El Tocadiscos de Biegler

Pablo G. Vázquez

Una Ley Lorca para una fiscalidad poscoronavírica

padding-left: 40px">En mayo de 2011 el municipio murciano de Lorca sufrió uno de los mayores desastres naturales que vivimos en nuestro país, con consecuencias devastadoras. Efectivamente, los terremotos habían dejado fallecidos, múltiples heridos, cuantiosos daños materiales y un panorama de vida que dejaba muy desolada la zona, económicamente hablando, incluso. Los que lo pasaron y los que viven allí saben bien de lo que hablamos.

Precisamente por ello, y en orden a aliviar la situación, el gobierno murciano impulsó un paquete de beneficios fiscales para los damnificados muy interesante y efectivo, el cual cristalizó en la Ley 5/2011, 26 de diciembre (Borm 301, 31 de diciembre de 2011).

Esta ley incluye únicamente las siguientes medidas, si bien estableciendo un calendario amplio para el ejercicio efectivo de las mismas:

1) Bonificación en cuota de Impuesto sobre Sucesiones.

2) Reducción por donación de vivienda habitual, solares o metálico con destino a adquisición de vivienda habitual o reconstrucción de la misma.

3) Reducciones por donaciones dinerarias para constituir o adquirir empresa o negocio profesional, así como adquirir o reconstruir bienes afectos al ejercicio de actividad empresarial o profesional.

Tres medidas muy sencillas dentro de la competencia fiscal autonómica, pero que ha resultado ser MUY efectivas para la vuelta a la normalidad de las familias afectadas.

Hemos pasado una crisis sanitaria que ha dejado un daño económico brutal, y nuestras Administraciones fiscales no han hecho otra cosa que mantener y subir tributos, como tónica general.

Necesitamos leyes Lorca fiscales, y más espíritu de reconstrucción.

P.

 

 

 

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Pablo G. Vázquez

Analista Investigador Derecho / Sociedad / Política / Economía

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