El Tocadiscos de Biegler

Pablo G. Vázquez

Impuestos a la belleza en España

Impuestos a la belleza en España.

Hace unos años, el economista nipón Takuro Morinaga («Minabo Taduro», para los amigos) saltó al ruedo por su original y valiente propuesta para fomentar el matrimonio y la natalidad en Japón: establecer un Impuesto a Los Guapos (BradPit Tax). Cómo era de esperar, la ocurrencia no llegó a mayores.

En España, sin embargo, el nipón tendría futuro puesto que, si bien no se ha contemplado un tributo así, lo q de facto hay es una aniquilación de los beneficios fiscales relacionados con la «belleza». Efectivamente, la Inspección tributarias española está defendiendo que los servicios de las clínicas de cirugía estética no se encuentran exentos de IVA, levantando actas terribles.

Tanto la normativa comunitaria (art. 132 Directiva 2006/112/CE) como española (art. 20.uno.3º Ley 37/1992), así como la jurisprudencia del TJUE (S. 21.03.2013) y la doctrina del TEAC e incluso de Tributos, establecen la exención de IVA a la asistencia médica (prestada por médicos o sanitarios) para diagnosticar y/o prevenir una enfermedad y siempre que haya fines terapéuticos y no meramente estéticos . El espíritu interpretativo es amplio, tanto es así que hasta la Dirección General de Tributos acepta en consultas informes psicológicos (sin contar dolencias físicas).

Pues bien, la inspección solamente acepta la exención en casos de ginecomastia por agenesia o por reconstrucción tras masectomía, prácticamente. Desdeñando otros casos con claros fines terapéuticos. El resultado es un encarecimiento del servicio claro para el cliente final, lo que equivale a un «impuesto» a lo Taduro. La Inspección fiscal está sancionando, para más inri. Si bien el límite entre la estética y la terapéutica puede parecer difuso el propio centro directivo de Tributos (https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0238-21) en contestaciones escritas acepta el informe psicológico que determine la necesidad de cirugía o la futura necesidad, precisamente por ello, no se entiende la razón por la que la Inspección de Hacienda va por su lado.

En fin.

Pablo G. Vázquez

Abogado fiscalista

@pablogvazquezz

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Pablo G. Vázquez

Analista Investigador Derecho / Sociedad / Política / Economía

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