Juan Ángel Torres Castro

Cataluña viola la Constitución Española

Cataluña viola la Constitución Española
TV, independentismo, Cataluña y manipulación. PD

Los nacionalistas catalanes han ido organizando durante 40 años la creación e la República de Cataluña. Han aprovechado la inexistencia de un partido bisagra en España. Desde el principio han ocupado ese espacio político, apoyando para gobernar al partido ganador. Cobraban en transferencias.

Conseguían la supresión de nombres de cargos, gobernador civil o militar, por delegado o subdelegado. La relajación de los gobiernos en la exigencia escrupulosa del cumplimiento legal, la corrupción , Maragall, 3%, Pujol Banca catalana, Montilla Opa hostil a Endesa por Gas Natural, mayor accionista La Caixa que condonó 6 millones € al PSC. Remaron después con la independencia aprovechando la crisis económica, haciendo uso de su victimismo.

Veamos un breve comentario de la violación por los separatistas catalanes de los 9 artículos del Título Preliminar de la Constitución Española.
En el Artículo 1º -1 la Constitución Española «propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad…

Los separatistas han venido violando de manera continuada casi desde el principio de la democracia estos tres principios sin que los dos partidos mayoritarios hayan actuado para frenar estos atropellos.
No hay libertad si limitan la libertad de pensamiento a quienes no piensan como ellos.

No hay justicia si existe una tolerancia, – por tanto intolerable- del incumplimiento de las leyes y resoluciones judiciales. Venimos comprobando desde hace muchos años ausencia de persecución de corrupciones, caso banca catalana, los Pujol, el 3% manifestado por Maragall en el parlamento catalán, el conflicto de la pretendida Opa hostil de Gas Natural sobre Endesa, cuando era ministro Montilla y al PSC le perdonó la Caixa, accionista mayoritaria de Gas Natural más de 6 millones de euros por intereses de mora. Ni si se dictan resoluciones judiciales para que se impartan clases en español a quienes así lo exijan.

No hay igualdad, sino discriminación, art. 14 CE, sino se puede rotular un negocio en español porque la Generalidad sanciona al propietario. Tampoco se puede estudiar en español. Y ahora el Gobierno acuerda pagar de nuestros impuestos esa enseñanza privada, a otros colegios donde se tienen que cambiar los escolares, en vez de hacer cumplir lo exigido por sentencias.

En su Artículo 1º – 2 «La soberanía nacional reside en el pueblo español»

Los separatistas, ignorando al pueblo español y a sus leyes, el 14 de Septiembre han legislado en su parlamento conforme a su ideario independentista, anulando la legislación españolas y convocando un referéndum inconstitucional en el que el solo los catalanes votan, para separarse de España, han ignorado sin hacer caso a este precepto legal.

En su Artículo 2º dice que La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles.

Sin embargo, en el Parlamento de Cataluña la Generalidad con los diputados independentistas han votado, infringiendo la legalidad, una Ley de separación, y otra de referéndum para crear una república independiente del Reino de España. Estas actitudes son delictivas y están tipificadas en el Código Penal del 95, sin embargo el Gobierno no da cumplimiento al artículo 155 de la CE., esto creará consecuencias más agravadas a la seguridad cuanto más se tarde en actuar.

Se impone en el Artículo 3ª .1 El castellano es la lengua española Oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.

Sin embargo aprobaron que en el Senado español haya traductores del español a otras lenguas del Estado y viceversa. Al final toman café hablando todos en español.
Sin embargo nadie se acuerda que cuando el Partido Socialista Andaluz obtuvo escaños en el Parlamento Catalán, no permitieron hablar español para que los andaluces los entendieran, lo que se permitió ya entonces contraviniendo este precepto constitucional.

Tampoco en Cataluña se permite la enseñanza a los niños del español, solo en catalán en los colegios públicos y si los niños la usan en los colegios, son marginados. ¿Es que pretenden que sean analfabetos en lengua española? que la hablan quinientos millones de personas.

En la rotulación en español de negocios, se sanciona con multa, y las cartas en hostelería, en ingles y catalán…
Artículo 4º – 2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias. Estas se utilizarán junto a la Bandera Española en sus edificios públicos y sus actos oficiales.
Ver Ley 39/1981, de 28 de Octubre por la que regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas.

Ya ni me acuerdo del tiempo que hace desde que no permiten poner la bandera española en organismos públicos catalanes ni en actos públicos, es más hasta las queman, y tampoco se ha hecho nada ni desde la judicatura ni desde el Gobierno. Esta semana una diputada de Podemos retiró banderas españolas de los escaños de los diputados del PP, tampoco se ha actuado jurídicamente.

Se exige en el Artículo 6º.- Los partidos políticos… en el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley.

No respetan la Constitución ni la Ley, Puigdemont, Junqueras, Carmen Forcader, y toda su tropa, incluso han violado la legalidad de su parlamento en su bochornoso Pleno del día 6 de este mes, y la Constitución ni la aceptan ni la cumplen.

