Condenada una líder de Podemos por escarnio contra los sentimientos religiosos

Por José María Arévalo

(Procesión del “Chumino rebelde” hace siete años en Málaga)

Cuando he visto que me tocaba a mi empezar el año con un artículo, en vez de escribir sobre lo que espero del nuevo año, me ha parecido mejor dar la salida al que se va con una buena noticia que he  leído estos días, esta de la profesora de Podemos que ha sido condenada en un Tribunal penal por escarnio contra los sentimientos religiosos, concretamente como responsable de la ‘procesión’ del «Chumino Rebelde» en Málaga. Con lo difícil –han pasado siete años desde que ocurrieron los hechos- que es promover una condena de este tipo,  esta vez Abogados Cristianos lo ha conseguido. Vamos a verlo siguiendo la noticia que daba Actuall, incluido el vídeo de la procesión, para completar el conocimiento y valoración de lo ocurrido, que puede visualizarse en: https://www.actuall.com/laicismo/condenada-una-profesora-de-podemos-por-la-procesion-del-chumino-rebelde-en-malaga/

La profesora de Podemos Elisa Mandillo,  número 6 de Podemos en Málaga, deberá pagar una multa de 2.700 euros por escarnio contra los sentimientos religiosos, por la ‘procesión’ del «Chumino Rebelde» en Málaga.  La acusación particular en este caso fue ejercida por la Asociación Española de Abogados Cristianos.

«Quedan probados – recogía en su artículo de Actuall Nicolás de Cárdenas, sobre el tenor de la sentencia recaída-  todos los elementos del tipo previsto en el artículo 525 del Código Penal, así, el escarnio, como elemento objetivo, consistente en la burla tenaz que se hace con propósito de afrentar, una clase de injuria consistente en ridiculizar los sentimientos religiososos».

Multa de 2.700 euros y las costas

La profesora y excandidata de Ganemos Málaga -marca electoral asociada a Podemos- Elisa Mandillo ha sido condenada a pagar una multa de 2.700 euros y las costas del procedimiento judicial como responsable de la llamada ‘procesión del Chumino Rebelde’ que recorrió las calles de la ciudad andaluza el 8 de marzo de 2013.

El juzgado de Instrucción número 11 de Málaga declara «expresamente probado» que Elisa Mandillo participó en la referida puesta en escena «ataviada con una peineta y con una vela grande en la mano» y que en compañía de otras personas, en «lo que se antoja una imitación de un paso de Semana Santa cuya imagen es una vagina de grandes dimensiones ataviada con un pañuelo grande o manto, con flores en la base, desfilando por algunas de las calles más céntricas de la capital malagueña, exhibiéndose ante infinidad de personas, llegando incluso a detenerse ante la Catedral y el Palacio Episcopal».

Elisa Mandillo «no paró de proferir expresiones altamente vejatorias y ridiculizantes» como «vamos a quemar la Conferencia Episcopal», según la sentencia

La sentencia subraya que Mandillo no sólo formaba parte de la comitiva, sino que fue la encargada de proclamar a viva voz dos versiones del Credo y el Ave María, dos de las más importantes oraciones de la Iglesia Católica.

De estos textos el juez determina que «contienen expresiones altamente ofensivas para la fe católica, pues no sólo proclama unos textos que adoptan la forma y estructura tanto del Credo como del Ave María, sino que su contenido es una burla constante a la oración original».

Durante el juicio se pudo ver un vídeo en el que «queda probado» -dice el juez- que Elisa Mandillo participó en la referida ‘procesión’ «con la evidente intención de ridiculizar y burlarse de forma gratuita de una tradición católica fuertemente enraizada en nuestra sociedad y que evidentemente no tiene otro propósito que la ofensa gratuita de sus dogmas y creencias más profundas«.

En las imágenes «se observa con total claridad cómo las ‘porteadoras’ del ‘paso’ van ataviadas con elementos propios de las procesiones de Semana Santa (…) sin otro afán que el de ofender a los que profesan la fe cristiana«.

La sentencia detalla que el «espectáculo» duró al menos dos horas, que Mandillo «aparece como protagonista» y que como se puede ver en el vídeo «no paró de proferir expresiones altamente vejatorias y ridiculizantes» como «vamos a quemar la Conferencia Episcopal».

La sentencia decreta que «no puede considerarse amparada en la libertad de expresión la conducta de la acusada, pues resulta de los hechos probados que llevó a cabo actos gravemente ofensivos y vejatorios para los sentimientos de los católicos, con publicidad, y que no se justifican por su desacuerdo con las ideas de la Iglesia Católica acerca de la reforma de la ley del aborto, hecho en el que la acusada se ampara».

