TREMENDAS DIFICULTADES PARA LOS CIUDADANOS POR EL LÍO EN LAS NORMAS

El quilombo de las restricciones de la DGT: lea cómo afectan a todos los vehículos con etiquetas A, B y C

Solamente los coches con etiqueta ECO podrán circular y aparcar por la ciudad sin ningún impedimento

El quilombo de las restricciones de la DGT: lea cómo afectan a todos los vehículos con etiquetas A, B y C
Zonas de Baja Emisión PD

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido una serie de restricciones para este nuevo 2023. Y son un auténtico lío para el ciudadano de a pie.

Y, es que, a partir del 1 de enero de este año, todos los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los que tengan una población superior a 20.000 personas y superen los valores límite de contaminantes regulados tendrán que aplicar zonas de bajas emisiones (ZBE) en sus territorios, en total habrá 149 Zonas de Bajas Emisiones.

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que entró en vigor el 21 de marzo de 2022, contará con una serie de restricciones de circulación y de movilidad con el objetivo de obtener una mejora de la calidad del aire. Aunque ya el pasado año se llevaron a cabo algunas sanciones. Cabe destacar, ademas, que cada ayuntamiento tendrá la potestad de establecer sus condiciones de circulación.

¿Qué son las ZBE?

Las llamadas Zonas de Baja Emisión son zonas delimitadas dentro de una ciudad donde se restringe el acceso y circulación de los vehículos más contaminantes. Tiene como objetivo mejorar la calidad del aire y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero de los automóviles.

El sector del transporte por carretera supone el 25% de las emisiones de gases de efecto invernadero de nuestro país.

Según la DGT, es una reforma que «mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos» debido a las nuevas formas de movernos que implican adaptarnos a los nuevos tiempos que vivimos. Estas nuevas medidas pretenden reducir la siniestralidad en un 50% durante esta década.

«El objetivo es que las ciudades sean seguras, saludables y competitivas, y los residentes, operadores de transporte, repartidores y visitantes de las zonas urbanas conozcan con antelación las restricciones vigentes y puedan gestionar adecuadamente su movilidad».

Por lo tanto, son las etiquetas ambientales de la DGT (B, C, ECO y 0 emisiones) las que determinarán qué vehículos podrán acceder, circular y estacionar en las zonas protegidas.

Según afirma el subdirector de Movilidad y Tecnología de la DGT, Jorge Ordás:

«Esperamos que esta tecnología contribuya a eliminar la congestión derivada del tráfico de agitación de nuestras ciudades».

Sanciones que tendrán los coches con etiquetas B y C

Para aclarar, los coches sin etiqueta (conocidos como etiqueta A) son los más afectados, ya que representan casi el 30% de los vehículos que circulan en España que son más contaminantes. Son aquellos coches de gasolina matriculados antes del 2000 y los vehículos diésel matriculados antes del 2006. Por lo tanto, tendrán completamente prohibida la entrada a estas zonas.

Los vehículos con etiqueta B (turismos y furgonetas) son todos aquellos que tienen motores de gasolina y que su fecha de matriculación está comprendida entre el 2001 y el 2005, y los motores diésel matriculados entre 2006 y agosto de 2015. Podrán acceder a las ZBE pero no podrán aparcar dentro de ellas. 

En el caso de los coches con etiqueta C hacen referencia a los vehículos de gasolina matriculados a partir del 2006 y homologados con la normativa Euro 4, Euro 5 o Euro 6. Y, los diésel, pero solamente aquellos que están matriculados a partir del año 2004 y que cumplen con la normativa de emisiones Euro 6. Estos vehículos podrán acceder y circular por las ZBE, pero tendrán prohibido el estacionamiento, salvo en parking públicos.

Además, los vehículos con etiqueta B y C, deberán pagar un peaje urbano para poder circular por las ZBE. Esto lo determinará el propio Ayuntamiento de cada ciudad.

Por último, los vehículos con etiqueta ECO (híbridos o gas), y los 0 Emisiones (eléctricos e híbridos enchufables) se librarán por completo de estas normas, ya que no les afectan. Por lo tanto, podrán circular con total libertad en estas zonas.

Sin embargo, todo aquel que no respete dichas normas será sancionado con una multa de 200€ que podrá reducirse a 100€ si se paga antes. La sanción aumentará si acceden sin permiso autobuses, camiones y furgonetas de gran capacidad, con una multa de entre 500 y 999 euros.

Etiquetas

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Zonas ZBE activas actualmente

Madrid, Sevilla, Barcelona y Valencia son las únicas ciudades en las que estas Zonas de Baja Emisión están activas actualmente.

  • En Madrid, hay dos, por un lado se encuentra la conocida como Especial Protección de Distrito Centro y la de Plaza Elíptica. La primera prohíbe la circulación a todos los vehículos excepto a los que tengan etiqueta CERO o ECO y la segunda solamente prohíbe la circulación a los vehículos sin etiqueta, por lo tanto, tanto B como C pueden circular.

 

  • En Barcelona los vehículos con etiqueta C no tienen ningún tipo de restricción para acceder y circular dentro de esta zona que abarca los territorios de Espluges de Llobregat, Hospitalet, Sant Adrià de Besòs y Cornellá de Llobregat.

 

  • En Sevilla, esta ley solamente afecta a los vehículos sin etiqueta, ya que no pueden circular. Las ZBE se encuentran en dos áreas específicas en Cartuja, en norte y sur.

 

  • Por último, en Valencia, las ZBE abarca toda la ciudad. Sin embargo, solo se activará cuando el nivel de emisiones y contaminación lo requieran, mediante unos sensores que miden las partículas y niveles de dióxido de nitrógeno.

Excepciones:

Los vehículos ligeros de mercancías con clasificación ambiental B pueden continuar accediendo a la Zona de Especial Protección Distrito Centro hasta el 31 de diciembre de 2023. Lo mismo sucede con los servicios de VTC o taxi, vehículos comerciales o industriales, vehículos de autoescuela, vehículos autorizados por el Ayuntamiento para eventos, vehículos de abogados de guardia del turno de oficio, trabajadores de la zona entre las 00:00 y las 06:00, acceso para llevar o recoger niños del colegio, y, vehículos de reparto entre las 07:00 y las 15:00 horas.

Por el contrario, los coches ECO pueden circular y aparcar en la Zona SER de Madrid, aunque con un tiempo máximo de 2 horas. Una vez expirado ese tiempo, tendrán que desalojar dicha plaza, bien buscando otra o dejarlo en un parking. Mientras que los coches con etiqueta Cero, pueden circular y aparcar por la ciudad sin ningún problema, ya que son menos contaminantes.

La DGT ha creado una nueva señal vertical de fácil identificación para indicar a los vehículos si se están aproximando a la ZBE, así como las restricciones de circulación que les afectan.

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