La CEOE designará hoy a los vicepresidentes que acompañarán a Rosell en su segundo mandato

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) celebrará hoy su primera Junta Directiva tras la reelección de Juan Rosell como presidente por apenas 33 votos de diferencia respecto a su rival, Antonio Garamendi, presidente de Cepyme.

Según fuentes de la patronal consultadas por Europa Press, la primera Junta Directiva tras las elecciones tiene previsto elegir a los miembros del Comité Ejecutivo y a los vicepresidentes de la organización.

Estos últimos no podrán ser más de cuatro y uno de ellos será Garamendi, el rival de Rosell en las últimas elecciones, pues está estipulado estatutariamente que el presidente de Cepyme sea vicepresidente nato de la CEOE.

Está por ver si el nuevo presidente de la patronal madrileña CEIM, Juan Pablo Lázaro, ocupa una de las vicepresidencias de la CEOE en este segundo mandato de Rosell. Todo apunta a que será así, pues el apoyo de Lázaro ha sido clave para que el empresario catalán le ganara la partida a Garamendi en la batalla por la Presidencia de la CEOE.

El antecesor de Lázaro en la Presidencia de CEIM, Arturo Fernández, sí se hizo con una vicepresidencia en la patronal española durante el primer mandato de Rosell tras darle su apoyo en las elecciones de 2010.

COMITE EJECUTIVO.

Respecto al Comité Ejecutivo, los 242 miembros que forman la nueva Junta Directiva de la patronal (153 de ellos pertenecientes a organizaciones sectoriales y 89 a territoriales), tendrán que designar a los vocales de la Junta que se integrarán en este órgano.

El Comité Ejecutivo está formado por el presidente, los vicepresidentes y una serie de miembros de la Junta Directiva. Su número de miembros no puede ser inferior a 40 ni superior a 50 y de él, si así lo propone el presidente, pueden formar parte hasta cinco personas de reconocido prestigio y experiencia acreditada en el mundo económico y empresarial.

En la Asamblea Electoral celebrada el pasado 17 de diciembre se acordó modificar los Estatutos para que la primera Junta Directiva tras unos comicios pidiera celebrarse entre 1 y 30 días después de los mismos. Antes de dicha modificación, el tope máximo para celebrar la primera Junta era de ocho días.

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