Casi 100 casos pendientes

De Abogados Cristianos recibí un comunicado, por correo electrónico –pues con frecuencia me uno a las campañas que promueve ésta agrupación- felicitándose del éxito: “José María, ¡hemos ganado el juicio!, hemos conseguido otra victoria para tu libertad religiosa.  Ha quedado demostrado que atacar los sentimientos religiosos tiene consecuencias judiciales:

Hemos ganado el juicio contra la cabecilla de la «procesión» vejatoria anticristiana del «chumino rebelde» de Málaga:  ¡Es una muy buena noticia!.  El juez ha tenido la valentía de pronunciarse en defensa de los sentimientos religiosos, protegidos por el artículo 525 del Código Penal. Y ha sido muy claro en su sentencia:  «No puede considerarse amparada en la libertad de expresión la conducta de la acusada, pues […] llevó a cabo actos gravemente ofensivos y vejatorios para los sentimientos de los católicos».

No te lo puedo negar José María: Estoy muy contenta (escribe Polonia Castellanos) . Han sido ¡7 años! de duro trabajo judicial, querella, escritos, declaraciones, traslados a Málaga… ¡Pero hemos conseguido que se respete tu dignidad como creyente! Pero no nos podemos engañar: todavía queda mucho trabajo por hacer (mas abajo te detallo los casos).

Es posible que la condenada recurra la sentencia, así que tendremos que seguir luchando en otra instancia.  Sigue habiendo miedo a aplicar el artículo 525 del Código Penal, y muchos jueces reciben presiones para no defender nuestra libertad religiosa.

Los políticos laicistas siguen aprovechando el coronavirus para restringir nuestra libertad religiosa, y no paramos de abrir procesos judiciales contra estas limitaciones injustas.

Seguimos con casi 100 casos abiertos en defensa de la libertad religiosa en toda España.

La lucha no es fácil, pero Abogados Cristianos ha venido para darla. Y si queremos conseguir más victorias, tenemos que ser más fuertes. Porque estamos llegando a unos niveles de actividad que no habíamos sospechado. Y el 2021 se avecina muy duro.

Para concluir proponiendo hagamos un donativo puntual de 100, 50 o al menos 25 euros (o cualquier cantidad que tú elijas) mediante una transferencia bancaria a la cuenta de Abogados Cristianos:  ES49 2038 9443 0660 0035 1705

Para finalmente relacionar casos en defensa de la libertad religiosa que llevan  ahora, con tres ejemplos (tienen en marcha casi 100 casos) abiertos de las últimas semanas, que han llevado a los tribunales:

– Una exposición de fotografías gravemente vejatorias contra los sentimientos religiosos. ¡Patrocinada por el ayuntamiento de Bayona (Pontevedra)!

– El brutal boicot del Ayuntamiento de Chilches (Castellón) a la parroquia del municipio, llegando a cortar la luz de la parroquia y las calles para impedir una procesión.

– El cartel de una obra de teatro en la que se ataca a la Iglesia y al Papa. ¡Financiada con dinero público por la Diputación de Valencia!

No es la primera vez que elogiamos en estas páginas la labor de Abogados Cristianos, ni será la última. Les deseamos tenga los mayores éxitos este año que ahora empieza con tan buen pié.

Exposición anticristiana en el Museo Reina Sofía

Pero no nos ha durado mucho la buena noticia, porque ha aparecido otra intervención de Abogados Cristianos contra nada menos que el director del Museo Reina Sofía, uno de nuestros museos nacionales, contra el que ha tenido que querellarse por una exposición vejatoria para los cristianos: un cristo en una parrilla y otro crucificado en un avión de guerra, entre las controvertidas obras exhibidas en el Museo Reina Sofía. La deontología de los museos estipula que los objetos religiosos «deben presentarse con sumo tacto y respetando los sentimientos». La Asociación Española de Abogados Cristianos ha presentado  una querella en Madrid contra el director del Museo Reina Sofía, Manuel Borja-Villel, acusándole de un delito contra los sentimientos religiosos y otro de incitación al odio por la exposición “La bondadosa crueldad. León Ferrari. 100 años”.  Además de presentar un Cristo en una parrilla y otro crucificado en un avión de guerra americano, incluye varios collage que mezclan imágenes religiosas con otras de contenido sexual explícito.

Abogados Cristianos solicita además la destitución de Borja-Villel al frente del Reina Sofía, así como su inhabilitación para ejercer cualquier cargo público. Alega que “se trata de un comportamiento reincidente y que va en contra del propio código deontológico de los museos”.  En 2014, Villel ya autorizó una exposición vejatoria para los cristianos en la que se veía una iglesia con una caja de cerillas y un mensaje que decía ‘La única iglesia que ilumina es la que arde, contribuye’. En ese momento, judíos, musulmanes e incluso el Defensor del Pueblo mostraron su rechazo a la muestra.

Iba a decir que nuestro gozo en un pozo, pero está claro que esto no ha acabado, y que el nuevo año nos traerá una lucha nueva. Que nos sea leve.

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Tres foramontanos en Valladolid

Con el título Tres foramontanos en Valladolid, nos reunimos tres articulistas que anteriormente habíamos colaborado en prensa, y más recientemente juntos en la vallisoletana, bajo el seudónimo de “Javier Rincón”. Tras las primeras experiencias en este blog, durante más de un año quedamos dos de los tres Foramontanos, por renuncia del tercero, y a finales de 2008 hemos conseguido un sustituto de gran nivel, tanto personal como literario.

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