Disa se suma a Repsol en los recursos ante el Supremo contra la orden que baja el butano

Disa Gas ha interpuesto ante la sala tercera del Tribunal Supremo un recurso contencioso administrativo en contra de la orden ministerial en la que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo establece el nuevo sistema de revisión automática del precio de la bombona de butano.

Con esta decisión, Disa se suma en los recursos a Repsol. Las empresas vienen recurriendo desde 2014 la fórmula de revisión de precios del butano porque no recoge un coste suficiente para la actividad de comercialización.

En el caso de la orden ministerial de marzo, se establece un nuevo mecanismo que ha propiciado una bajada en el precio de la bombona media de butano del 19% en apenas dos meses, a razón de un 9,7% en marzo y de un 10,6% este martes, hasta 14,12 euros.

La segunda de estas dos revisiones se ha aprobado apenas cinco días antes de las elecciones municipales previstas para el domingo 24 de mayo y supondrá un alivio para cerca de los 8 millones de consumidores de butano.

La orden ministerial recurrida por Repsol y Disa contempla una nueva fórmula para establecer el precio del gas licuado del petróleo (GLP) envasado y un retoque en el calendario de las revisiones, que a partir de ahora se realizarán en el tercer martes de cada bimestre.

La nueva regulación también elimina de forma excepcional para marzo y mayo el tope del 5% al alza o a la baja en la revisión bimestral de precios, lo que ha permitido que el abaratamiento durante estos meses sea muy superior al previsto.

Las dos bajadas en marzo y mayo se han producido una vez absorbido el déficit de tarifa temporal que había acumulado el butano hasta mediados del año pasado. El desajuste ha podido eliminarse gracias a las fuertes bajadas en los precios de las materias primas de los últimos meses.

A partir de ahora, la tarifa de butano parte de un equilibrio tarifario, sin déficit ni superávit. Las variaciones de los próximos meses en las cotizaciones internacionales se repercutirán al alza o a la baja en porcentajes no superiores al 5%, y el excedente se trasladará a déficit o superávit para su posterior absorción en bimestres posteriores.

El precio regulado afecta a las bombonas de butano que más comúnmente utilizan los hogares, consistentes en envases con carga igual o superior a 8 kilos e inferior a 20 kilos, cuya tara sea superior a 9 kilos.

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