Juicio Histórico? Israel es el Ocupante Legal de Cisjordania…?

Según la Corte de Apelación de Versailles, en algo que puede ser considerado como un Juicio Histórico, decidio que Israel es el ocupante legal de Cisjordania.
Asi lo interpreta el articulo de hoy, que fue publicado en Por Israel, el diciembre 30, 2014 y que fue escrito por J P Grumberg.
P.D. La noticia es cierta…y otorga mucho «material juridico» ante las futuras apelaciones de las distintas organizaciones Palestinas, frente a los Organismos Internacionales…junto con ello, a mi parecer (S.Z.) las conclusiones de Grumberg son un poco «optimistas»…pero leamos primero el articulo…

«Un juicio histórico del Tribunal de apelación de Versalles (del que los enemigos de Israel no se han dado prisa en mencionar su existencia) ha reconocido que los Palestinos no tienen ningún derecho, en el sentido de derecho internacional, a Judea y Samaria.
De acuerdo al Juicio nombrado, Israel, por lo contrario, tiene el derecho legítimo de ocupar esas tierras.

De que se trata?

En los años 90, Israel saco a concurso el plan de construcción del tranvía de Jerusalem, que lo gano Veolia Y Alstom, dos empresas francesas.
El tranvía se puso en servicio en 2011 y atraviesa la ciudad hasta Jerusalem Este y los “territorios ocupados”.
La Organizacion de Liberacion de Palestina (OLP) interpuso una queja ante el Tribunal de Gran Instancia de Versalles, contra las dos empresas Veolia y Alstom, alegando que las construcciones del tranvía eran ilegales, dado que la ONU, la UE y gobiernos consideran que Israel ocupa ilegalmente estos “territorios palestinos ”

UN PROCEDIMIENTO HISTORICO: EL PRIMERO DESDE LA DECLARACION DEL ESTADO DE ISRAEL EN 1948.

La alegacion Palestina creo un precedente, dado que es la primera vez que un Tribunal independiente, no israelí, se ve obligado a establecer el estatus legal de los territorios según el derecho internacional, más allá de las declaraciones de unos y otros.
Un año más tarde, las conclusiones del Tribunal de Versalles son igual de estrepitosas que el silencio con el que los medios las han acogido, el Tribunal de Versalles ha considerado que Israel tiene derechos, que la construcción del tranvía es legal, y no siguió el razonamiento de los Palestinos.

Cuales fueron los argumentos Palestinos?

1-La OLP denuncia la deportación de población palestina y destrucción de bienes inmobiliarios. Se apoya en las convenciones de Ginebra y de La Haya y en las resoluciones de la ONU, considera que el Estado de Israel ocupa ilegalmente el territorio Palestino lo que constituye una colonización judía ilegal. Asi mismo la construcción del tren es ilegal-
*-Articulo 49 de la 4º convención de Ginebra del 12/8/1949 :”la potencia ocupante no podrá deportar o transferir una parte de su población civil al territorio que ocupa”
*Artículo 53: prohibido a la potencia ocupante destruir bienes mobiliarios o inmobiliarios pertenecientes a personas privadas o colectivas, o del Estado o de colectivos públicos y organizaciones sociales o cooperativas, salvo cuando estas destrucciones sean absolutamente necesarias por operaciones militares”
2-La OLP agrega que el tranvía ha provocado destrucción de edificios y casas Palestinas, supresión de la ruta N60, que es vital para los palestinos, y ha realizado expropiaciones ilegales . Asímismo, varios artículos del Reglamento adjunto a la 4º convención de la Haya del 18/10 de 1907 han sido violadas
*Art 23 prohíbe destruir o apropiarse de propiedades enemigas salvo por causa de guerra.
*Art 27 en caso de contienda se deben proteger los lugares públicos, de rezo, arte, ciencias o beneficencia, monumentos históricos, hospitales….
*Art 46 “propiedad privada no debe ser confiscada ”
3-La OLP afirma que Israel viola las disposiciones relativas a los bienes culturales.” previstas en el artículo 4 de la Convención de la Haya del 14 /5/1954, del art 27 del reglamento de la Haya de 1907, el art 5 de la convención IX de La Haya de 1907, el art 53 del protocolo adicional nº1 a las Convenciones de Ginebra.

