OPINIÓN

Victor Entrialgo De Castro: «“Farsa y justicia del Señor Corregidor”»

Victor Entrialgo De Castro: "“Farsa y justicia del Señor Corregidor”"

*Sólo Calígula aguantó lo que Sanchez sabiéndose tan odiado por el pueblo soberano.

En el Liceo de Barcelona se representó ayer “Farsa y justicia del Sr. Corregidor”, de Alejandro Casona, en la que un corregidor y su secretario funcionan como regentes impartiendo “justicia” a su acomodo, asomándose así al precipicio.

¿Puede un indulto contra el poder judicial, contra el propio Jefe del Estado, -a quien el art 62 i) de la Constitución otorga el ejercicio del derecho de gracia,- concedido por el presidente del Gobierno en exclusivo interés propio, contra el interés general y el propio Pueblo soberano, estar permitido por ley?

Discutible, aunque sean muchas las afrentas “contra legem” y contra la soberanía del pueblo español de este Presidente infame. Desde su acceso al poder a través de un golpe de estado, una campaña contra la Monarquía “desde el propio Gobierno”, su contribución incalificable a la desunión de la Nación española hasta la presente, que no la última, mediante la transposición de la prevaricación penal a la desviación de poder administrativa poniendo en una situación límite al Rey de todos los españoles.

Si una afrenta tal pudiera existir, es evidente que no puede negarse al monarca, en cuanto Jefe del Estado, “árbitro y moderador de las instituciones”, “garante de su unidad y permanencia”, la competencia para salir al paso y oponerse a un acto que ataca el fundamento mismo de la Constitución, “la unidad de la Nación española”, patria común e indivisible de todos los españoles, en la que se fundamenta la Nación española. Podrá cuestionarse su oportunidad, -cuando un gobierno temerario y mequetrefe lo pone entre la espada y la pared,- pero no su legitimidad para el ejercicio de tal potestad constitucional.

El Presidente del Gobierno y su secretario cometen la felonía de pagar “con bienes de otros”, como lo es la soberanía, el precio de unos indultos previamente pactados con unos sediciosos, que en realidad son rebeldes y cuyo ultimátum para los indultos vencía justamente hoy, con “el primer Consejo de ministros del verano”.

Todo parte del “golpe de estado continuado” que continuará con otras peticiones y ultimátums, amnistías, anulación de las condenas y otras monsergas, que el Presidente ya ha tenido ocasión de escuchar en el mismo Liceo que escuchó a la Caballé criticar a éstos palurdos. Golpe continuado que comenzó con la moción de censura que permitió a “Sanchez el impostor” hacerse con el poder tras las bambalinas de la misma forma que se había hecho antes con el Partido socialista “tras urnas cortinas” y que el Dictador y su mayordomo prolongan de forma contumaz con el “apoyo subvencionado” de obispos y patronales catalanes, más Garamendi y otros lobbies usurpadores de soberanía, tan ambiciosos, interesados e infames como el propio Presidente del Gobierno.

Afírmese o discútase el art. 62 i) de la Constitución como competencia del monarca del “derecho de gracia”, que dice, exactamente, “ejerce” y no meramente “expide” como hace el f) respecto a los Decretos del Consejo de Ministros, voluntad deliberada de los Padres de la Constitución.

A mayor abundamiento, recuérdese de paso que constituye una desviación de poder el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los que los que lo justifican. Y que además de la inconstitucionalidad flagrante de quien acceder al poder con el apoyo de quienes previamente han declarado una Républica dentro de una Monarquía,- los actos contrarios a las normas imperativas y prohibitivas son nulos de pleno derecho. ¿Y no han de ser imperativas y prohibitivas aquellas que declaran la Soberanía del pueblo español, la indisoluble unidad de la nación española y cuantas la protegen de quienes la acechan?

Repárese así mismo en las normas de interpretación de normas: “Las normas se interpretarán de acuerdo ”con el sentido propio de sus palabras”, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al “espíritu y finalidad de aquellas”. Y si el Corregidor o su mayordomo, -Agamenón o su porquero,- pretenden negar que el espíritu y finalidad de la norma suprema de nuestro ordenamiento es otro que su fundamento mismo, “la unidad indivisible del pueblo español”, no sólo procede inhabilitarlos sino encerrarlos.

Sanchez, al indultar “contra legem” a los enemigos de la soberanía, está haciendo renunciar al Rey a un derecho y función constitucional, y al pueblo a un poder constitucional inatacable, el de su soberanía.

En el Liceo de Barcelona, donde cantó la Caballé sus mejores arias y sus mejores cuarenta al palurdismo separatista, un corregidor infame y su lacayo, que viven desde que usurparon el poder en un permanente fraude de ley, representan la obra de Casona “Farsa y justicia del Señor Corregidor”, como si fueran regentes, impartiendo “justicia” y aprobando los indultos que les permitan conservar el poder exclusivamente para alcanzar el momento de poder repartirse los fondos europeos, caminan hacia su “inhabilitacíón” y su oprobio. Porque España debe reparar en que, quien compra para llegar, llega para robar.

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