La Generalitat desarrolla la Ley que trata de garantizar el suministro de medicamentos en las farmacias

La portavoz del Consell de la Generalitat valenciana, Paula Sánchez de León, ha informado de la aprobación Decreto la Ley 1/2008, de 17 de abril, de la Generalitat, de Garantía de Suministro de Medicamentos. La norma, que entrará en vigor el 31 de marzo de 2011, el Consell tiene por objeto establecer la definición, composición y funcionamiento del Sistema Operativo de Alerta en el suministro de medicamentos (SOSME) y las comunicaciones de suministro insuficiente.

Sánchez de León, tras el pleno del Consell, ha explicado que dicha Ley tiene por objeto adoptar las medidas oportunas que garanticen el servicio farmacéutico, así como el suministro efectivo de medicamentos de uso humano que requieran receta médica a los ciudadanos.

Independientemente de la obligación que tienen los almacenes de distribución de poseer en todo momento unas existencias mínimas y suficientes de los medicamentos para el abastecimiento de las farmacias y demás establecimientos autorizados para la dispensación, la Conselleria de Sanitat debe poder garantizar el suministro efectivo de medicamentos que requieran receta médica a los ciudadanos de la Comunitat Valenciana, ha explicado.

El Sistema SOSME es el conjunto de recursos y agentes técnicos que gestionará la detección, comunicación, operación, control y seguimiento de todas las incidencias de medicamentos que requieran receta médica y se encuentren en fase de suministro insuficiente. Todos los procesos que gestione el Sistema se efectuarán por medios telemáticos.

Los agentes incluidos en el sistema operativo de alerta en el suministro de medicamentos son los distribuidores de medicamentos que operan legalmente en la Comunitat, los Colegios Oficiales de Farmacia y la Agencia Valenciana de Salud.

Por otro lado, ha destacado que las oficinas de farmacia de la Comunitat están obligadas a comunicar a la Conselleria de Sanitat en el plazo de 48 horas cualquier falta de suministro, cuando habiendo solicitado el medicamento al menos a tres almacenes, estos no lo hayan proporcionado durante un periodo de una semana.

Los Colegios Oficiales de Farmacia comunicarán esta circunstancia cuando el número de oficinas en las que coincida el problema con un mismo medicamento y almacén, supere el 10 por ciento de las establecidas en su ámbito provincial, aunque la afectación sea de menos de tres almacenes.

Una vez establecida la situación de suministro insuficiente las oficinas de farmacia deben comunicar cualquier devolución del medicamento afectado por falta de suministro a almacenes.

Por su parte, los almacenes mayoristas que comercializan en la Comunitat están obligados a comunicar en el plazo de 48 horas a la Conselleria cualquier falta de suministro que detecten. Se entenderá falta de suministro en los almacenes, cuando al menos en tres almacenes mayoristas, al menos uno sea de la Comisión de Distribución de Medicamentos de la Comunitat Valenciana, que representen un 10 por ciento del suministro de farmacias, se detecte que no se ha suministrado por un periodo superior a un mes.

Los hospitales y centros de atención primaria, sus servicios de farmacia deberán comunicarlo de la misma manera a la Conselleria de Sanitat.

El Consell calcula que esta medida beneficiará a todos los pacientes de la Agencia Valenciana de Salut, así como a los más de 30.000 profesionales sanitarios tanto de la sanidad pública como de la privada.

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