Desde el Atlántico

Carlos Ruiz

La guerra de Mali es ilegal

Todo parece indicar que la guerra que ha emprendido Francia en Mali es ilegal. Ni se ha hecho invocando el derecho de legítima defensa, ni se ha hecho respetando la resolución 2085 del Consejo de Seguridad que permite, sólo bajo ciertas condiciones y de acuerdo con determinados procedimientos, iniciar una acción armada en Mali.

Inner City Press, el medio digital posiblemente mejor informado de lo que sucede en la sede de Naciones Unidas en Nueva York, ha puesto de manifiesto, ante el espeso silencio de los medios «convencionales» las dudas que suscita, desde el punto de vista de la legalidad internacional, la guerra iniciada por Francia en Mali. Una guerra que nos puede llegar a afectar,

I. NO PARECE CUMPLIDA LA EXIGENCIA DE LA CARTA DE NACIONES UNIDAS DE QUE LOS ESTADOS QUE INVOCAN LA LEGÍTIMA DEFENSA LO COMUNIQUEN INMEDIATAMENTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD.
El artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas dice:

Ninguna disposición de esta Carta menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectiva, en caso de ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas, hasta tanto que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales. Las medidas tomadas por los Miembros en ejercicio del derecho de legítima defensa serán comunicadas inmediatamente al Consejo de Seguridad, y no afectarán en manera alguna la autoridad y responsabilidad del Consejo conforme a la presente Carta para ejercer en cualquier momento la acción que estime necesaria con el fin de mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.

Si Francia hubiera desencadenado la guerra de Mali invocando la legítima defensa existiría una carta del gobierno de Francia al Consejo de Seguridad (del que, como es sabido, es miembro permanente).
Inner City Press, ha averiguado que el gobierno de Francia el día 11 de enero dirigió una carta al Consejo de Seguridad… ¡¡¡pero que esa misiva no invoca el artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas!!!

II. NO PARECE CUMPLIDA LA EXIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN 2085 QUE EXIGE LA PREVIA CONFORMIDAD DEL SECRETARIO GENERAL DE LA ONU CON LA OFENSIVA MILITAR
La resolución 2085 del Consejo de Seguridad, de 20 de diciembre de 2012, relativa a Mali, establece en el parágrafo 11 de su parte operativa lo siguiente:

(El Consejo de Seguridad) Pone de relieve que la planificación militar tendrá que afinarse aún más antes del comienzo de la operación de ofensiva y solicita que el Secretario General, en estrecha coordinación con Malí, la CEDEAO, la Unión Africana, los países vecinos de Malí, otros países de la región y todas los demás asociados bilaterales y organizaciones internacionales interesados, siga apoyando la planificación y los preparativos para el despliegue de la AFISMA, y lo informe periódicamente de la marcha del proceso, y solicita que el Secretario General confirme también con antelación que el Consejo está conforme con la operación de ofensiva militar prevista;

Ahora bien, Inner City Press ha preguntado a los portavoces del Secretario General de la ONU, Ban Ki Mun, y ninguno ha confirmado que Ban haya expresado esa conformidad. Es más, como advierte Inner City Press, existe un indicio importante de que esa conformidad no se ha dado. El día 10 de enero de 2013, a instancias de Francia, el Presidente del Consejo de Seguridad emitió una «Declaración» que no tiene fuerza vinculante, pidiendo el despliegue de una misión armada africana. Es evidente leyendo dicha declaración que no se menciona siquiera la posibilidad de una intervención militar de Francia, por lo que parece poco probable que el Secretario General hubiera podido dar su «conformidad» a tal intervención. Lo más escandaloso es que Francia trata de justificar su intervención militar ¡¡en la declaración presidencial de 10 de enero!!! a pesar de que, como sabe cualquier jurista, una declaración presidencial del Consejo de Seguridad bajo ningún concepto puede autorizar una intervención militar.

III. CONCLUSIÓN.
Todo parece indicar que estamos ante una guerra ilegal. Una guerra que se ha emprendido sin invocar el derecho a la legítima defensa y sin respetar el procedimiento claramente establecido en la resolucón 2085 para realizar una intervención militar internacional en Mali.
Una guerra con claros visos de ilegalidad que se enfrenta con el silencio cobarde de unos, y la complicidad de otros.
¿Tanto cuesta hacer las cosas bien?
Mali, se diga lo que se diga, no es Afganistán. Pero conviene recordar que en Afganistán existe una guerra desde hace ya más de 11 años, que ha costado muchas vidas españolas y cuyo «éxito» que todos conocemos.

IV. CODA: EL ISLAMISMO COMO ARGUMENTO PARA UNA COSA Y LA CONTRARIA
Una reflexión final.
Francia ha emprendido esta guerra alegando que pretende combatir a los islamistas….
Pero Francia combate al gobierno sirio que se opone a los grupos islamistas terroristas…

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Autor

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental Universidad de Santiago de Compostela

Carlos Ruiz Miguel

Catedrático de Derecho Constitucional
Director del Centro de Estudios sobre el Sahara Occidental
Universidad de Santiago de Compostela

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