El vino en continuo movimiento: las D.O. y otras formas de decir

¿Cuál es la D.O. más antigua de España? ¿Por qué algunas bodegas se niegan a estar en una D.O.? Tratemos de aclarar un poco este lío, porque durante los últimos años se han ido creando en nuestro país nuevas Denominaciones de Origen, desde Galicia a Baleares, sin olvidar a Canarias, y el proceso parece que va a más. A la vez, la legislación del vino ha cambiado recientemente y se habla de posibles nuevas regulaciones a escala europea, estatal y autonómica. En suma, el vino está muy movido y es de prever que este movimiento continuado seguirá en los próximos tiempos. ¿Qué es lo que se cuece en torno a las Denominaciones de Origen?

Lo primero que convendría conocer es el origen del uso de una terminología que ahora nos resulta extremadamente familiar: la Denominación de Origen. Desde siempre se identificaba al vino por su zona de procedencia, junto con otras referencias, como las variedades utilizadas, por ser lógicamente uno de los factores diferenciadores esenciales. Para garantizar el origen de los vinos, y evitar engaños y falsificaciones, se fue estructurando una reglamentación desde finales del siglo XIX.

En la Segunda República Española se crearon las Denominaciones de Origen (D.O.) como consecuencia de la confección del Estatuto del Vino, elevado a Ley en 1933. También hay que tomar en consideración la existencia de diversos acuerdos internacionales sobre las D.O. El Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes de 1970 es el que ha regulado hasta hace poco nuestras D.O., derogado recientemente por la Ley 24/2003 de la Viña y el Vino.

Los vinos controlados por los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen son ”vinos de calidad producidos en regiones determinadas (VCPRD)”, según la terminología comunitaria, que engloba en esta acepción a cuatro categorías: Vinos de Calidad con Indicación Geográfica, Denominación de Origen, Denominación de Origen Calificada y Vinos de Pago.

A efectos oficiales, existen en España actualmente 62 Denominaciones de Origen en el capítulo de vinos, con Consejo Regulador y con los trámites en regla tanto en una escala nacional como en la Unión Europea. A esta cifra habría que añadir la Denominación “Cava” . Las D.O. que se han ratificado más recientemente han sido Ribera del Júcar, Manchuela y Uclés. Además, hay cuatro Vinos de Pago en Castilla-La Mancha (Dominio de Valdepusa, Guijoso, Finca Élez y Dehesa del Carrizal), ya que debe recordarse que las Comunidades Autónomas son ahora competentes en esta materia. Por último, existen ya cinco Vinos de Calidad, según la denominación adoptada en Castilla y León: Arlanza, Arribes (auque ahora ya tiee su propia DF.O. como me aputa un lector, escribí el artículo antes de ello), Tierra del Vino de Zamora, Valles de Benavente y Tierra de León que cuenta con una variedad autóctona, la uva “prieto picudo”. Es de prever que este reciente proceso se ampliará en un próximo futuro con iniciativas similares en otras Comunidades Autónomas, con lo que muy posiblemente habrá muchas otras formas de nombrar a los vinos de calidad producidos en regiones determinadas.

A título de curiosidad, mucha gente se pregunta cuál es la Denominación de Origen más antigua de España. Se dice generalmente que es el Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Jerez-Xérès-Sherry, que fue creado en 1933 y cuyo reglamento se aprobó dos años más tarde, pero si esto es cierto hay que decir que todo el proceso fue simultáneo con el de la Manzanilla de Sanlúcar de Barrameda. En el marco del Jerez se crían diferentes tipos de vino, como manzanilla, fino, amontillado, oloroso, pale cream, palo cortado y pedro ximénez. Pero como muestra de que todo sigue en movimiento, hay que recordar que mucho más recientemente se han normativizado también los vinos de jerez con vejez calificada, para amontillados, olorosos, palo cortado y pedro ximénez con una crianza de más de 20 años (V.O.S.) o de más de 30 años (V.O.R.S.).

