Europeo 261 2004, todos los ciudadanos de la UE tenemos derecho a disfrutar de las protecciones que éste establece frente a problemas tan lamentables como el retraso de un vuelo, su cancelación o el overbooking. Desde el ofrecimiento de un vuelo alternativo hasta la devolución del importe, los derechos que se recogen en este código ofrecen a los clientes de las aerolíneas varias compensaciones alternativas en función de cada caso.
Cancelación del vuelo
Si estamos decididos a interponer las oportunas alegaciones por una cancelación, debemos tener los datos pertinentes. Lo primero que tendríamos que saber es que las indemnizaciones no tienen que ver con el importe del billete, por lo que a veces no recuperaremos la inversión total y en otras ocasiones incluso sacaremos beneficios. Para un vuelo de menos de 1.500 km, el importe de la devolución será de 250 €. Para uno de entre 1.500 y 3.000 km, 400 €. Para uno superior a 3.500, 600 €.
En el caso de Vueling, si la aerolínea ofrece un vuelo alternativo que no suponga un retraso de más de 2, 3 o 4 horas, la compensación se reducirá a la mitad, pero tendremos vuelo.
Retraso del vuelo
En caso de que las reclamaciones a Vueling sean por un retraso, los derechos de los pasajeros recogen compensaciones similares a las de la cancelación, aunque con otros aspectos a tener en cuenta.
Para un retraso de más de 3 horas en un vuelo de menos de 1.500 km, 250 €. Más de 3 horas entre 1.500 y 3.000 km, 400 €. Más de 3 horas y más de 3.500 km en la UE, 400 €. Entre 3 y 4 horas a más de 3.500 km fuera de la UE, 300 €. Más de 4 horas y más de 3.500 km fuera de la UE, 600 €.
Overbooking
Para quienes sufren las consecuencias de un overbooking, lo primero que deben saber es que la empresa está obligada a ofrecerles un vuelo alternativo, ya que será la compañía aérea la que señale qué pasajeros tienen prioridad frente a los que ocupan el mismo asiento. En ese caso, no habrá compensación económica, salvo que el vuelo alternativo suponga un retraso con respecto a la hora de llegada superior a las 3 horas. En cuanto al importe, la tabla es similar a la de la cancelación del vuelo.
Requisitos para reclamar a Vueling
Como decíamos, Vueling es una compañía española, por lo que pesan sobre ella los derechos establecidos en el mencionado reglamento de la UE. Sin embargo, es necesario cumplir una serie de requisitos para que las reclamaciones por perjuicios sean efectivas y aprobadas.
- Compañía de la UE: el primero y más importante es que la aerolínea pertenezca a un país miembro. De lo contrario, no aplican los mismos derechos, sino el Convenio de Montreal.
- Destino en la UE: igualmente, si el destino está fuera del espacio geográfico de la UE, estas leyes tampoco serán efectivas.
- Impedimentos: estos derechos tienen validez cuando la aerolínea retrasa un vuelo más de 3 horas sobre la salida prevista, cuando directamente se procede a la cancelación o cuando se sufre el perjuicio de un caso de overbooking. Esto, tanto si nuestros billetes incluyen derecho a reclamar o no, ya que es aplicable a todos los ciudadanos UE.
- Notificación previa: si 15 días antes del retraso o la cancelación no hemos recibido noticias, tendremos derecho a reclamación. En caso contrario, no podremos hacer nada.
Por supuesto, huelga decir que en casos ajenos a la compañía aérea (como las inclemencias climatológicas, el inicio de un conflicto bélico, la inestabilidad política de un país y otros casos extremos), ninguna de las actuaciones de la empresa podrá ser reclamada.