La indemnización se le concedió por "los daños morales" que le habría causado la aplicación con carácter retroactivo de la 'doctrina Parot'
El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado por la defensa de la etarra Inés del Río contra el bloqueo de la indemnización de 30.000 euros que le concedió el pasado 21 de octubre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por los daños morales que le habría causado la aplicación con carácter retroactivo de la ‘doctrina Parot’, informaron fuentes jurídicas.
Los abogados de Del Río presentaron un recurso de súplica ante el Pleno en el que solicitaban que la indemnización concedida por el Tribunal de Estrasburgo no sea destinada a las indemnizaciones por responsabilidad civil que deberían recibir las víctimas de los atentados en los que participó.
PAGO DE RESPONSABILIDADES
La Sala de lo Penal, formada por 17 magistrados, acordó el pasado 22 de octubre la excarcelación de la etarra y estableció que los 30.000 euros concedidos por Estrasburgo debían dedicarse al «pago de las responsabilidades civiles decretadas a favor de las víctimas», incluso en el caso de que sirvan para compensar «el derecho de subrogación del Estado».
La Gran Sala del TEDH confirmó la resolución que condenó a España el julio de 2012 a indemnizar a la etarra con 30.000 euros por daños morales y a pagarle 1.500 euros en concepto de costas procesales, al considerar que España vulneró el Convenio de Derechos Humanos.