El delito contra el sentimiento religioso puede ser castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar destinado al culto
Dos de los turistas musulmanes de nacionalidad austriaca imputados por el Juzgado de Instrucción número 4 de Córdoba podrían ser condenados a penas que superan los seis años de prisión por varios delitos. Ambos se están desde el pasado viernes en libertad con cargos tras protagonizar un altercado en la Mezquita-Catedral.
Se les imputan los delitos contra el sentimiento religioso, desórdenes públicos, lesiones pendientes de calificación -que podrían ir de intento de homicidio a simples faltas-, amenazas y atentado contra agentes de la autoridad. La petición de condena por parte de las acusaciones particulares y Fiscalía pueden variar.
El fiscal jefe de Córdoba, José Antonio Martín Caro, explicó a ABC que aún es precipitado hablar de cuánto podrían solicitarle en la calificación provisional de los hechos, «todo depende de la instrucción que haga el juez y que determinará si la agresión con el cuchillo se califica de intento de homicidio o no». En un principio, el juez estimó que no hubo intento de homicidio, pese al uso del arma. El delito contra el sentimiento religioso puede ser castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar destinado al culto, según el artículo 523 del Código Penal.