Megaupload habría generado unas pérdidas de 500 millones de dólares a la industria audiovisual y habría obtenido ilegalmente unos beneficios de 175 millones
Internet está ya tan íntimamente unido a nuestras vidas que todo lo que le afecta genera un debate casi tan visceral como el del pisotón de Pepe a Messi.
Lo hemos comprobado en las últimas horas con el cierre de la página de descargas Megaupload. Por eso es conveniente analizar sus consecuencias con una cierta distancia.
Lo primero que hay que decir es que Kim Schmitz, el fundador del portal, es un delincuente condenado en, al menos, tres ocasiones anteriores por fraude informático, uso ilegal de información privilegiada y malversación de fondos.
Como subraya el diario ‘El Mundo’ en su editorial, un malhechor que vio en internet el caldo de cultivo ideal para seguir robando a los ciudadanos.
Schmitz montó en 2005 este sistema de carga y descarga de archivos que tenía tres fuentes de ingresos: las suscripciones de los usuarios, la publicidad que conseguía gracias al tráfico del portal y el alquiler de la página a otros portales para que tuvieran acceso a sus contenidos, como es el caso del español Seriesyonkis.com, también investigado por el FBI.
Como esos ingresos se generaban contraviniendo las leyes de propiedad intelectual, Schmitz y seis colaboradores han sido acusados de conspiración para cometer crímenes y delitos contra la propiedad intelectual al crear «una organización criminal responsable de una enorme red de piratería informática».
El FBI no ha actuado, pues, contra internet, sino contra unos presuntos piratas que se enriquecían a través de la red.
Se calcula que Megaupload habría generado unas pérdidas de 500 millones de dólares a la industria audiovisual y habría obtenido ilegalmente unos beneficios de 175 millones.
Por eso, hay que aplaudir con decisión a la Justicia norteamericana, que sale activamente en defensa de los creadores de contenidos.
El cierre de Megaupload se ha producido días después de la protesta de parte del sector de internet contra la Stop Online Piracy Act (SOPA) y la Protect Intelectual Property Act (PIPA) que debaten las autoridades norteamericanas para proteger la propiedad intelectual.
En el caso de Megaupload, la actuación del FBI puede conculcar el derecho a la privacidad de los usuarios que han alojado en él contenidos particulares -vídeos y fotos familiares, por ejemplo- y algunas asociaciones de consumidores ya han empezado a moverse en este sentido.
Pero en ningún caso hemos de ver la clausura del portal como un atentado contra la libertad de información como demagógicamente decían algunos este 20 de enero de 2012.
Sería lo mismo que acusar a las editoriales de restringirla por poner precio a los libros que lanzan al mercado.
El caso Megaupload ha tenido mucha repercusión en España porque el Gobierno acaba de dar el visto bueno al reglamento que desarrolla la Ley Sinde, aunque tiene aspectos diferentes a la SOPA: nuestra legislación no permitiría el cierre de una página -sí la retirada de contenidos-, ni actuar contra los usuarios finales como prevé la norteamericana.
Pero, sobre todo, pone en la primera plana informativa un tema que en absoluto está solucionado. Porque Megaupload se cerrará, pero seguro que buena parte de sus 50 millones de usuarios diarios ya han encontrado acomodo en otra página similar.
La Justicia de EEUU clausuró por el mismo motivo el portal Napster en 2001 y no arregló la situación.
La cuestión es más profunda. En el ámbito de la creación y distribución de contenidos culturales, la Red implica un cambio radical del negocio.
Hay que buscar un nuevo papel para todos los que intervienen en él, que debe ser reconocido y pagado en su justo término, pero que será diferente al de la época previa a internet.
Hay modelos legales de éxito -como la tienda iTunes, el portal de música Spotify o el de cine Netflix- que hay que seguir explorando. Y que la Justicia persiga al delincuente.

