Los bancos cobran 3 euros de media por operaciones de ingreso en efectivo, según kelisto.es

El 60% de las grandes entidades bancarias de España cobran hasta 3 euros de media por ingresar efectivo en sus sucursales, según un estudio realizado por la web kelisto.es

Actualmente, nueve de los quince mayores bancos españoles cobran por ingresar dinero en efectivo en sus sucursales, un coste que hace unos años apenas se aplicaba y que se justifica por el hecho de que se quiera incluir información de quién o por qué realiza el ingreso y no por la operación en sí.

De las nueve entidades que realizan este cobro, solo cuatro repercuten a quienes no son sus clientes, La Caixa, Banco Sabadell, Bankinter y Abanca, mientras que las cinco restantes, Catalunya Caixa, Unicaja, Banco Popular, Ibercaja y Banco Mare Nostrum, lo cobran a todas las personas que efectúen esta operación. Cuando se trata de los propios clientes, solo les aplican este importe si realizan un ingreso en una cuenta que no sea la suya.

Según kelisto.es, el auge de las comisiones como las del ingreso en ventanilla se producen en un contexto de incremento de los gastos que las entidades repercuten sobre sus clientes. Desde que empezó la crisis, comisiones tan habituales como la del mantenimiento de la cuenta se ha disparado un 31,5%, al igual que las que se aplican por tener un descubierto que han aumentado en un 23,2%.

Por su parte, las entidades justifican que estas comisiones se aplican a cambio de la prestación de un servicio. En esta línea, desde Bankinter afirman que este cobro corresponde con un servicio de intermediación que conlleva el uso de unas infraestructuras, y tiene un valor, siempre se informa a los clientes del coste que implica.

Asimismo, kelisto.es afirma que la normativa que regula el establecimiento de comisiones bancarias determina que las entidades deben poner a disposición de sus clientes información sobre las comisiones que se aplican de manera habitual a los servicios que estos realizan mutuamente.

Según kelisto.es, el Banco de España califica la comisión por ingreso en ventanilla de «improcedente», además considera que siempre que no se realice una operación adicional a la del simple ingreso en la cuenta de un tercero, las entidades no están habilitadas para cobrar una comisión por prestar este servicio.

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