El veredicto: LA CORTE DE VERSALLLES NO NIEGA LA OCUPACION PERO AFIRMA QUE ISRAEL TIENE DERECHOS.
En los textos dice que Israel “Debe asegurar el orden y la vía pública de Cisjordania “
Art.43 de la 4º Convención de Ginebra de 1907, dice que la autoridad del poder legal habiendo pasado a manos del ocupante, este se hará responsable del orden publico, respetando las leyes del país.

LA OCUPACION NO VIOLA NINGUNA LEY INTERNACIONAL.

“La AP interpreta mal los textos, que no se aplican a la ocupación”
La Corte explica luego que la AP interpreta mal los textos y que no se aplican a la ocupación.
1- Los textos internacionales presentados por la AP son textos firmados por Estados, y las obligaciones o prohibiciones se dirigen a los Estados. Ni la AP ni la OLP son países, luego ninguno de estos textos pueden ser aplicados.
2- Estos textos se imponen a los países signatarios de los mismos, “las partes contratantes” Pero ni la OLP ni la AP han firmado jamás estos textos.

LA PROPAGANDA NO ES DERECHO INTERNACIONAL.

Un poco irritada, la Corte precisa que el derecho ” no puede reposar sobre la única apreciación por la OLP de una situación política o social ”

EL DERECHO HUMANITARIO NO HA SIDO VIOLADO.

La OLP invoca la “violación del derecho humanitario” contenido en las convenciones de Ginebra y de La Haya.
Pero, la Corte explica que por una parte, estas convenciones internacionales se aplican entre estados, Y OLP no lo es.
”La Corte Internacional de Justicia ha indicado que las convenciones solo contienen obligaciones a cargo de los Estados, y que la facultad de los individuos para prevalecerse de ellas no estaba contemplada. ”
*Solo las partes contratantes están ligadas por las convenciones internacionales, y ni la OLP ni la AP las han firmado jamás.
º Y De todas formas, concluye la Corte, la OLP se equivoca de texto, porque la Corte de La Haya se aplica en caso de bombardeo….Y Jerusalem no esta bombardeada…..”

LA OLP Y LOS PALESTINOS SON DESESTIMADOS.

En conclusión, declara la Corte de Apelación, la OLP ne puede invocar ninguna de estas convenciones internacionales. “Estas normas internacionales convencionales no dan al pueblo palestino que la OLP dice representar, el derecho de invocarlas ante una jurisdicción. ”
La Corte ha pues condenado a la AFPS, (Asociación Francia-Palestina de solidaridad) y a la OLP a entregar 30 000 euros a Alsotm y 30 000 a Alsotm Transport y otros 30 000 a Veolia Transport.
Ni la OLOP, n la AP, ni AFPS han hecho un recurso de casación, luego el juicio es definitivo.
Es la primera vez que un tribunal denuncia los argumentos jurídicos Palestinos por sostener que la ocupación de la Judea Samaria es ilegal».

P.D. Hasta aqui el articulo de Grumberg…agregare que no he conseguido «entusiasmarme» tanto como el.
El hecho de que, segun el derecho Internacional, se obliga a que sean Estados quienes «alegan», y ello crea a los Palestinos varios problemas «legales» para justificar sus quejas es una cosa…pero eso no implica que Israel sea ocupante «legal» como Grumberg decide…
Alguien con «delirio Oriental»…conocida enfermedad que provoca ensoñaciones, y que afecta especialmente a los habitantes del M.Oriente, puede llegar a «imaginar» para el futuro algo asi…
1. Los Palestinos consiguen cierto tipo de reconocimiento juridico internacional, menor que el de «Estado» (como es requerido por ese derecho internacional…).
2. Los Palestinos deciden hacer algun tipo de «Confederacion Estatal» con algun Pais soberano (supuestamente, y tambien naturalmente, Jordania…).
3. El nuevo Pais (llamemoslo temporariamente «Palesdania»…) firma su entrada como miembro a todas las convenciones internacionales existentes, y a continuacion, alega los mismos argumentos que, hasta ahora, ha alegado la OLP, pero, dado su caracter de «Estado» estos argumentos si son reconocidos por los distintos Tribunales Internacionales…

Cual sera entonces la conclusion de Grumberg?

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Autor

Shimshon Zamir

Nacido en Argentina. Vive en Israel desde 1972. Casado... tres hijas... 8 nietos. Trabajó 30 años en la industria Química Israelí, hoy pensionado. Graduado en Sociología.

Shimshon Zamir

Nacido en Argentina. Vive en Israel desde 1972.
Casado... tres hijas... 8 nietos.
Trabajó 30 años en la industria Química Israelí, hoy pensionado.
Graduado en Sociología.

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