(“Con lo de “gay” y “lesbiana” / ya verá el lector paciente / cómo se hacen filigranas / y se convence a la gente«. Ripioteca propia).
Según la chirigota que “colgué” antier en este mismo diario( «Más acerca de las coyundas homosexuales» )mi señoría ya había encontrado dos palabras «ad hoc» para expresar las uniones de dos jóvenas (¡vaya coz al español!) o dos jóvenes, ayuntamientos o enlaces a los que la RAE les negó la denominación de matrimonio porque ésta, esta denominación, es para la «unión de hombre y mujer«, y no para la de uno con uno o la de una con una. Así las cosas, este famoso autor, filólogo él, si no de carrera, sí de paseo, y de los mejores de los habidos y por haber en este cochino y contaminado mundo, se puso a reflexionar sobre el tema y parió «inteletualmente» (no, sin c, a lo gallego), claro, lo de androgamia y genogamía.
Mas mi señoría quiere contarle a vuesarcedes cómo, según sus noticias, justificó la RAE el hecho de haberse metido en este berenjenal. Y es que entonces, hace como unos tres años, dijo -según una nota que conservo de la prensa de aquella época-: “La Academia no toma posición sobre la disposición legal; únicamente toma posición en relación a una cuestión (si esto no es cacofonía, que venga Dios y lo vea: on, on, on) léxica que sí le compete”…Entendían estos sabios que limpian, pulen y dan esplendor a la lengua que la palabra matrimonio no se podía aplicar a estos ligues de él con él, ella con ella… y para todos paella; que no. Y creo que, entonces, todos estuvieron de acuerdo en enviarle un informe-propuesta interno al Gobierno, dejando claro que “el sentido de la palabra no se puede modificar, si el uso no lo aconseja” y que “el término matrimonio es inadecuado desde el punto de vista léxico para designar la uniones entre homosexuales. La función del Gobierno no puede consistir en alterar la lengua”. Claro que no. El Gobierno bastante tiene con alterar, para peor, la economía, la convivencia, la educación, etc. de los españoles. Ah, y las cifras del paro…
Y…, bueno, que mi señoría vuelve al tema de las denominaciones de quienes se unen en parejas homosexuales, porque mi corresponsal me comunica, por línea interna, que tampoco está de acuerdo con lo de androgamia, porque –me dice él- “…”incurres en un contrasentido al considerar como varones a personas que no tienen de ello más que la apariencia…”. Pues es muy cierto, pero eso lo rectifica mi señoría manteniendo el sufijo de “gamia” para los dos vocablos, y utilizando los prefijos de “gay” en lugar de “andros”, y de “lesbi” (equivalente a lesbiana) en vez de “gine”, obteniéndose respectivamente las denominaciones de “gaygamia” y “lesbigamia”.
Corregidos ya mis inventos y a punto de registrarlos en el Departamento o Dependencia de Patentes y Marcas del Palabritáculo que proceda, a mi señoría sólo le resta establecer el justiprecio que, por su utilización, habrán de abonarme los usuarios de las susodichas denominaciones, pero como con esto puede acontecer lo mismo que con las películas españolas, que no hay quien las vaya a ver porque se les antojan inaguantables, y se ha tenido que habilitar el Canon digital para que los que se dicen titiriteros cobren la presunta pasta que, como artistas (a cualquier cosa llaman chocolate las patronas) les correspondería, mi señoría solicita apuntarse a esa mamandurria, chollo, prebenda, sinecura o subvención, porque inventar nombres de cosas o hechos consuetudinarios más o menos extraños tampoco es moco de pavo. ¿O no?
6-02-2008.