En relación con La Rioja, aunque en 1926 se decretó la creación del Consejo Regulador de la D.O. Rioja, no fue hasta 1947 cuando este organismo sería legalmente estructurado y su reglamento aprobado en el Boletín Oficial del Estado.

Otra pregunta muy frecuente que surge al charlar sobre este tema es el de por qué algunos vinos no están acogidos a ninguna Denominación de Origen. Lo primero, claro, es que para poder estar acogido a una D.O. se deben cumplir una serie de requisitos: el primero de ellos, estar dentro de la zona geográfica delimitada. Esto no ocurre por ejemplo con la bodega Abadía de Retuerta, que está casi en la frontera exterior de la D.O. Ribera del Duero. En otros casos no se quiere estar dentro de una D.O. para tener una mayor libertad de acción y no estar sometidos a normativas, a veces rígidas, en muy variados temas: tipos de cepa, características del cultivo, el riego y la vendimia, tiempo de crianza, antigüedad de la barrica, etc. Los reputados vinos de Bodegas Guelbenzu salieron hace unos años de la D.O. Navarra, entre otras razones para poder utilizar su marca en otras regiones y países. Raimat también dejó la D.O. Cava, que no permite utilizar la variedad “pinot noir”, como hizo en su día con la actualmente muy usada “chardonnay”. Entretanto, Raimat embotella sus cavas en la D.O. Costers del Segre.

Y dentro de este continuo movimiento, de tanto baile de nombres y denominaciones, la pregunta del millón es, cómo no, hacia dónde apunta el futuro en este terreno. En estos momentos, con pocos años aún desde la aprobación de la Ley de la Viña y el Vino, y con todas las conmociones por las que está pasando el sector y las que se prevén próximamente, quizás sea aún prematuro aventurar una tendencia, aunque es seguro que seguirán creándose nuevas D.O., con extensiones seguramente cada vez más pequeñas, y que seguirá habiendo intentos, como hay quien apunta, de rentabilizar unos la calidad que aportan otros, que podría ser el caso de los intentos de unificar bajo una única bandera a aquellos que no tienen su propia denominación específica. Ha sucedido algo así en la denominación pluricomunitaria “Viñedos de España”, incluida recientemente dentro de las denominaciones de “vinos de la tierra de España”, en donde las distintas Comunidades Autónomas han ido abriendo nuevos nombres.

Los más recientes, Cádiz y Torreperogil en Andalucía, Illes Balears en dicho archipiélago, Costa de Cantabria y Liébana en la Comunidad Cántabra, Barbanza e Iria en Galicia, Valles de Sadacia en La Rioja y Castelló y El Terrerazo en la Comunidad Valenciana.

Se habla mucho de la creación de un organismo independiente que vele por el cumplimiento de las normas establecidas por los Consejos Reguladores, que podrían verse sin algunas de sus actuales competencias. Y seguro que habrá disputas entre marcas y denominaciones, sobre todo cuando una se aproxime en demasía a la otra.

Por último, ya en la categoría del rumor, se ha comentado mucho que tarde o temprano podrían dejar de ser monopolio de las D.O. el uso de los términos “crianza”, «reserva” y “gran reserva”, que quizás tiene su lógica pero que se enfrenta a muchos intereses existentes y a unas formas de denominar que están plenamente asumidas por el consumidor. Así que el continuo movimiento del vino y el Babel de nombres y denominaciones aventuro que va para largo…

Pero todo esto, ¿nos afecta realmente? Veámoslo en la siguiente página, así como otros datos curiosos: ¿cuál es la Comunidad Autónoma con menos D.O.? ¿De dónde es el vino blanco de calidad que más se bebe en España?

POR QUÉ NOS IMPORTA: INCIDENCIA EN EL CONSUMIDOR.

· Ventajas:

· Un vino acogido a una D.O. ofrece garantías para el consumidor, en el terreno de la calidad y el origen del vino.

· El consumidor sabe que se ha controlado el viñedo, el rendimiento de las cepas, el método de elaboración, el proceso de envejecimiento y conservación, etc.

· Los controles analíticos son también una garantía adicional.

