El colaborador Idelfonso Peral Gil realizó varios comentarios sobre aspectos íntimos de su vida familiar y profesional
El Tribunal Supremo ha condenado a Telecinco a indemnizar con 30.000 euros a la tonadillera Isabel Pantoja por los comentarios sobre su orientación sexual vertidos en el programa ‘A tu lado’, emitido el 8 de enero del 2004.
Según recoge Vertele.com en el artículo «Telecinco, 30.000€ a Pantoja por hablar de su orientación sexual», los magistrados de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo concluyen en la sentencia hecha pública el lunes 15 de febrero que las expresiones utilizadas en el citado programa vulneraron el derecho a la intimidad de Pantoja.
NO VULNERÓ SU DERECHO AL HONOR
Por otro lado, el Tribunal entiende que Telecinco no vulneró el derecho al honor de la cantante, de forma que ha rebajado a la mitad la cuantía de la indemnización que había fijado la Audiencia Provincial de Madrid -60.000 euros-.
Los sucesos ocurrieron en el programa ‘A tu lado’, del 8 de enero del 2004, cuando el colaborador Idelfonso Peral Gil realizó varios comentarios sobre la condición sexual de Isabel Pantoja y sobre aspectos íntimos de su vida familiar y profesional.
Sentencia:
- «El derecho a la intimidad personal sí resultó vulnerado, pues aunque se trate de un personaje público y en cierto sentido notorio por sus actuaciones profesionales, ello no anula por completo la parcela privada de la intimidad personal y familiar que garantiza el la Constitución a todas las personas de modo general»



