Losantos masacra al juez que impone 70.000 euros por el poema picantón sobre la ‘Pablenina’

Federico Jiménez Losantos tilda de pura «basura» el poema y critica la fina piel que tienen los podemitas Iglesias y Montero, capaces de exigir guillotina contra el Rey Felipe VI, pero en cambio ponerse en plan víctima por unos versos meramente picantones y cuya creatividad es más bien limitada.

La libertad de expresión vale para el rapero Valtònyc y para Dani Mateo pero no para la persona que se esconde tras el pseudónimo El guardabosques de Valsaín, autor de un poema subido de tono contra Irene Montero

El juzgado de Instrucción número 38 de Madrid ha condenado a este último, que publicó el poema en 2017 en la revista de la asociación judicial Francisco de Vitoria, a pagar 50.000 euros a la portavoz de Podemos al considerar que, además de sexista y machista, el texto «erosiona» su dignidad.

Además, en la sentencia, el magistrado Jaime Moralles condena de forma solidaria a los seis miembros del comité de redacción de la publicación al pago de 20.000 euros a Montero por «no supervisar» el contenido del poema publicado en noviembre de 2017 con el título De monjas a diputadas, firmado con el pseudónimo El guardabosques de Valsaín, informa Efe.

Los versos del poema insinúan que las responsabilidades políticas de la portavoz de Podemos y de la exdiputada Tania Sánchez se deben a los «apetitos inconstantes» del líder de la formación, Pablo Iglesias, al asegurar el autor: «La diputada Montero/ Expareja del ‘coleta’/ Ya no está en el candelero/Por una inquieta bragueta/ Va con Tania al gallinero».

«No se trata de un texto de información, sino de expresión de valoraciones de su autor sobre la demandante que erosiona explícitamente su dignidad», sostiene el magistrado, que señala en la sentencia que el poema comporta «un ultraje y ofensa para Montero como persona y mujer».

Para el juez, las expresiones proferidas por el autor son «simples expansiones desde una posición sexista y machista, gravemente peyorativas para la mujer» que, además de «insidiosas e infames», resultan ser «vejaciones».

«Dichos términos, aisladamente y en su conjunto, comportan insulto, insidia y vejación grave para la propia estima de la demandante», añade la sentencia que justifica que el contenido no puede gozar de la protección de la libertad de expresión. Contra esta resolución, los condenados pueden presentar recurso de apelación. 

Esta vez a Podemos le ha parecido bien cercenar la libertad de expresión de un particular en una revista corporativa, en vista del tuit publicado por su secretario de Organización, Pablo Echenique

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