EL JUEZ DESESTIMA LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL EXMINISTRO CONTRA EL MEDIO

‘Periodista Digital’ tenía razón y gana el juicio a José Luis Ábalos

También sale victoriosa la periodista Cristina Seguí, por difundir una foto de Ábalos con 'amiguita' en un restaurante en agosto de 2021

'Periodista Digital' tenía razón y gana el juicio a José Luis Ábalos

El juzgado de primera instancia de Madrid desestima íntegramente la demanda interpuesta por el exministro José Luis Ábalos Meco contra ‘Periodista Digital’, negando que hubiera sufrido intromisión ilegítima en sus derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Como medio de comunicación, Periodista Digital cumple con el deber de informar y más en lo referido a un personaje público y que se debe a los ciudadanos, como es el caso del aún diputado socialista.

De la misma forma también queda desestimada en la misma causa la demanda de Ábalos contra la periodista Cristina Seguí, que ya se explicó al respecto precisamente en este medio.

En el caso concreto referido, Periodista Digital se hizo eco de una información e imágenes de la periodista Cristina Seguí en sus redes sociales, de agosto de 2021, en la que aparecía por primera vez el socialista junto a una chica.

El juez determina que Periodista Digital cumple con el requisito de notoriedad y veracidad, cumpliendo como transmisor de la información de terceros.

Asimismo, el periodista de la casa, José Antonio Puglisi:

«En su publicación recoge no solo el tuit de la Sra. Seguí (cita literal) que según se ha adelantado no supone una vulneración al derecho al honor del Sr. Ábalos, sino información de otros medios digitales como ‘El Cierre Digital’ al ser como era una noticia de relevancia pública, referida a un exministro del gobierno socialista y su presencia en un local público con una mujer sobradamente conocida en los medios al contar con un perfil público en Instagram y que posteriormente se ha identificado como la mujer que presuntamente operaba bajo el pseudónimo profesional ‘Victoria’ o ‘la princesa portuguesa’, acompañante del Sr. Ábalos en sus viajes y quien aparece junto a este en las imágenes objeto del presente procedimiento».

Es así como lo explica la propia sentencia, que insiste en varias cuestiones:

«Su imagen pública [Ábalos] era sobradamente conocida para el público y por tanto ha de entenderse que no le afectarían los comentarios que como personaje público podrían emitirse en aras a la libertad de expresión e información».

 

«Las personas que ejercen funciones de relevancia pública están sujetas a una crítica más intensa que los simples particulares».

 

«El tuit no aparece referido a la actuación política del Sr, Ábalos sino al ámbito estrictamente personal del demandante que él mismo expuso con naturalidad al acudir con una acompañante a un concurrido restaurante, mujer que finalmente se ha resultado ser identificada como “Jessica”».

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Autor

José Pablo González

Licenciado en periodismo en 2010 por la Universidad Complutense de Madrid. Canterano del diario ABC, en Periodista Digital desde 2013, actualmente es redactor-jefe. 

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