Implementa el canal de denuncias en tu empresa antes de diciembre de 2023

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Con la entrada en vigor el pasado 13 de junio de la Ley de Protección de los Denunciantes, las empresas de entre 50 y 250 trabajadores deberán implementar un canal de denuncias antes del 1 de diciembre de 2023, el cual ya es obligatorio para aquellas compañías con plantillas superiores a 250 trabajadores.

Totalmente obligatorio si tu empresa cuenta con más de 50 trabajadores, no cumplir con el canal de denuncias para empresas puede conllevar sanciones leves, graves o muy graves, de hasta 300.000 euros, por lo que es fundamental que tu empresa cuente con este mecanismo, como máximo, el próximo 30 de noviembre, que es cuando acaba el plazo para implantarlo.

A pesar de que España es el segundo país más preparado de Europa, superando a potencias como Suecia o Finlandia, todavía hay un alto número de empresas que no cuentan con un sistema de canal de denuncias y, por ello, en este post te vamos a contar todo lo que debes saber al respecto.

¿Qué es el canal de denuncias para empresas y qué objetivos persigue?

El canal de denuncias es un mecanismo cuyo objetivo es que tanto los empleados como personas externas vinculadas a la empresa puedan informar sobre cualquier fraude, infracción o ilegalidad que se cometan en la misma, aumentando así la transparencia y garantizando el cumplimiento de la legalidad.

Se trata de una obligación recogida en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que se encarga de regular la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, incorporando así al derecho interno español la directiva UE 2019/1937, relativa al régimen del denunciante o whistleblowing.

De esta forma, se pretende proteger a los ciudadanos informantes de las posibles represalias que pueden sufrir al informar sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico en el marco de una relación laboral o profesional. Del mismo modo, también ayudará a fortalecer la cultura de la comunicación de infracciones como mecanismo de prevención y detección de amenazas para el interés público.

Mecanismos disponibles para formalizar la denuncia

Tal y como establece la normativa, las empresas deben contar con tres vías para formalizar la denuncia:

Canal interno de denuncias: deberá ser implantado por aquellas empresas del sector privado u organismos del sector público. Es el medio por excelencia ara informar por el carácter inmediato que ofrece tanto a los hechos como al denunciante.

Canal externo de denuncias: complementario al interno, permitirá que se puedan presentar denuncias directamente o con posterioridad al canal interno. Puede ser gestionado por la Autoridad Independiente de Protección del Informante o por las diferentes comunidades autónomas, así como por los canales especializados establecidos por la normativa especial.

Revelación o comunicación pública de la infracción: este mecanismo debe existir cuando los dos métodos anteriores sean inadecuados o insuficientes.

¿Qué empresas están obligadas a implantar un canal de denuncias?

Empresas privadas con 50 o más trabajadores

Aquellas empresas que cuenten con menos de 250 trabajadores podrán compartir medios y recursos para gestionar las denuncias que reciban. Mientras que aquellas que no estén vinculadas a esta obligación podrán contar con su propio sistema interno que, en cualquier caso, deberá cumplir con los requisitos establecidos en la normativa.

Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones

Los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y sus fundaciones deberán contar con un canal interno de denuncias siempre que reciban o gestionen fondos públicos, independientemente del número de trabajadores que tengan en plantilla.

Entidades del sector público

Por otro lado, todas las entidades del sector público deberán implantar un canal interno de denuncias, con la particularidad de que aquellos municipios con menos de 10.000 habitantes podrán compartir el sistema interno de información entre ellos o con cualquier administración pública, siempre que pertenezca a la misma comunidad autónoma.

La implantación del canal de denuncias será responsabilidad del órgano de administración o gobierno de la empresa u organismo, siempre, previa consulta con la representación de los trabajadores.

¿Cuál es el plazo que tienen las empresas para implantar el canal de denuncias?

Como hemos comentado anteriormente, el plazo para su implantación se extiende hasta el 31 de noviembre de 2023 para empresas con 249 trabajadores o menos y municipios de menos de 10.000 habitantes, mientras que para las entidades con 250 trabajadores o más, el plazo finalizó el pasado 13 de junio.

Por otro lado, los sistemas internos de comunicación y sus correspondientes canales que ya estuvieran habilitados en las empresas a fecha de 13 de marzo de 2023, podrán servir para dar cumplimiento a las previsiones de la misma, siempre que se ajusten a los requisitos que establece la normativa.

Si todavía no lo has implementado en tu empresa, Sesame HR ha desarrollado la funcionalidad de canal de denuncias en su software de RRHH, con el que podrás cumplir con la Ley 2/2023 y proporcionar a tus empleados, clientes y proveedores un espacio donde comunicar posibles irregularidades de forma anónima.

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Autor

Manuel Trujillo

Periodista apasionado por todo lo que le rodea es, informativamente, un todoterreno

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