La ley es clara: En ningún caso el servicio de atención al cliente proporcionará ingresos adicionales a la empresa prestadora del servicio a costa del cliente
Todo empieza cuando nos pasan un recibo doble del gas o queremos cambiar la periodicidad de la facturación de la luz.
Lo mismo suele ocurrir si perdemos nuestra tarjeta de crédito y queremos anularla. Llamamos al teléfono de atención al cliente que nos facilita la compañía a través de su web que, como no, siempre es un 902.
Como subraya Teresa Ródenas en ‘ABC‘, al margen de que logremos o no solucionar el problema original con la llamada, que no es algo que este tipo de servicios garantice, la sorpresa llega al mes siguiente, cuando nos percatamos de que la cuantía de la factura del teléfono ha subido considerablemente.
Así por ejemplo, hasta diez euros nos puede costar anular nuestra tarjeta de crédito porque se la ha tragado el cajero y la amable telefonista nos ha leído de cabo a rabo las condiciones legales que debemos aceptar en el trámite.
¿Quiénes se benefician?
«En ningún caso el servicio de atención al cliente proporcionará ingresos adicionales a la empresa prestadora del servicio a costa del cliente», decía el Proyecto de Ley de servicios de atención al cliente que aprobó el último gobierno de Zapatero en junio de 2011, pero que finalmente quedó en el limbo con el adelanto de las elecciones.
«En teoría quienes se benefician de los números de tarificación adicional son solo las compañías telefónicas», aseguran desde la asociación de consumidores Facua:
«Pero hemos detectado anuncios en los que ofertan a las empresas un porcentaje de los 902».
COSTE PARA EL SUFRIDO CLIENTE
- 800 y 900: son gratuitos (cuidado, los 80X y 90X son de pago).
- 901: llamada de coste compartido entre el usuario y la empresa (algo más baratas que los 902, pero igualmente de pago).
- 902: son los más caros. Quedan fuera de la tarifa plana.
NOTA.- leer artículo completo en ‘ABC‘