Artículo 7º.- Sindicatos y asociaciones empresariales son libres dentro del repeto a la Constitución y a la Ley.
Estamos también en incumplimiento en Cataluña de la CE por los sindicatos nacionales, CCOO y UGT en Cataluña, han apoyado se vote el referéndum catalán lo que contraviene la Constitución y resolución del Tribunal Constitucional. Y es que parece que los independentistas tienen asustados a todos.

Exige este artículo lo que sigue: Artículo 8º – 1.- Las fuerzas armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Véase Real Decreto 96/2009, 6 de Febrero que aprueba las R. O. de las Fuerzas Armadas. L.O. 5/2005, de 17 de Noviembre de la Defensa Nacional. Ley 42/1999, de 25/XI del Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil. L.O. 8/1998, de 2 de Diciembre, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Estamos viviendo el segundo golpe de Estado en los 40 años de democracia que vivimos, este no es como el de Tejero, pero es igualmente un golpe de Estado, no cruento hasta antes de ayer, donde ya taparon los independentistas la salida de la Consejería de Economía a 18 guardias civiles, les destrozaron 3 coches, mientras los mozos se ponían de perfil hasta que por mandato judicial, del juzgado nº 13, mal número para ellos, tuvieron que hacerles un perímetro de protección para que pudieran salir sin ser linchados.

Secuestrados hasta las 7 de la madrugada

Han convocado referéndum de independencia de España, ley de desconexión, legal y física, pretendiendo romper la integridad territorial y rompiendo con el ordenamiento constitucional, y el Presidente del Gobierno nos dice que actuará atendiendo al principio de proporcionalidad. No entiendo a que principio de proporcionalidad se refiere cuando se trata de parar un golpe de estado contra la unidad territorial de España. El registro que se hizo a las sedes de la generalidad, fue provocado, según tengo entendido por VOX que presentó una querella que motivó al juez a ordenar los registros.

Cómo se permite que se mantengan estos señores en sus despachos oficiales, riéndose de jueces, fiscales, gobierno, españoles, Estado, eso no da lugar todavía a la actuación proporcional que se hace en España ante un golpe de Estado. Pues presumo que por desgracia y por incompetencia el final será peor que hecho hace tiempo y de consecuencias imprevisibles.

Artículo 9.1 Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del Ordenamiento Jurídico. Los ciudadanos sí estamos sujetos a cumplir la Ley o nos encierran. Los poderes públicos llevan años de una lenidad inconcebible. Los partidos independentistas ya han manifestando y demostrado que no hacen caso al Ordenamiento Jurídico, a la Constitución a las resoluciones judiciales. A qué espera el Gobierno.

Artículo 9.2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. Sobre este punto llevan años los gobiernos pasando de puntillas.

Años llevan desamparados y acogotados los catalanes que también se sienten españoles, ni sacar una bandera española a la calle, que se impongan para que a sus niños les impartan las clases en español, etc etc y .el Gobierno sin actuar, y los partidos de la oposición manteniendo que el Gobierno no quiere negociar. Negociar qué en un golpe de Estado. Dicen los partidos de extrema izquierda que la cuestión es política, no jurídica. Podemos, manifiesta que porque se han detenido a 14 personas, son presos políticos; que hay que celebrar el referéndum, esos 14 detenidos han salido al día siguiente pero imputados. En Venezuela también salen al día siguiente.

Artículo 9.3. La Constitución garantiza el principio de legalidad… la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Qué seguridad jurídica hay en Cataluña, la de las leyes de España o las que ellos delictivamente se ha dado. Si no respetan ni la normativa de su parlamento ni los derechos de los diputados ajenos a sus imposiciones, o no lo vimos hace 3 días. Y la interdicción y arbitrariedad del Gobierno de la Generalidad y de la Mesa del Parlamento, y el cierre del Parlamento para que no se oigan las voces de los diputados que se oponen a la independencia.

La aplicación de sólo 9 artículos de los 169 de la CE es debido al breve análisis hecho, pero es también fundamental su ampliación al Código Penal, A la Ley reguladora de los estados de sitio, de alarma, o a la Seguridad Nacional que estudiaremos en otras líneas más adelante.

Aunque el enfoque de estas líneas ha sido jurídico constitucional de esta Crisis Nacional, se debe tener en cuenta que políticamente son muchos los españoles, entre los que me encuentro, que la asemejan a la del 23 F. Ahí si se actuó desde el primer momento, aquí, mejor que peor se va a llegar al día de las votaciones sin hacer gran cosa, craso error. Si no se adopta una actuación inmediata, ya es muy tarde, antes o después no habrá más remedio que tomarla, y mientras más se tarde mayor será el coste que sufriremos.

Juan Ángel Torres Castro
Abogado
Ex Director General de Seguridad Social de la Junta de Andalucía.

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