· La información que se dispone de los vinos acogidos a D.O. puede ser más completa y fiable.

· Las D.O. ofrecen importantes estímulos de cara a la mejora de la calidad de los vinos.

· Inconvenientes:

· Fuera de las D.O. hay también muy buenos vinos, que el consumidor debe descubrir por su cuenta, discerniendo en una oferta muy desigual. Los “vinos de mesa”, que solían ser los de peor calidad, incluyen ahora a algunos de los mejores productos de nuestro país, como Mauro, Abadía de Retuerta, Leda Viñas Viejas y muchos otros.

· Las D.O. pueden tener normativas que perjudiquen a algunas cosechas, como obligar a un tiempo en barrica que algún vino acaso no resista en según qué añada: hay veces que un “crianza” en una cata ciega resulta mejor valorado que un “reserva”, usualmente de precio superior, lo que produce estupefacción y recelo en el consumidor.

· La tendencia de las D.O. lleva a una cierta homogeneidad de los productos, que elimina la diversidad y deja poco lugar para la imaginación, al no permitir, por ejemplo, el uso de ciertas cepas foráneas o la utilización de técnicas más vanguardistas.

· La rigidez normativa puede acarrear finalmente un incremento en el precio final del producto, con lo que al consumidor le puede salir más caro el vino y las bodegas pueden tener mayor dificultad en los mercados internacionales, donde la competencia de los vinos de los “nuevos mundos” (Sudamérica, Sudáfrica, Australia, Nueva Zelanda) es cada día mayor.

DATOS A TENER EN CUENTA

· La Comunidad Autónoma que tiene más Denominaciones de Origen en su territorio es Cataluña, que tiene once, además de la denominación pluricomunitaria Cava«. La siguiente es Castilla-La Mancha, que tiene nueve, incluyendo Jumilla, que comparte con Murcia.

· La Comunidad que menos D.O. tiene es Madrid, que solo cuenta con Vinos de Madrid. La Rioja, además de la D.O. Calificada Rioja, produce dentro de la denominación pluricomunitaria “Cava”.

· En los últimos años, aunque ha aumentado algo el consumo de vinos de calidad producidos en región determinada (VCPRD) en España, lo ha hecho sobre todo en el comercio exterior, habiendo ligeros retrocesos en el volumen consumido en el comercio interior.

· Hay unos ciento sesenta mil viticultores inscritos en el sector VCPRD, casi tres mil bodegas embotelladoras y cerca de dos mil más que no embotellan.

· El vino tinto es con diferencia el más comercializado (54 % del total), frente a un 17% de vino blanco, 15 % de espumoso, 9 % de vino de licor y 5 % de rosado.

· Dentro de la Unión Europea, el vino español se exporta sobre todo a Alemania (33 %) y Reino Unido (28 %), siendo muy poco el que se destina a Francia (7 %) e Italia (4 %), a su vez grandes exportadores.

· Fuera de la Unión Europea, los mejores clientes del vino VCPRD español son Estados Unidos (31 % de las exportaciones no comunitarias), Suiza (28 %) Canadá (8 %), Japón (7 %) y Noruega (7 %).

· Dentro de España, el vino VCPRD más consumido es Rioja (25 %), seguido por el Cava (10 %) y el vino de La Mancha (9 %). En el exterior, el vino del que se vende mayor volumen es el Cava (20 %), seguido del Rioja (15 %) y el Jerez y la Manzanilla (10 %).

· El vino blanco VCPRD que más se consume en España es el de Tarragona (29 %), seguido de Rueda (12 %) y La Mancha (11 %). Entre los rosados destacan Navarra (32 %) y Rioja (22 %), mientras que entre los tintos se lleva la palma Rioja (44 %), a quien le sigue La Mancha (13 %), Valdepeñas (7 %) y Ribera del Duero (6 %).

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Autor

Juan Luis Recio

Blogger gastronómico y de tendencias, crítico de vinos (XL Semanal), letrista, sociólogo, mensista, poeta

Juan Luis Recio

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