BP, la primera empresa en recurrir las aportaciones del Fondo de Eficiencia Energética en 2016

La sala tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de BP en contra del esquema de reparto de aportaciones económicas durante 2016 por parte de las distintas empresas del sector energético al Fondo de Eficiencia Energética.

Esta admisión a trámite, publicada este jueves en el BOE, es la primera que realiza el Supremo en relación con el reparto de obligaciones en 2016 desde que el que pasado 21 de marzo se publicase la orden ministerial con los importes correspondientes a cada empresa.

El recurso de BP, que ya denunció como hizo un amplio número de empresas las obligaciones fijadas por el Ministerio de Industria para el año 2015, se dirige contra la orden ministerial 259/2016, en la que se fija una contribución de esta empresa al fondo por cerca de 19 millones.

La orden fija una aportación económica obligatoria al fondo en proporción al volumen de ventas de energía de cada empresa. En el caso del sector eléctrico, se computa la energía vendida al consumidor final, mientras que en el de los operadores petrolíferos al por mayor se contabiliza la energía vendida.

Las empresas de Repsol, incluida la filial de Butano, deberán dedicar este año 42,5 millones de euros al fondo, frente a los 24,5 millones de Endesa o los cerca de 26 millones de Gas Natural Fenosa, que también debe asumir la parte proporcional del 50% en la sociedad conjunta Unión Fenosa Gas.

Cepsa, con un 10,9% de las ventas, deberá aportar unos 22,5 millones, frente a los cerca de 15 millones de las sociedades de Iberdrola, a las que Industria atribuye el 7,2% de la energía vendida al consumidor final. A Galp le corresponden otros 11,7 millones.

Aparte de los 216 millones de aportación para 2016, la resolución de Industria fija para el ejercicio 2016 un objetivo de ahorro agregado de 262.000 toneladas o equivalente de petróleo, o de 3.046,51 gigavatios hora (GWh).

DENUNCIAS CONTRA LA ORDEN DE 2015.

Aparte de BP, la asignación de obligaciones de 2015 fue denunciada por Gas Natural Fenosa, GDF Suez, Kuwait Petroleum España, Galp, Villar Mir Energía, Madrileña Suministro de Gas, Energya VM Gestión de Energía o Factor Energía.

La medida también fue denunciada por la Unión de Petroleros Independientes (UPI), que agrupa a los operadores Axoil, Disa, Dyneff, Esergui, GM Fuel y Meroil, algunos de los cuales ya han decidido por separado denunciar la orden ministerial ante la misma instancia.

Otras empresas del sector de la energía que han presentado denuncias son Saras y Tamoil, así como por las grandes petroleras, ya sea de forma individual o a través de la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP), que representa a compañías como Repsol, Cepsa, Galp, Saras, Shell y la propia BP.

El Supremo también ha admitido a trámite recursos de empresas que van desde los productores de electricidad Acciona, HC (filial de EDP España) y E.ON España hasta los instaladores eléctricos de Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de España (Fenie).

La norma está recurrida además por los pequeños comercializadores, representados por la Asociación de Comercializadores Independientes de Energía, así como por la comercializadora Nexus y por las pequeñas distribuidoras de electricidad integradas en Cide HC Energía.

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