La Otra de Telemadrid ha costado a los madrileños medio millón de euros

La Otra de Telemadrid ha costado a los madrileños medio millón de euros

(PD).- La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción a Telemadrid por vulnerar la Ley General de Telecomunicaciones con la emisión de La Otra y ha reducido a 250.000 euros, de los 500.000 iniciales, cada una de los dos sanciones impuestas por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.

La Otra es el segundo canal analógico de Telemadrid, que había recurrido ante la AN la decisión de la Secretaría.

En septiembre de 2006 el subdirector general de Inspección y Supervisión, actuando por delegación del secretario de Estado de Telecomunicaciones, impuso a Telemadrid dos multas de 500.000 euros cada una y el precintado, o en su caso incautación, de equipos y aparatos que forman parte de la red de difusión o clausura de instalaciones, por infracción de dos apartados del artículo 54 de la citada ley.

El apartado «a» de la ley indica que se considera infracción grave el uso de frecuencias sin autorización y, como indica el «b», la instalación de estaciones radioeléctricas sin autorización.

La Audiencia Nacional, en su sentencia publicada este jueves, estima así en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemadrid contra la decisión de la Secretaría, al reducir la cuantía de cada una de las sanciones.

En su escrito recuerda que ha quedado suficientemente acreditado que desde 2005 La Otra está emitiendo su programación, sin título administrativo alguno desde las instalaciones situadas en los depósitos de agua de la calle Hermanos García Noblejas de Madrid.

Además señala que en el expediente sobre el caso queda acreditado que los hace mediante un sistema radiante instalado en una torre sobre los citados depósitos y usando el canal 40 de los asignados al servicio de televisión.

A su vez, subraya que «con independencia de la supuesta irregularidad denunciada», lo que resulta «relevante» es que la cadena ha admitido «en todo momento» la realidad de los hechos imputados, invocando su derecho a emitir en analógico, y reconociendo las emisiones televisivas en analógico sin título habilitante».

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